Derecho Fiscal II
Enviado por carlos31191 • 11 de Febrero de 2013 • 3.678 Palabras (15 Páginas) • 559 Visitas
DERECHO FISCAL
CONCEPTO: Rama del derecho público que se encarga de la recaudación y administración de las contribuciones.
Recaudación: está a cargo de un órgano
Desconcentrado (SAT)
Administracion: A cargo de un órgano centralizado (SH y CP)
ACTO ADMINISTRATIVO
CONCEPTO: declaración unilateral de la voluntad de una autoridad administrativa que crea, modifica, extingue y reconoce derechos y obligaciones.
CARACTERISTICAS:
1.- acto jurídico
2.- derecho publico
3.- lo emite la administración pública (En el
ejercicio de la función pública)
ADMINISTRACION PUBLICA: Se divide en centralizada y paraestatal.
4.- persigue el interés publico (de manera directa o indirecta).
ELEMENTOS CONSTITUTIVOS:
Sujetos: Órgano administrativo que debe de ser competente, es decir que tiene atribuciones, el cual actúa por medio de funcionario con facultades para emitirlo (Acto Admin.)
Autoridad: Toda persona investida de facultades o potestad de mando frente a los gobernados o internamente
Manifestación de la voluntad: expresión de decisión del órgano administrativo que cause consecuencias de derecho de tipo subjetivo.
A falta de manifestación o expresión también se
producen efectos como el silencio administrativo (que
en materia fiscal es en sentido negativo)
Forma: por escrito, es la manera de cómo se exterioriza la voluntad.
Motivo: Consideraciones de hecho y derecho, que tiene en cuenta el órgano emisor para tomar una decisión. La fala de este o su irregularidad tiene como consecuencia la impugnación.
Finalidad: Elemento teleológica, que es el propósito o meta del órgano emisor.
OBJETO: crear, modificar, extinguir y reconocer situaciones subjetivas de derecho.
Determinado: que se conoce, causación (es que te encuadres
en el supuesto juriico)
Determinable: que sea cuantificable, es necesario de un
procedimiento lógico para determinarlo,
Liquiacion (es la determinación en pesos y
centavos de una obligación fiscal.)
el objeto debe de ser posible y licito
REQUISITOS
1. Constitucionales: Art. 14, 16 CPEUM
Competencia: posibilidad que tiene un órgano de actuar, el cual la ley le asigna determinadas funciones que debe atender
Facultad: es de los servidores públicos y es la actitud que reciben de la legislación para emitir los actos necesarios a fin de ejercer la competencia del órgano.
2. Forma: escrito, pues la CPEUM menciona que es “Garantía de certeza”
3. Fundamentacion: es indicar con precisión que ley(es) y cuales de sus artículos son aplicables.
4. Motivacion: Adecuacion lógica del supuesto de derecho a la situación subjetiva del gobernado.
5. Principio de legalidad: la administración publica solo puede hacer lo expresamente señanaldo en la ley.
6. Principio de no retroactividad
EFECTOS
Respecto del principio de legalidad se consideran validos.
El acto puede ser Perfecto: cumple los requisitos
Imperfecto: no cumple los
requisitos, pero puede ser eficaz.
Eficaz: produce efectos para el cual fue dictado, esta va a estar sujeto a una notificación y aceptación del gobernado. (es decir que es eficaz si se consiente el acto)
SILENCIO ADMINISTRATIVO
Presunción legal o ficción que la ley establece en benefico del gobernado. En virtud de la cual se considera aceptada o negada una petición.
Art. 37 CFF Negativa ficta: procede después de 3 meses cuando no halla notificación. Cuando se de la negativa, tienes 2 opciones:
Esperar
Interponer medio de defensa (RECURSO DE REVOCACION, JUICIO DE NULIDAD, AMPARO)
EJECUCION DEL ACTO ADMINISTRATIVO
El acto Admin. Se presupone valido y por esto se entiende ejecutivo (es obligatorio).
Al ser ejecutivo quiere decir que cumple con los requisitos legales y por lo tanto se presume que se puede llevar acabo.
Ejecutoriedad: Posibilidad de realizar coactivamente ante la oposición del gobernado.
Cumplimiento: Realización voluntaria, no coactiva.
EXTINCION DEL ACTO ADMINISTRATIVO:
Se extingue a través de 2 medios:
• Normales: Cumplimiento / Ejecución forzosa
• Anormales: Revocación (autoridad deja sin efectos) / Prescripción (libera de obligación por el paso del tiempo de 5 años) / Caducidad (perdidad de un derecho o fcultad) / Termino (momento en que el acto deba de comenzar o terminar) / Condicion (Acontecimiento futuro de realización incierta)
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Proceso: Secuencia de actos que tienen como fin decidir una controversia entre las partes (litigio) resuelto por una autoridad imparcial e independiente.
Procedimiento: Serie cordinada de pasos a seguir tendientes a producir y ejecutar un acto administrativo, la finalidad es la ejecución
TIPOS DE PROCEDIMIENTOS:
• INTERNOS: actos que surten efectos dentro del órgano administrativo
• EXTERNOS: se realizan frente al gobernado para que el acto admin. surta efectos, pero debe de satisfacer formalidades y/o requisitos, una ves satisfechos podrá ser ejecutado.
• PREVIOS: faces necesarias para poder producir adecuadamente el acto
• DE EJECUCION: etapas que han de efectuarse para que el acto se cumpla (voluntaria o coactivamente)
• DE OFICIO: iniciativa de la autoridad en ejercicio de sus facultades para el cumplimiento de las tareas de competencia del órgano.
CARACTERISTICAS
• LEGALIDAD.- competencia del órgano
• EFICACIA.- producir adecuadamente el acto
• PUBLICIDAD.- actos públicos
• EQUIDAD.- principio indubio pro actione
• REQUISITOS DEL PROCEDIMIENTO
FACULTAD DISCRECIONAL
Se da siempre que un ordenamiento jurídico no establezca como debe de ejecutarse el acto o en que sentido la autoridad deberá tener en cuenta los hechos o circunstancias en particular.
NOTIFICACIONES
REQUISITOS DE LOS ACTOS A NOTIFICAR
• Constar por escrito
• Autoridad que lo emite
• Lugar y fecha de emisión
• Fundado, motivado y expresar la resolución, objeto o propósito
• Firma del funcionario
TIPOS DE NOTIFICACIONES
• PERSONALES,
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