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Derecho Civil


Enviado por   •  11 de Noviembre de 2014  •  2.071 Palabras (9 Páginas)  •  132 Visitas

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DERECHO PENAL

Prevaricato: Delito que comenten los funcionarios públicos dictando o proponiendo a sabiendas, o por ignorancia inexcusable, resolución de manifiesta injusticia

PERJURIO:

PECULADO: Delito que consiste en el hurto de caudales del erario publico, hecho por aquel a quien esta confiada su administración

MEDIDAD CAUTELARES: cualquiera de las adoptadas en un juicio o proceso, a instancia de parte o de oficio, para prevenir que la resolución del mismo pueda ser mas eficaz

MEDIDAS DE SEGURIDAD: El fin especifico del Derecho ha sido el castigo del delincuente, mediante la imposición de la pena prevista, que tiene siempre carácter retributivo e intimidatario.

Delito: es una acción u omisión típicamente antijurídica, imputable, culpable y punible.

Atestado policial: es el documento elaborado por la policía, que contiene el resultado de una investigación con motivo de la ejecución o realización de un delito.

Partes de un atestado policial: información; comunicación al representante del ministerio publico; investigación y diligencias practicadas (manifestaciones, pericias, inspección ocular, notificaciones, etc.); análisis y evaluación de los hechos; conclusiones; situaciones de los investigados; anexos.

Recurso de nulidad: es un medio impugnatorio que se interpone contra resoluciones judiciales, en el proceso penal dictada por la sala superior y es resuelta por la sala penal de la corte suprema.

Sentencia: es la resolución final que se dicta en un procedimiento judicial.

Recurso de nulidad: recurso impugnatorio que se interpone ante la misma sala penal superior cuando no se esta de acuerdo con la sentencia dictada.

Prueba: es la demostración de la verdad de una afirmación, de la existencia de una cosa o de la realidad de un hecho.

Testigo: son las personas que por haber presenciado la ejecución de un hecho, pueden relatar como ocurrió.

Perito: es el especialista conocedor, practico o versado en una ciencia, arte u oficio.

La prescripción de la pena: seda en al suprema.

Excepciones procesales: naturaleza de juicio y de acción, cosa juzgada, amnistía y prescripción.

El indulto: Pena suprema, es por el ejecutivo, presidente de la republica.

Admitía: pena suprema, es por el congreso mediante ley.

Muerte: es el cese definitivo de la actividad cerebral que pone fin a la persona.

Lesiones graves: los que pone en peligro inminente la vida de la victima; los que mutilan un miembro u órgano principal de cuerpo; los que infiere cualquier otro daño a la integridad corporal.

DERECHO NOTARIAL:

desheredación

Facultad del testador de privar de la legítima a algún heredero forzoso (también llamado legitimario). Significa en la práctica dejarle completamente sin herencia. La desheredación ha de estar basada en alguna causa dentro de un listado cerrado de ellas que establece la ley.

Doctrina:

Enseñanza que se da para instrucción de alguien.

Conjunto de trabajos destinados a interpretar el derecho y que constituye una de las fuentes jurídicas.

abintestato Literalmente: "sin testamento".

Es heredero abintestato aquella persona (o personas) que, al no haber heredero nombrado en testamento, lo es por establecerlo la ley. Para ser nombrado heredero abintestato es necesario formalizar un expediente de declaración de herederos abintestato , que será notarial o judicial, según el parentesco que se tenga con el fallecido.

demarcación notarial

Delimitación, establecida por decreto, del ámbito territorial donde se establecen una o más notarías. Cada notario puede actuar como tal y salvo excepciones, solamente en su propio distrito notarial, distrito cuya extensión y pueblos que comprende es fijado por la demarcación.

Documentar:.

Unir a un expediente los documentos necesarios para su resolución.

Cláusula

Cada una de las disposiciones de que consta un contrato, tratado o testamento

Apostilla: Se trata de un documento con sello acordado en el Convenio internacional de La Haya del año 1962 para el tráfico jurídico internacional y que sirve para acreditar que el documento provisto de la apostilla es un documento original producido por una autoridad competente para ello. En última instancia, por lo general se trata de la legalización de un certificado notarial. La apostilla hace que el documento nacional pueda circular en el ámbito internacional.

Acta: Documento escrito en el que se hace constar la relación de lo acontecido durante la celebración de una asamblea, congreso, sesión, vista judicial o reunión de cualquier naturaleza y de los acuerdos o decisiones tomados.

Las actas no son necesariamente documentos públicos notariales, sino que pueden ser actas privadas: de una comunidad de propietarios, el Consejo de Administración o la Junta General de una sociedad, una asociación, las actas arbitrales en los partidos, etc.

NOTARIO O ESCRIBANO:

La prevalencia de una u otra voz dentro del notario depende de las funciones que se ejerzan según la legislación vigente en cada lugar.Puede afirmarse que escribano es la voz histórica originaria de los depositarios de fe pública, pero a medida que estos fueron dejando su mera calidad de redactores de instrumentos públicos, paraconvertirse en verdaderos autores del documento, o sea configuradores formales de los negocios jurídicos que ante ellos e otorgan, la expresión notario ha ido preponderándose en el derecho notarialcomparado.

INSTRUMENTO – ESCRITURA – DOCUMENTO:

Se denomina escrituras públicas las escrituras que otorgan los escribanos de registro, o sus sustitutos legales. Como se ve, son documentos que no seidentifican por sí mismos, sino por el funcionario que los autoriza, el cual de ordinario es el escribano de registro; excepcionalmente, y en defecto de escribano; el juez de paz del lugar.

Entendemospor instrumento todo documento escriturario, público o privado, útil como medio probatorio documental en juicio. Documento es género (incluye instrumentos y cualquier otra forma de constatación dehechos: fotografías, planos etcétera) , e instrumento es su especie principal (escrituras públicas, contratos privados, etcétera).

Documento en sentido lato denominase a todo objeto susceptible derepresentar una manifestación del pensamiento, con prescindencia de la forma en que esa representación se exterioriza. Por lo tanto, no sólo son documentos lo que llevan signos de escritura, sinotambién todos aquellos

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