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Derecho Civil


Enviado por   •  14 de Abril de 2014  •  4.089 Palabras (17 Páginas)  •  193 Visitas

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Autoevaluación TEMA I

1. ¿Son consideradas como acepciones del Ius Civilis?

a) El Derecho que cada pueblo constituye exclusivamente para si y que es propio de los individuos de cada ciudad.

b) Derecho propio de los ciudadanos romanos, no aplicable a peregrinos.

c) Es el orden jurídico vigente en el imperio Romano.

d) Todas las anteriores son correctas.

Respuesta: d)

2.- ¿Es la obra de compilación ordenada por el emperador Justiniano?

a) La gran glosa.

b) Summae.

c) Corpus Iuris Civilis.

d) La Instituta y el Digesto.

Respuesta: c)

3.- Sistematizaron en los siglos XII y XIII, el estudio de Derecho, a través del análisis de la compilación de Justiniano.

a) Proculeyos y Sabinianos.

b) Bartolo de Saxoferrato, Baldo de Ubaldis y Cino de Pistoya.

c) Glosadores.

d) Movimiento de la Jurisprudencia humanista.

Respuesta: c)

4.- Adaptaron el pensamiento de los glosadores a las necesidades de su época, coordinando los Derechos Estatutarios vigentes y el Derecho Consuetudinario.

a) Irnerio y Acursio.

b) Los fueros y estatutos.

c) Los posglosadores.

d) Leges Romanoe Barbarorum.

Respuesta: c)

5.- Compilación metódicamente ordenada de las anotaciones realizadas por los glosadores.

a) Corpus Iuris Civilis.

b) Summae.

c) La gran glosa o glosa ordinaria de Acursio.

d) Corpus Iuris Canonici.

Respuesta: c)

6.- ¿Fueron publicadas por Alfonso X y contienen preceptos de Derecho Romano, Canónico y algunas disposiciones de fueros particulares de cada región?

a) Código de Leovigildo.

b) Código de Eurico.

c) Ordenanzas reales de Castilla.

d) Las Siete Partidas.

Respuesta: d)

7.- ¿Se expidieron por las Cortes reunidas en Toledo en 1502, tenían como objeto resolver dudas de interpretación y contradicciones de las Leyes de Partida y algunos fueros?

a) Leyes del Toro.

b) Ordenamiento de Alcalá.

c) Breviario de Aniano.

d) Fuero Viejo de Castilla.

Respuesta: d)

8.- ¿Sirvió de modelo para los Códigos Civiles, durante el siglo XIX, es la codificación del Derecho Civil más importante, llevada a cabo en Francia?

a) Revolución Francesa.

b) Código Civil francés de 1804.

c) Corpus Iuris Civilis.

d) Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano.

Respuesta: b)

9.- ¿Son Características del Código Civil de 1928?

a) Igualdad de la capacidad jurídica del hombre y la mujer.

b) Se prescinde de la distinción entre hijos legítimos e ilegítimos.

c) Se refiere a la propiedad y establece su uso y goce sujeto a restricciones en interés de la sociedad.

d) Todas las anteriores son correctas.

Respuesta: d)

10.- ¿Son materias, que se han segregado del Derecho Civil, como disciplinas jurídicas autónomas?

a) Derecho Mercantil, Derecho del Trabajo y Derecho Agrario.

b) Derecho Constitucional y Administrativo.

c) Derecho Ecológico y Marítimo.

d) Ninguno de los anteriores es correcto.

Respuesta: a)

11.- ¿Señale cuál es el contenido del Derecho Civil de acuerdo al Plan Alemán?

a) Teoría de la ley, personas, bienes y modos de adquirir la propiedad.

b) Normas generales, personas, cosas, procesos, delitos y penas.

c) Parte general, Derecho de las Cosas, Derecho de las Obligaciones, Derecho de Familia y Derecho Sucesorio.

d) Personas, cosas y acciones.

Respuesta: c)

12.- Defina el concepto de Derecho Civil.

Es el derecho privado que tiene por objeto la regulación de la persona en su estructura orgánica, en los derechos que le corresponden como tal y en las relaciones derivadas de su integración en la familia y de ser sujeto de un patrimonio, dentro de la comunidad.

Ejemplo práctico de la aplicación del Derecho Civil en el transcurso de la historia.

El Matrimonio en México:

El matrimonio constituye uno de los temas de derecho civil que figuran entre aquellos a los cuales se ha dedicado una atención más constante. La trascendencia que esta institución tiene, no solo en el orden jurídico, sino igualmente en la mora y en el social, explica sin duda que los juristas, moralistas, y los sociólogos, hayan hecho tantos esfuerzos para estudiar y esclarecer los múltiples problemas que con ella se relacionan.

El matrimonio es una institución de carácter público o interés social, por medio del cual un hombre y una mujer voluntariamente deciden contraer un estado de vida para la búsqueda de su realización personal y la fundación de una familia.

Ejemplo:

Época Prehispánica

Los indígenas mesoamericanos no contaron con una codificación respecto del matrimonio y sus costumbres.

Durante esta época, coexistieron una gran variedad de costumbres y principios matrimoniales, dependiendo de la tribu de que se tratara, pues cada una de ellas tenía sus propias costumbres familiares.

Los mexicanos acostumbraban la poligamia, principalmente los nobles y los ricos; pero entre todas las mujeres, distinguían a la legítima, que era aquella con la que se habían casado, de acuerdo con las formas del matrimonio solemne.

La ceremonia del matrimonio, no se llevaba al cabo ante el sacerdote ni los funcionarios del poder público, sino mediante una serie de actos de origen religioso, en los que intervenían sólo los parientes y amigos de los contrayentes. Estos se reunían, acordaban que el mancebo debía casarse y le escogían mujer; comunicaban su decisión a la familia de la elegida por medio de ciertas señoras de edad, cuyo oficio era intervenir en los casamientos. Una vez concertado el matrimonio, las familias de ambos contrayentes, señalaban el día para su celebración, llegado el cual se organizaba una fiesta; en ella se ofrecían delante del fuego, diversos presentes. Las casamenteras ataban los vestidos del novio y de la novia. A esta ceremonia se le daba un valor legal indudable.

Época del Código civil para el Distrito federal 1928

Se introduce la exigencia de un certificado prenupcial como requisito previo para la celebración del matrimonio (artículo 98 fracción VI).

Se declara expresamente que en el hogar, el marido y la mujer tendrán autoridad y consideraciones igual (artículo 168)

La ruptura de la promesa de matrimonio (artículo 143), produce el efecto de obligar

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