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Delito Cohecho Colombia


Enviado por   •  20 de Mayo de 2014  •  881 Palabras (4 Páginas)  •  518 Visitas

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1. Delito De Cohecho:

El delito de Cohecho hace parte de los delitos contra la administración pública y está tipificado en el Código Penal Colombiano de los artículos 405 al 407, en sus diversas modalidades. El Cohecho aparece como un acto bilateral o una negociación que desconoce los principios de rectitud y transparencia que debe tener todo servidor público, en este delito el funcionario público es persuadido ya sea por dinero o por una dadiva o promesa futura para que el cohechador obtenga algún tipo de beneficio que solo puede obtener a través del servidor público, ya sea este llevando a cabo alguna acción o una omisión propia de su cargo.

En este delito hay dos sujetos activos, el servidor público y el cohechador. El sujeto pasivo es el Estado y el bien jurídico que se ve afectado es el correcto funcionamiento estatal. Para que se cumpla el tipo se necesitan los siguientes elementos: Primero que todo tener el carácter de servidor público, segundo, solicitar, recibir o aceptar la promesa de la entrega de algún dinero o dadiva y tercero, pactar, por la adquisición de la dadiva o dinero, llevar a cabo u omitir algo justo o injusto que emane de sus funciones.

El verbo rector en el delito de cohecho es “aceptar”, la aceptación se lleva a cabo cuando el servidor que está siendo requerido consiente con el cohechador recibir lo que se le promete posteriormente por llevar a cabo determinado acto.

El cohecho propio es en el cual se lleva a cabo la ejecución de un acto que se considera injusto o ilegal por el servidor público, se entiende el acto por injusto ya que es un acto que va en contra del derecho o es un acto incorrecto, esta acción puede ser una que haga parte de las funciones del servidor público o puede ser una acción que si bien no hace parte de las funciones del servidor público, este la pudo llevar a cabo por la posición en la que se encuentra en el ejercicio de su cargo.

El cohecho impropio en cambio es un delito en el cual el acto que se le pide hacer al servidor público es un acto legal, un acto justo que debería realizarse por el correcto desempeño de las funciones y no por una dadiva o remuneración.

El cohecho activo o “cohecho por dar u ofrecer” se diferencia del cohecho pasivo ya que en este delito cuando se habla de sujeto activo se está haciendo alusión a la persona que obliga o corrompe mediante la promesa de dadivas a un servidor público, para que lleve a cabo u omita algún acto que devenga de sus funciones o de sus deberes. En este delito además, la consumación se da solamente con el hecho de formular la oferta al servidor público, no importa si se llega o no a un acuerdo, lo que excluye la posibilidad de la tentativa en este delito ya que se clasifica como un delito de actividad que no requiere resultado. El sujeto activo del cohecho por dar u ofrecer puede ser cualquier persona y los verbos rectores

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