DERECHOS ADQUIRIDOS
Enviado por xeksa • 25 de Septiembre de 2012 • 470 Palabras (2 Páginas) • 1.072 Visitas
DIFERENCIAS ENTRE USUCAPIÓN Y LA SUCESIÓN TESTAMENTARIA
USUCAPIÓN
La prescripción en general: La prescripción no es más que la consolidación de una situación jurídica por efecto del transcurso del tiempo; ya sea convirtiendo un hecho en derecho, como la posesión o propiedad; ya perpetuando una renuncia, abandono, desidia, inactividad o impotencia. Dentro del Derecho Civil, la prescripción constituye un modo de adquirir un derecho o de liberarse de una obligación por el transcurso del tiempo. Podemos entender entonces, que es un medio de adquirir derechos o de perder otros adquiridos, obrando el tiempo, como el más importante elemento de estas situaciones jurídicas.
La Caducidad y la Prescripción Extintiva o Negativa, son excepciones que se generan por las mismas causas como lo son el transcurso del tiempo y la inactividad de las partes o sujetos del derecho. Distinguir la caducidad y la prescripción, no ofrece mayor dificultad, pues, la caducidad se refiere al procedimiento y la prescripción a la substancia del derecho.
Naturaleza Jurídica: La Usucapión, es un modo de adquirir la propiedad o el dominio y los demás derechos reales, por la posesión continuada de alguna cosa durante el tiempo que la ley determine y con ánimo adquisitivo.
Requisitos que debe tener la posesión hábil para usucapir: En nuestro Código Civil actual dichas exigencias están constituidas por los requisitos de que la posesión se tenga en concepto de dueño, con justo título y de buena fe y que sea además continua, pública, pacífica y por el término señalado en la ley.
Tratándose de bienes inmuebles la posesión por diez años. al poseedor para solicitar su titulación supletoria a fin de ser inscrita en el Registro de la Propiedad". Además de lo regulado en el Código Civil, existe una ley específica que regula la usucapión denominada LEY DE TITULACIÓN SUPLETORIA.
SUCESIÓN INTESTADA
Definición: Aquella establecida por la ley, para regular la ordenación y distribución de los bienes dejados por una persona cuando muere sin testamento o con testamento ineficaz o insuficiente para poder llevarse a cabo aquella distribución.
SUCESIÓN HEREDITARIA
Características: a) No hay herederos por testamento, son herederos legítimos por determinación de la ley, que reciben ipso jure bienes de la herencia, sin necesidad de una aceptación de tipo formal; b) No se produce el nombramiento del heredero; c) El heredero sólo responde de las cargas de la herencia con el activo de los bienes de la sucesión.
Fundamento y Naturaleza Jurídica: Modernamente distintos autores han aceptado que el derecho hereditario tiene su fundamento en la propiedad. En cuanto a su naturaleza jurídica es un derecho real por la existencia de la aceptación como condición para adquirir.
Elementos en el derecho de Sucesión: Elementos
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