Derecho De Familia
Enviado por nuvia_xyz • 3 de Noviembre de 2014 • 1.447 Palabras (6 Páginas) • 165 Visitas
Sentencias T-498 de 2012, C-804 de 2009 y T-606 de 2013 Corte Constitucional
Pregunta 1
¿Cómo se interpretan los derechos humanos a la luz de la Constitución Nacional de 1991?
Los Derechos Humanos son el conjunto de facultades que tienen todas las personas por el simple hecho de ser humanos, para garantizarles una vida digna, permitir el logro de sus aspiraciones en armonía con las demás personas, sin discriminación alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Los Derechos Humanos son innatos y universales, puesto que todos los seres humanos tienen su titularidad desde el inicio de sus vidas; son absolutos, ya que ostentan la calidad erga hommes y su respeto puede ser exigido en cualquier momento; son necesarios, pues devienen de la misma naturaleza humana; son inalienables, pues pertenecen a la esencia del hombre y son imprescriptibles, pues no pueden perderse.
Por lo anterior, estos Derechos Humanos deben ser reconocidos y amparados por los ordenamientos jurídicos de cada Estado. En Colombia, la Constitución Política de 1991, declara al territorio Nacional como un Estado Social de Derecho, donde priman los derechos de todos los asociados, el Estado y su organización Institucional tiene como fin la consecución de la prosperidad y el bienestar general, donde la defensa de los derechos y libertades del hombre son su prioridad. Todo Derecho fundamental o primario debe ser considerado incluido en la Constitución,
De tal forma que la actual Carta Política sitúa en un lugar muy importante a los Derechos Humanos, no queriendo decir con esto que en las anteriores Constituciones no hayan existido, sino que la Carta de 1991, considerada “la Constitución de los Derechos” es totalmente garantista y presenta la posibilidad de hacerlos efectivos a través de mecanismos como la acción de Tutela, que permite la protección de los derechos fundamentales cuando estos se vean vulnerados por la acción u omisión de alguna autoridad o particular de manera pronta y efectiva, caracterizada por su informalidad que ha revolucionado la comprensión de los derechos y ha procurado el acceso de las personas a la justicia sin mayores complicaciones, pues para su instauración no necesita de un abogado que la represente y de Instituciones como la Corte Constitucional, encargada suprema de la interpretación Constitucional (Art. 241 CP) que a través de la expedición de sentencias como las estudiadas, emite resoluciones con carácter erga hommes; en el caso de sentencias constitucionales e interpartes; en el caso de sentencias de tutela, encaminadas a la búsqueda de la salvaguarda de esos derechos humanos fundamentales de tanta relevancia para la vida digna de todas las personas, dándole vida a la Constitución para que esos derechos allí plasmados no sean solo letra muerta.
La obligación internacional de cumplir los tratados que se pacten sobre derechos humanos en beneficio de toda la humanidad es una obligación interna e ineludible de nuestra Constitución. Es así como en más de 85 artículos de la Carta Política se encuentran enunciados y detallados de manera expresa, especialmente en la parte de los Derechos Fundamentales y en el preámbulo. Lo que se reitera, no es lo más importante, sino la efectivizacion y la eficacia de los mismos, con la actual Constitución se tienen la posibilidad real de recibir de los jueces de la república una solución rápida a la necesidad de un derecho más humano, más confiable, puesto que cuando una persona es consciente de tener un derecho y sobre todo, de poderlo hacer valer triunfa la equidad y la igualdad que reza nuestra Constitución
Pregunta 2
¿Qué criterios tuvo en cuenta la Corte Constitucional para determinar cuándo se está frente a un Derecho Fundamental?
La Corte Constitucional como Institución con máxima autoridad encargada de la salvaguarda de la Carta Política selecciona, revisa y analiza sentencias provenientes de casos en concreto, presentados por la comunidad en general, hechos en los cuales se ven involucrados, los derechos constitucionales, el ordenamiento jurídico y las decisiones de los jueces en primera y segunda instancia, hace la respectiva comparación con la Carta Política, manteniendo la autonomía de esta, como norma de normas, respecto de otras fuentes del Derecho, en particular
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