Derecho Fiscal II
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DERECHO FISCAL II
TEMA I – VII.
Julio César Ríos Flores
Derecho Burocrático 4ta Generación
6to Cuatrimestre
21/ Enero/2013
TEMA I.
Otras Contribuciones Federales.
1.1 Aportaciones de Seguridad Social.
Las aportaciones de Seguridad Social las cuales son las contribuciones establecidas en la Ley a cargo de personas que son sustituidas por el Estado en el cumplimiento de obligaciones fijadas por la ley en materia de Seguridad Social, tiene como finalidad garantizar el derecho a la salud, a la asistencia médica, protección a los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo de la sociedad. La doctrina no considera a las Aportaciones de Seguridad Social, como contribuciones, dado que sus fines son distintos a los de estos, se considera que nuestro legislador las contempla como tales, tanto en la Ley de Ingresos de la Federación, como en el Código Fiscal de la Federación, y se consideran créditos fiscales, únicamente con la finalidad de facilitar su cobro por los organismos descentralizados, creados en esta materia, en virtud de que pueden aplicar el procedimiento administrativo de ejecución, dotándolos de un instrumento privilegiado, indispensable, para que cobren en forma oportuna, rápida y fácilmente, las Aportaciones de Seguridad Social no cubiertas por los sujetos obligados dentro de los plazos legales respectivos, en los términos de la ley correspondiente.
Sobre la clasificación de las Aportaciones de Seguridad Social, la fracción VII del Art. 1° de la Ley de Ingresos de la Federación las enumera:
VIII. Aportaciones de Seguridad Social (LIF).
1. Aportaciones y abonos retenidos a trabajadores por patrones para el Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
2. Cuotas para el Seguro Social a cargo de patrones y trabajadores.
3. Cuotas del sistema de ahorro para el retiro a cargo de los patrones.
4. Cuotas para el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado a cargo de los citados trabajadores.
5. Cuotas para el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas a cargo de los militares.
Seguro Social
Fundamento Constitucional Artículo 123° XXIX
Las Aportaciones de Seguridad Social tienen su fundamento constitucional en el Art. 123° A Fracción XXIX, el cual indica que es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares.
1.1.1 Explicación Sintética de las características relevantes de las Cuotas por las distintas ramas del Seguro Social, en particular el de Riesgos Profesionales a fin de que el alumno comprenda la forma como se integra la carga promedio sobre los particulares.
El salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diarias y las gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por sus servicios (Art. 5°-A, fracción . XVIII, de la Ley del Seguro Social)
El artículo 41 de la citada ley establece que los riesgos de trabajo son accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo de su trabajo.
1.1.2 Análisis breve de las Aportaciones y Descuentos para los Fondos de Vivienda.
El Artículo 123° apartado A, fracción XII de la CPEUM, establece que las empresas están obligadas, de acuerdo con la ley reglamentaria, a proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas. Las aportaciones que las empresas hagan a un fondo nacional para la vivienda, con el propósito de constituir depósitos a favor de sus trabajadores y establecer un sistema de financiamiento que permita otorgar a ésos créditos baratos y suficientes para que adquieran en propiedad tales habitaciones.
La Ley del INFONAVIT, en su Artículo 29° fracción III, establece que una de las obligaciones de los patrones es realizar los descuentos en los salarios de los trabajadores, conforme a la LFT, que se destinen al pago de abonos para cubrir préstamos otorgados por el INFONAVIT.
1.1.3 Análisis sumario de la Aportación para el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR.)
El Artículo 1º de la Ley del SAR dispone que dicho ordenamiento es de orden público e interés social y tiene por objeto regular el funcionamiento de los sistemas de ahorro para el retiro y sus participantes, en las leyes del IMSS, del INFONAVIT y del ISSSTE.
En febrero de 1992, se publicó la reforma a la Ley del Seguro Social, en la cual se incorpora un nuevo seguro (denominado de retiro), como lo estipula la nueva fracción IV del artículo 11° del ordenamiento mencionado. Con esta incorporación se pretende mejorar los ingresos de los trabajadores que dejan de prestar un servicio remunerado, proporcionar un ahorro que no pierda valor por inflación y, lo más importante, fomentar el nivel de ahorro interno del sistema financiero nacional.
Las prestaciones sociales obligatorias son las contribuciones a la Seguridad Social (IMSS), Fondo de Vivienda (INFONAVIT) y Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR).
Este sistema se sustenta en la base de que cada trabajador tenga una cuenta individual administrada por instituciones financieras denominadas Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores).
Las Afores
Las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), son entidades financieras que se dedican de manera exclusiva a administrar las cuentas individuales de ahorro para el retiro de los trabajadores afiliados al IMSS, así como, a operar las Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro (SIEFORES), invirtiendo el dinero de las cuentas individuales de los trabajadores en forma segura, de acuerdo a lo establecido en la normatividad de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
La cuenta individual, es aquella que el asegurado abre en la Afore de su elección, para que se depositen en ella sus cuotas y aportaciones, así como las que sus patrones y el gobierno están obligados a aportar para su ahorro para el retiro. En esta cuenta se depositan también los rendimientos que gane ese dinero y que se sumarán al ahorro.
Funciones de las Afores
• Apertura de las cuentas individuales a petición de los trabajadores.
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