Derecho Cooperativo
Enviado por pokka04 • 17 de Mayo de 2013 • 930 Palabras (4 Páginas) • 370 Visitas
CONCEPTO:
Artículo 2.- La sociedad cooperativa es una forma de organización social integrada por personas físicas con base en intereses comunes y en los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios.
De la constitución y registro
Artículo 11.- En la constitución de las sociedades cooperativas se observará lo siguiente:
I.- Se reconoce un voto por socio, independientemente de sus aportaciones;
II.- Serán de capital variable;
III.- Habrá igualdad esencial en derechos y obligaciones de sus socios e igualdad de condiciones para las mujeres;
IV.- Tendrán duración indefinida, y
V. Se integrarán con un mínimo de cinco Socios, con excepción de aquellas a que se refiere el Artículo 33 Bis de esta Ley.
Fracción reformada DOF 13-08-2009
Artículo 12.- La constitución de las sociedades cooperativas deberá realizarse en asamblea general que celebren los interesados, y en la que se levantara un acta que contendrá:
I. Datos generales de los fundadores;
II. Nombre de las personas que hayan resultado electas para integrar por primera vez consejos y comisiones, y
III. Las bases constitutivas
De las distintas clases y categorías de sociedades cooperativas
Artículo 21.- Forman parte del Sistema Cooperativo las siguientes clases de sociedades cooperativas:
I.- De consumidores de bienes y/o servicios, y
II.- De productores de bienes y/o servicios, y
Fracción reformada DOF 04-06-2001
III.- De ahorro y préstamo.
Del funcionamiento y la administración
Artículo 34.- La dirección, administración y vigilancia interna de las Sociedades Cooperativas, en general, estará a cargo de los órganos siguientes:
Párrafo reformado DOF 13-08-2009
I.- La Asamblea General;
II.- El Consejo de Administración;
III. El Consejo de Vigilancia;
Fracción reformada DOF 13-08-2009
IV. Las comisiones y comités que esta Ley establece y las demás que designe la Asamblea General, y
Fracción reformada DOF 13-08-2009
V. Tratándose de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, además de los citados órganos, en las fracciones I a IV anteriores, deberán contar, cuando menos con:
a) Comité de Crédito o su equivalente;
b) Comité de Riesgos;
c) Un director o gerente general, y
d) Un auditor Interno.
Secretaria de economía
Las sociedades cooperativas son un tipo social en el que se permite convenir el grado de responsabilidad de los socios (responsabilidad limitada o responsabilidad suplementada); los socios deben ser inscritos en el régimen obligatorio del seguro social y están exentas del pago del impuesto sobre la renta.
En esta sociedad las características de los socios son más importantes que el capital que aporten. Por esto hay beneficios como que cada uno de los socios tiene derecho a un voto y que se otorguen estímulos para aquellos socios que cumplan con todas sus obligaciones, lo cual depende enteramente de su desempeño. En el caso de las cooperativas de producción, hay igualdad de oportunidades sin importar el género
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