DOBLE TRIBUTACION
Enviado por puma10 • 5 de Diciembre de 2013 • Tesis • 2.158 Palabras (9 Páginas) • 444 Visitas
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO
FESC CUAUTITLAN
LIC. CONTADURIA
MATERIA:
METODOLOGÍA
MAESTRO:
DAVID OSUNA
ALUMNO:
HERNANDEZ MARES ALEJANDRO
PROYECTO:
DOBLE TRIBUTACION
GRUPO:
1511
FECHA:
18 DE NOVIEMBRE DEL 2013
Contenido
Introducción 3
1. Tratados para evitar la doble tributación que México 3
2.Acuerdos de intercambio de información 6
3.Acuerdo Internacional para Mejorar el Cumplimiento Fiscal Internacional incluyendo con respecto a FATCA 7
4.Acuerdos amistosos 8
Procedimiento de Mutuo Acuerdo; que tiene como fin principal el resolver las cuestiones relativas a la interpretación y aplicación del Acuerdo para evitar la doble imposición. 9
5.Procedimientos amistosos 9
Conclusión 10
Bibliografía 11
Introducción
En este trabajo se presentan los acuerdos que se han hecho con otros países para evitar la doble tributación en la contabilidad especialmente en área fiscal y que con esto se podrán evitar algunas problemas que antes de hacer estos contratos se tenían como, reducción de las tasas impositivas, Prevención de la evasión fiscal, prevención de trato impositivo discriminatorio, resolución de controversias fiscales.
También nos adentraremos más a los tratados internacionales en qué consisten como se crearon q procesos deben llevar para que se cumplan.
Conoceremos más de los tratados amistosos y procedimientos amistosos para evitar la doble tributación en qué consisten y para que sirven.
1. Tratados para evitar la doble tributación que México
Los tratados para evitar la doble tributación buscan que el contribuyente no sea afectado por impuestos de naturaleza parecida y en un mismo período.
La doble tributación es un fenómeno que se presenta por la globalización de la economía y consiste en que dos o más países consideran que les pertenece el derecho de gravar una determinada impuesto.
Los Estados para enfrentar y resolver los casos de doble imposición internacional incorporan dentro de su legislación descuentos tributarios o celebran acuerdos o convenios para regular esta situación.
Estos acuerdos buscan evitar la doble tributación, evitar la evasión de impuestos, reducir las cargas fiscales por consolidación de ingresos, y reducir los impuestos por dividendos.
Los países con los que México tiene un Tratado para Evitar la Doble Tributación en vigor han aceptado al Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) como un impuesto comprendido en dichos instrumentos.
Los tratados de la doble tributación no podrán nunca establecer mayores obligaciones o tasas que las legislaciones internas de cada país.
El conocimiento adecuado de los tratados permite a todas aquellas personas encargadas de la planeación fiscal, el análisis de los efectos fiscales en los contratos internacionales, de quienes deben de decidir entre aplicar una determinada tasa o hacer o no una retención, el aprovechamiento adecuado y oportuno de un instrumento imprescindible en el mundo de la fiscalidad actual.
Creación
El proceso de creación de los Tratados Fiscales, es similar a la de los demás tratados internacionales que celebra México con otros países, la encargada de realizarlos es Subsecretaría de Ingresos, a través de la Dirección General Adjunta de Tratados Internacionales, quien lleva a cabo las negociaciones con las autoridades fiscales del otro Estado, a través de dos rondas, una en cada país.
Una vez que la negociación es concluida y el acuerdo es autentificado con la Firma de los negociadores, el tratado deberá ser aprobado por el Senado y será Ley Suprema de toda la Unión cuando esté de acuerdo con la misma, en los términos del artículo 133 de la propia Constitución, al establecerse su vigencia en su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Objetivos
1. Establecer una generalización de los conceptos tributarios de ambas jurisdicciones fiscales, para poder seguir los mismos conceptos en cada país, para que en cada país sea tomado de la misma manera en los dos países en los cuales sea celebrado el contrato, ya que si éste fuera diferente en cada país, conduciría a dobles tributaciones.
2. Promover el intercambio de información fiscal: lo que permite a los dos países mejorar su habilidad para aplicar de una mejor manera las leyes fiscales, evitando así la evasión fiscal.
3. Evitar el abuso de los propios Tratados Internacionales ya que los países pueden no otorgar los beneficios derivados de los convenios cuando existan operaciones, cuyo propósito fundamental sea el obtener una ventaja fiscal indebida del tratado.
4. Aliviar la doble tributación: al especificarse en los Tratados Internacionales que ambos países deberán ofrecer el acredita miento de los impuestos extranjeros al calcularse el impuesto en el país de residencia del contribuyente, así como aceptar que existan tasas máximas de retención en el país de la fuente de riqueza en materia de dividendos, intereses y regalías.
Los tratados para evitar la doble tributación no podrán nunca establecer mayores obligaciones o tasas que las legislaciones internas de cada país; en caso, de que así fuera, bastaría con aplicar la disposición más benéfica y no acudir al T2T, cuya aplicación es optativa.
El conocimiento cabal de los T2T permite a todas aquellas personas encargadas de la planeación fiscal, el análisis de los efectos fiscales en los contratos internacionales, de quienes deben de decidir entre aplicar una determinada tasa o hacer o no una retención, el aprovechamiento adecuado y oportuno de un instrumento imprescindible en el mundo de la fiscalidad actual.
Los acuerdos o convenios deben cumplir con la totalidad de las fases o pasos para su aprobación y aplicación, los cuales se encuentran señalados en la convención nacional del 23 de mayo de 2012, la cual fue elegida por el ordenamiento jurídico mexicano.
1. Negociación
2. Redacción
3. Firma o suscripción
4. Ratificación por lo congresos o parlamentos
5. Sanción por los gobiernos
6. Control constitucional
7. Canje de notas
8. Entrada en vigor
En los últimos años, el Gobierno Nacional ha iniciado una avance
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