Derecho Romano
Enviado por PAITHO • 31 de Octubre de 2013 • 714 Palabras (3 Páginas) • 216 Visitas
COMPARACIÓ ENTRE EL CÓDIGCO CIVIL PERUANO Y EL DERECHO ROMANO
CÓDIGO CIVIL PERUANO
Articulo 418º.- Noción de Patria Potestad
Por la patria potestad los padres tienen el deber y el derecho de cuidar de la persona y bienes de sus hijos menores
Articulo 419º.- Ejercicio conjunto de la patria potestad
La patria potestad se ejerce conjuntamente por el padre y la madre durante el matrimonio, correspondiendo a ambos la representacion legal del hijo.
Artículo 423º.- Deberes y derechos del ejercicio de la patria potestad
1.- Proveer al sostenimiento y educacion de los hijos.
2.- Dirigir el proceso educativo de los hijos y su capacitacion para el trabajo conforme a su vocacion y aptitudes.
3.- Corregir moderadamente a los hijos y, cuando esto no bastare, recurrir a la autoridad judicial solicitando su internamiento en un establecimiento dedicado a la reeducacion de menores.(*)
4.- Aprovechar de los servicios de sus hijos, atendiendo su edad y condicion y sin perjudicar su educacion..
Articulo 5º.- Derechos de la persona humana
El derecho a la vida, a la integridad fisica, a la libertad, al honor y demas inherentes a la persona humana son irrenunciables y no pueden ser objeto de cesion.
Articulo 469º.- Consecuencia de la perdida, privacion, limitacion y suspension de patria potestad
Los efectos de la perdida, la privacion, la limitacion y la suspension de la patria potestad, se extenderan a los hijos nacidos despues de que ha sido declarada.
PÉRDIDA DE LA PATRIA POTESTAD:
DERECHO ROMANO
LA PATRIA POTESTAD:
La característica principal de la familia romana fue la patria potestas (poder paternal) que ejercía el partes familias sobre sus hijos legítimos y sobre sus más lejanos descendientes.
Según la ley de las XII Tablas:
Solamente podía haber un parter familias. Incluso los hijos varones mayores de edad, estaban sujetos a la autoridad del padre. También los nietos y nietas.
Pater insignem ad deformation puerum cito necato.
El padre puede dar muerte inmediata al hijo que nazca muy imperfecto o monstruoso.
El parter familias tenía incluso el derecho de vender a sus hijos; de abandonarlos, aprobar, desaprobar el matrimonio.
La patria potestad se extendía también a los póstumos que hubieran estado sometidos a ella si hubieran nacido en vida del padre.
PÉRDIDA DE LA PATRIA POTESTAD:
Se extingue por acontecimientos fotuitos y actos solemnes.
Primero la muerte del partes familias.
La pérdida de la ciudadanía del padre terminaba con su patria potestad.
La elevación del hijo a ciertas dignidades, como cuando es nombrado sacerdote de Júpiter o virgen Vestal.
Articulo 461º.- Causales de extinción de patria potestad
1.- Por la muerte de los
...