DISPOSICIONES GENERALES CONCEPTOS, FINES, OBJETIVOS, BASE LEGAL
Enviado por arturohuber • 15 de Febrero de 2016 • Apuntes • 7.057 Palabras (29 Páginas) • 301 Visitas
REGLAMENTO INTERNO
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CONCEPTOS, FINES, OBJETIVOS, BASE LEGAL,
ALCANCE Y CREACION
Artículo 1. El presente Reglamento Interno es un documento que sirve para el ordenamiento, gestión y control que establece normas para el funcionamiento del Instituto Superior Tecnológico Público “Jaime Cerrón Palomino” de Chongos Bajo, Provincia de Chupaca, Departamento de Junín.
Artículo 2. El Instituto Superior Tecnológico Público “Jaime Cerrón Palomino” es una Institución Educativa de Nivel Superior no Universitaria que desarrolla actividades académicas en las carreras profesionales de Agropecuaria y Computación e Informática.
Artículo 3. El Instituto Superior Tecnológico Público “Jaime Cerrón Palomino” es un órgano de ejecución y depende administrativamente de la Dirección Regional de Educación de Junín dando cumplimiento a las normas técnico pedagógicas y administrativas que emanen de ella.
Artículo 4. El presente documento tiene por finalidad normar las actividades académicas, administrativas, productivas y de proyección a la comunidad del Instituto Superior Tecnológico Público “Jaime Cerrón Palomino” de Chongos Bajo.
Artículo 5. Son objetivos del Instituto Superior Tecnológico Público “Jaime Cerrón Palomino”:
- Formar profesionales técnicos capaces de conducir técnicamente las actividades de producción agropecuaria, aplicando y adecuando tecnología moderna que permitan elevar la productividad de las empresas agropecuarias.
- Propiciar la creación y desarrollo de micro, pequeñas y medianas empresas agropecuarias y agroindustriales.
- Desarrollar la investigación y experimentación agropecuaria para contribuir al desarrollo integral de los pueblos de la región y el país.
- Promover y desarrollar tecnologías para la preservación del medio ambiente.
Artículo 6. Base Legal:
- Constitución Política del Perú.
- Ley N° 23384 Ley General de Educación.
- Ley N° 24029 y su modificatoria Ley N° 25212 – Ley del Profesorado y su Reglamento D.S. N° 019-90-ED.
- D.S. N° 005-94-ED Reglamento General de Institutos y Escuelas Superiores Públicos y Privados.
- R.M. N° 016-96-ED Normas para el Desarrollo de las Actividades Educativas a nivel nacional.
- D.S. N° 039-85-ED Reglamento Especial para los Docentes de Educación Superior.
- D.D. N° 776-88-ED Sistema de Evaluación Académica de los Instituto Superior Tecnológico Público y Escuelas Superiores.
- D.S. N° 005-90-PCM Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa.
Artículo 7. Están obligados a cumplir el presente reglamento todos los miembros que conforman el Instituto Superior Tecnológico Público “Jaime Cerrón Palomino”:
- Personal Directivo.
- Personal Jerárquico.
- Personal Docente.
- Personal Administrativo y de Servicio.
Artículo 8. De la Creación:
El Instituto Superior Tecnológico Público “Jaime Cerrón Palomino” fue creado por Resolución Ministerial N° 315-97-ED del 31 de Octubre de 1997. Para ofrecer formación profesional técnico en las carreras de Agropecuaria y Mecánica Agrícola.
CAPITULO II
DEL INSTITUTO
SERVICIOS QUE BRINDA FUNCIONES GENERALES
Y ESTRUCTURA ORGANICA
Artículo 9. El Instituto Superior Tecnológico Público “Jaime Cerrón Palomino” de Chongos Bajo ofrece las carreras profesionales de Agropecuaria y Computación e Informática.
Artículo 10. Son funciones básicas del Instituto
a) Programar, organizar, ejecutar, supervisar y evaluar las acciones académicas y administrativas, producción de bienes y servicios a través de las siguientes acciones:
1. Actualizando los perfiles profesionales y las estructuras curriculares en concordancia al avance tecnológico y las necesidades actuales del mercado laboral.
2. Desarrollando acciones referidas a la investigación científica y tecnológica.
3. Programando, desarrollando, supervisando y evaluando las actividades productivas a fin de generar los recursos económicos que nos permita desarrollarnos institucionalmente hasta llegar a los niveles de competitividad y eficiencia.
b) Promover el desarrollo de micro, pequeña y medianas empresas productivas utilizando tecnología moderna y apropiada para la zona de influencia del Instituto.
c) Desarrollar actividades de proyección a la comunidad: Social, cultural y deportivo.
Artículo 11. El Instituto Superior Tecnológico Público “Jaime Cerrón Palomino” posee la siguiente estructura orgánica:
A. Organo de Dirección:
- Dirección
B. Organo de Coordinación:
- CONEI.
- Comité de Actividades Productivas.
C. Organo de Apoyo:
- Secretaría
- Personal de Servicio.
CAPITULO III
DE LAS FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS ORGANOS
Y MIEMBROS QUE LO INTEGRAN
Artículo 12. El Director es la primera autoridad y representante legal de la Institución, es responsable de la organización, programación, ejecución y control de todas las acciones técnico pedagógicas y administrativas que desarrolla el instituto en concordancia con las Normas y Lineamientos de Política Educativa del Sector Educación.
Artículo 13. Es responsable ante las autoridades y la comunidad de la organización y desarrollo de las acciones académicas, administrativas y productivas. Ejerce el cargo a tiempo completo.
Artículo 14. Son funciones del Director:
a. Planificar, organizar, coordinar y evaluar el desarrollo de las actividades académicas de la institución.
b. Programar y ejecutar el proceso de admisión de acuerdo a la normatividad vigente y las matrículas correspondientes, asegurar el normal desarrollo de las clases, controlar las evaluaciones cuidando que los resultados se asienten correcta y oportunamente.
c. Garantizar el cumplimiento de los dispositivos legales vigentes.
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