Derecho Laboral
Enviado por • 22 de Marzo de 2015 • 856 Palabras (4 Páginas) • 267 Visitas
CASO
Ramiro Meneses trabaja en Larouse Ltda de lunes a viernes de 10:00 a.m a 8:00 p.m como Gerente de Ventas desde el 22 de Octubre de 1996 bajo un contrato a término fijo a 3 años. Ha sido homenajeado en varias ocasiones por ser el mejor empleado de la empresa. Su salario mensual es de $3.500.000= y en su contrato laboral nunca se le prohibió que trabajara en otra compañía.
Desde el 15 de Abril de 2000, durante las vacaciones colectivas otorgadas por Larouse en Diciembre, Ramiro viaja a Barcelona donde trabaja como “latin lover” en la filmación de películas pornográficas.
El pasado 17 de Octubre en documentales Pirry, realizaron un informe especial desde Barcelona, donde visitaron la feria de “cine rosa”. Dentro de las imágenes, el señor Lino Roberto jefe inmediato de Ramiro vio los ojos de un hombre y asegura son del señor Meneses.
El 21 de Octubre de 2012 fue despedido Ramiro Meneses.
¿Existe o no justa causa por parte del señor Lino Roberto para terminar el contrato laboral y por qué?
DESPIDO SIN JUSTA CAUSA, CASO RAMIRO MENESES
Durante las vacaciones no se produce una ruptura contractual, sino que hay cese de actividades en la prestación de servicios por parte del trabajador. Es decir los acuerdos se mantienen en el vínculo laboral, sin afectar la libre disposición de tiempo que se debe respetar.
Durante la jornada laboral el trabajador debe ejercer sus responsabilidades con la empresa contratante, y fuera del horario laboral puede trabajar en otros negocios, siempre y cuando no perjudique los intereses de las compañías en las que labore.
Si en esta pausa laboral decide trabajar en otro sitio está en todo el derecho de disponer de ese tiempo libre (vacaciones y/o fuera de su jornada laboral), de expresar su propia personalidad como considere, pero no siguiendo en su mismo puesto, ya que no hace parte de la maquinaria de la compañía, eso sería reducirlo a un mero artilugio productivo.
Teniendo en cuenta nuestro caso de RAMIRO MENESES hay que tener claro que cuando un empleador procede a despedir a un trabajador, tiene la obligación legal de expresar los motivos por los cuales surge esa decisión, las causales deben adecuarse a las que están establecidas en el código sustantivo del trabajo, sin que sea lícito elaborar su propia lista de causas, cuando no están de acuerdo a lo que dice la ley o el Reglamento Interno de Trabajo, será un despido sin justa causa, que deberá ser indemnizado en los términos que lo establece el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo.
Cuando el empleador decide despedir al trabajador fundamentando una justa causa, deberá expresar ese motivo a la finalización del contrato, y además deberá acreditarla por los medios de prueba correspondientes.
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