Demanda de otorgamiento de escritura publica
Enviado por Colo09 • 3 de Octubre de 2016 • Trabajo • 1.506 Palabras (7 Páginas) • 445 Visitas
EXPEDIENTE :
SECRETARIO :
ESCRITO : UNO
SUMILLA : DEMANDA OTORGAMIENTO
DE ESCRITURA PUBLICA, ENTREGA DE
BIEN INMUEBLE Y OTRO.
AL JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
OSCAR GUSTAVO DE LA GUARDIA identificado con Pasaporte Americano 047280001, con domicilio real en la Av. 28 de Julio Nro. 887 Dpto. 303 del Distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima y con domicilio procesal en Casilla Nª 11836 de la Central de Notificaciones de Lima- sede Edificio Alzadora Valdez-; a usted atentamente digo:
I.- PETITORIO
Que por convenir a mis derechos, me presento ante usted a solicitar se admita a trámite mi demanda de OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA, pretensión accesoria ENTREGA DE BIEN INMUEBLE y PAGO DE DAÑOS Y PERJUCIOS POR INEJECUCION DE OBLIGACIONES, que interpongo en contra la Señora FIORELLA JUDITH PEREIRA NUÑEZ identificada con DNI 42213714 y como litisconsorte necesaria demando a doña JUDITH JESUS NUÑEZ VALDEZ DE PEREIRA, identificada con DNI 29308895, ambas con domicilio en el Jirón Libertadores Nº 674 , del Distrito de San Isidro, Provincia y Departamento de Lima, en mérito a los fundamentos de hecho y de derecho que a continuación se exponen:
En cuanto a este punto preciso los siguientes puntos:
1º.- Hay que precisar el tipo de acumulación de las pretensiones de otorgamiento de escritura pública y entrega del bien, precisar si es alternativa, subordina o accesoria.
2º.- La solicitud accesoria supera el monto de la cuantia de los procesos sumarísimos en que se tramita la acción de otorgamiento de escritura pública, en consecuencia creo que puede ser declarado inadmisible, de idual forma el monto de la pretensión por el almacenamiento.
3º.- En cuanto a la reparación civil, es improcedente en materia civil; pero si se quiere una indemnización podría fundamentarse en los daños y perjuicios por inejecución de obligaciones por parte de la vendedora.
4º.- Creo que en este punto debe precisarse que otras personas deben emplazarse, según el dominio registral que ostentan sobre el inmueble materia de litis, ya que es el momento para la acumulación subjetiva
II.- FUNDAMENTOS DE HECHO:
Como son varias pretensiones las que se verán según su firma de acumulación, recomiendo precisar los fundamentos de hecho según cada una de las pretensiones, así por ejemplo respecto a la pretensión del otorgamiento de escrituras públicas, respecto a la devolución de suma de dinero; y, respecto a la indemnización por daños y perjuicios.
2.1.- Que mediante contrato de compra venta de bien futuro con fecha 21 de mayo del año 2007, la Sra. Fiorella Judith Pereira Núñez, me vendió el departamento dúplex signado con el número 602, mas sus aires, dos estacionamientos (05 y 06) y dos Depósitos (05 y 06), la referida propiedad está ubicada en la calle Jorge Vanderghen Nº 171 – 175 del distrito de Miraflores, Provincia y Departamento de Lima, el monto pactado en el precitado contrato en su cláusula tercera por el Departamento con sus aires, estacionamientos y cocheras fue de US$ 250,000.00 Doscientos Cincuenta Mil Dólares Americanos, los cuales he cancelado íntegramente. En este punto habría precisar las clausulas a que hace referencia tanto el objeto del contrato como la obligación de la vendedora de formalizar la transferencia del inmueble; puesto desde ya se precisa los puntos controvertidos.
2.2- He actuado amigablemente en numerosas gestiones solicitando verbalmente, le he enviado 2 (dos) cartas notariales y hasta la invite a Conciliar, sin resultado positivo alguno, para que me firme la escritura pública que nace del acto contractual de fecha 21 de Mayo del año 2007, y me haga entrega del bien inmueble en las condiciones que se encuentre (situación actual del bien es el de casco habitable), así como, le he solicitado la devolución del monto de US$ 40,000.00 Dólares Americanos por acabados que nunca ha llegado a realizar en mi departamento, de igual manera le solicito el Pago de US$ 19,000.00 Dólares Americanos, por pago de gasto que he tenido que cubrir ante el incumplimiento de la Sra. Pereira, tales como:
2.2.1.- Siendo que, según lo estipulado en la cuarta cláusula del contrato de compra venta de fecha 21 de Mayo del año 2007, los bienes inmuebles me serian entregados en un plazo no mayor a la segunda quincena del mes de Mayo del año 2008, cosa que a la fecha no ha sucedido, por lo que me he visto afectado económicamente al tener que seguir pagando alquiler de un departamento para tener donde vivir, el costo de alquiler de mi departamento asciende a la suma mensual de US$ 450.00 CUATROCIENTOS Y 00/100 DOLARES AMERICANOS durante los años 2008, 2009 y parte del 2010 y desde el mes de agosto del año 2010 pago la cantidad de US$ 500.00 QUINIENTOS DOLARES AMERICANOS, calculando el pago desde la fecha de incumplimiento de la Sra. Pereira, a la actualidad he cancelado 30 meses de alquiler esto viene a ser US$ 14,200 CATORCE MIL DOSCIENTOS Y 00/100 DOLARES AMERICANOS.
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