Derecho Laboral
Enviado por Pameram • 23 de Junio de 2013 • 1.699 Palabras (7 Páginas) • 366 Visitas
INTRODUCCION
La constante evolución del Derecho del Trabajo en las últimas décadas, nos permite tomar muy en cuenta la realidad jurídica de los trabajadores en nuestro país, que se encuentra a nivel Constitucional normado y que se ha desarrollado en el sector privado de la economía y de manera especial en el sector empresarial.
Pese a constar en la Ley los modos para la terminación de los contratos de trabajo el mas usual es el despido intempestivo, tal vez por desconocimiento o simplemente por falta de un asesoramiento jurídico sobre las otras formas de terminación de los contratos de trabajo cuando existen causas que lo motiven, razón por la que adquiere enorme importancia el “Visto Bueno” como un modo de terminación del contrato de trabajo, o simplemente de la relación laboral mediante un trámite sumario, ya que debe utilizárselo como una herramienta jurídica que beneficia a las dos partes de la relación Trabajador – Empleador.
Partiendo de lo antes expuesto, es necesario preguntarnos ¿es el “Visto Bueno” una herramienta jurídica bien utilizada? difundida, aplicada correctamente, que garantiza los derechos de los empleadores y trabajadores establecidos en la Constitución y la Ley; esta será la gran interrogante que desarrollaremos a lo largo de la presente investigación, analizando la disposición legal, su funcionamiento, su aplicación, difusión y análisis prácticos de trámites de Visto Bueno.
El objetivo es dilucidar la interrogante propuesta y aportar al conocimiento y perfeccionamiento de este trámite jurídico parte del Derecho Laboral.
En los siguientes capítulos analizaremos las causales para su aplicación, el procedimiento, la aplicación y la importancia del Visto Bueno en el Ecuador.
CAPITULO I
1. ANTECEDENTES
En nuestro sistema económico capitalista, neo socialista o socialista del siglo XXI, como se lo quiera llamar, es parte fundamental de la economía la fuerza laboral, el trabajo, que necesariamente debe ser remunerado por mandato constitucional siendo imprescindible para el desarrollo social y económico, como base de toda economía o sistema económico.
Las empresas y personas necesitan producir por lo cual es imprescindible en el desarrollo económico y en especial en el ámbito empresarial contratar constantemente obreros, profesionales, o trabajadores en general, en algunos casos en mayor o menor número de acuerdo a la actividad, pero necesariamente siempre existirá la relación laboral.
Esta relación trabajador – empleador, puede en algunos casos tornarse conflictiva, o a su vez por factores externos o internos alterarse, confrontarse y terminar abruptamente, y en algunos casos de forma consensuada, razón por la cual nace la necesidad jurídica de normar esta relación, desde su inicio hasta su culminación.
Es comúnmente conocido que el trabajador es la parte débil de esta relación, razón por la cual nace la necesidad de proteger y garantizar sus derechos.
El Visto Bueno nace jurídicamente, mediante una reforma a la Ley del Contrato Individual del Trabajo en la que se consideraba al abandono del trabajo como terminación de la relación laboral, sujeta al criterio de los contratantes; por esta razón en la administración del Ingeniero Federico Páez, el 21 de enero de 1936, se decretan reformas a la mencionada Ley, donde aparece por primera vez el Visto Bueno del Inspector del Trabajo, para la terminación justificada de la relación laboral.
Posterior a ello, el derecho del trabajo ha ido evolucionando, de manera especial en los últimos cuarenta años, en los cuales se ha elevado a garantías constitucionales los derechos de los trabajadores que alcanzan mayor fuerza a partir de la Constitución de 1978 hasta la última Constitución en vigencia (2008).
1.1. TRABAJO Y LA CONSTITUCIÓN
La Constitución es la Carta Fundamental del Estado que recoge y enuncia los principales derechos obligaciones, garantías, valores, y organiza el funcionamiento del Estado, por lo que es de vital importancia analizar los derechos y garantías establecidas en nuestra Constitución, en especial las que tienen relación al Trabajo.
En el Artículo 33 de la Constitución Política se garantiza el derecho al trabajo al expresar que: “El trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía. El Estado garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el desarrollo de un trabajo saludable y libremente escogido o aceptado.”
Como podemos ver este precepto es de gran aplicación, que consagra los derechos del trabajador y reconoce al trabajo como base de la economía, relacionando directamente con la relación laboral y por ende con el trámite de Visto Bueno y la obligación del Estado de garantizar los derechos del trabajador.
De igual forma el numeral 17 del Artículo 66 de la Constitución Política garantiza “El derecho a la libertad de trabajo. Nadie será obligado a realizar un trabajo gratuito o forzoso, salvo los casos que determine la Ley”.
Cabe aclarar que nuestra Constitución tutela y protege al trabajador, y en especial que debe existir una retribución económica, y en el caso de no existirla necesariamente debe terminar la relación laboral por contravenir a un mandato Constitucional, y la forme de hacerlo es mediante el trámite de Visto Bueno, que es el objeto de esta investigación.
1.2. LA RELACION LABORAL
Para
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