ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Demanda de incumplimiento de contrato


Enviado por   •  12 de Marzo de 2019  •  Informe  •  3.624 Palabras (15 Páginas)  •  161 Visitas

Página 1 de 15

ASUNTO: JUICIO SUMARIO DE DESOCUPACIÓN POR FALTA DE PAGO E INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.

MARÍA DEL ROSARIO CARREÓN SOSA

VS

PLINIO GUILLERMO SOSA VALLEJO.

CIUDADANO JUEZ ESPECIALIZADO EN MATERIA CIVIL EN TURNO.

MARÍA DEL ROSARIO CARREÓN SOSA promoviendo por mi propio derecho señalando como DOMICILIO PARTICULAR Y PARA RECIBIR TODO TIPO DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON EL PRESENTE Juicio la casa marcada con el número doscientos veintiuno de la Avenida Veintinueve Oriente, en la Colonia El Carmen de esta Ciudad Puebla de Zaragoza, Puebla; designando como ABOGADO PATRONO de mi parte al LICENCIADO EN DERECHO ANGEL LÓPEZ SERRANO, con título profesional debidamente registrado ante el Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado bajo la partida Número ciento noventa y nueve a fojas cincuenta vuelta.; QUIEN DESDE ESTE MOMENTO PROTESTA EL CARGO, Y ACEPTA DESEMPEÑARLO FIELMENTE, FIRMANDO LA PRESENTE DEMANDA EN SEÑAL DE ACEPTACIÓN, Y SEÑALA COMO DOMICILIO PARTICULAR PARA RECIBIR TODO TIPO DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON EL PRESENTE Juicio la casa marcada con el número doscientos veintiuno en la Avenida Veintinueve Oriente, de la Colonia El Carmen de esta Ciudad. Así mismo, autorizo para que se impongan de los autos y reciban todo tipo de documentos y notificaciones a los pasantes estudiantes en Derecho: PABLO CESAR VARGAS BUSTAMANTE Y/O MIGUEL ANGEL POPOCA TRIFUNDIO Y/O MANUEL ANTONIO VARGAS BUSTAMANTE y/o DENISSE ALVARADO LÓPEZ. Ante usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que, por medio del presente escrito y documentos que acompaño, vengo a tramitar JUICIO DE DESOCUPACIÓN POR FALTA DE PAGO DE RENTAS VENCIDAS E INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, esto en la vía sumario civil en contra del señor PLINIO GUILLERMO SOSA VALLEJO, EN SU CARÁCTER DE ARRENDATARIO, y de quien SEÑALO COMO DOMICILIO PARA SER DEBIDAMENTE CITADO O EMPLAZADO A JUICIO, EL UBICADO EN LA CASA MARCADA CON EL NÚMERO OCHO (8) , EN LA CALLE VEINTISIETE SUR (27 SUR), PERTENECIENTE AL FRACCIONAMIENTO “PRADOS DEL SUR”, en esta ciudad de Puebla y en contra del señor GUILLERMO DE JESÚS SOSA GONZALES en su carácter de FIADOR, y de quien le señalo como domicilio para ser debidamente citado y emplazado a Juicio, el ubicado en el fraccionamiento hacienda santa clara, calle veintisiete sur (27 sur) número doce mil ochocientos quince (12815) en esta ciudad de Puebla; juicio que promuevo respecto de la casa marcada con el número ocho (8) , en la calle veintisiete sur (27 sur), perteneciente al fraccionamiento “prados del sur”, en esta ciudad de Puebla, Reclamándoles las siguientes prestaciones legales:

PRESTACIONES:

A. EL pago de las pensiones rentísticas vencidas y no pagadas así como de las que se sigan venciendo hasta la total terminación del presente juicio, incluyendo el cargo por demora correspondiente a cinco por ciento (5%) sobre el total de la renta de cada mes, cabe destacar que LAS RENTAS ADEUDADAS A LA FECHA CORRESPONDEN A LOS MESES DE SEPTIEMBRE, OCTUBRE, NOVIEMBRE, DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO (2018), Y ENERO DEL PRESENTE AÑO DOS MIL DIECINUEVE (2019), sumando un monto económico adeudado que da como resultado un total correspondiente a CATORCE MIL TRECIENTOS DIEZ PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL. ( $14,310.00 M.N. ) los cuales se han generado por el incumplimiento por parte del arrendatario PLINIO GUILLERMO SOSA VALLEJO al estar incumpliendo el contrato de arrendamiento y no pagar en los plazos convenidos la renta de él bien inmueble propiedad de la suscrita MARÍA DEL ROSARIO CARREÓN SOSA.

B. El pago de la cantidad correspondiente a mil ciento noventa y un pesos moneda nacional (1,191$ M.N.) suma adeudada por concepto del servicio de agua potable ya que claramente se estableció en el contrato de arrendamiento que esta clase de servicios corren por cuenta del ARRENDATARIO; en este caso el señor PLINIO GUILLERMO SOSA VALLEJO.

C. La rescisión del contrato de arrendamiento dándose por terminado el mismo y que se proceda a desocupar y entregar materialmente, el bien inmueble sujeto del presente juicio el UBICADO EN LA CASA MARCADA CON EL NÚMERO OCHO (8) , EN LA CALLE VEINTISIETE SUR (27 SUR), PERTENECIENTE AL FRACCIONAMIENTO “PRADOS DEL SUR”,

D. El pago de los gastos y costas que se originen con motivo de la tramitación del presente juicio hasta su conclusión.

E. Asi mismo en el momento procesal oportuno y si las circunstancias se prestan, solicito que se proceda al lanzamiento del ARRENDATARIO y que se proceda a embarguen bienes muebles e inmuebles suficientes que se encuentren en posesión y sean propiedad de los demandados el ARRENDATARIO PLINIO GUILLERMO SOSA VALLEJO y su FIADOR el señor JESÚS SOSA GONZALES, a fin de garantizar el pago de todas y cada una de las pensiones rentísticas vencidas y no pagadas y demás prestaciones reclamadas, en el caso de que no cumplan con su responsabilidad y obligación de pagar.

Fundo mi demanda en la exposición de los siguientes puntos de hechos y consideraciones de orden legal:

HECHOS.

1.- En esta Ciudad de Puebla de Zaragoza, estado de Puebla, con fecha dos de junio del año dos mil dieciocho, la suscrita MARÍA DEL ROSARIO CARREÓN SOSA EN MI CARÁCTER DE ARRENDADORA, celebre contrato de arrendamiento por escrito con mi hoy demandado el señor PLINIO GUILLERMO SOSA VALLEJO en su carácter de ARRENDATARIO, respecto de LA CASA MARCADA CON EL NÚMERO OCHO (8) , EN LA CALLE VEINTISIETE SUR (27 SUR), PERTENECIENTE AL FRACCIONAMIENTO “PRADOS DEL SUR”, tal y como se desprende del contrato de arrendamiento, documento que adjunto al presente escrito como anexo número uno en mis pruebas documentales.

Con el fin de acreditar que la suscrita soy legítima propietaria del inmueble objeto del presente juicio, adjunto copias del contrato de compraventa que celebre la suscrita MARÍA DEL ROSARIO CARREÓN SOSA y mi marido ÁLVARO ÁLVAREZ MALDONADO con CONSTRUCTORA Y URBANIZADORA DE DESARROLLO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, documento que anexo al presente escrito como prueba documental número dos.

2.- En el referido contrato de arrendamiento base de la acción ejercitada, se convino por las partes que el valor de la renta mensual lo era la cantidad de tres mil pesos moneda nacional. ($3,000.00 M.N.) Tal y como se desprende de la CLAUSULA SEGUNDA del contrato aludido y al cual hago referencia en el punto de hechos que antecede; cantidad que la parte arrendataria estaba obligada a pagar antes del día quince de cada mes.

3.- En el mismo contrato de arrendamiento se convino que en caso de mora en el pago de las pensiones, se pagaría un interés moratorio convencional del cinco por ciento (5%) adicional a la renta

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (22 Kb) pdf (69 Kb) docx (15 Kb)
Leer 14 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com