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Derecho Romano


Enviado por   •  28 de Octubre de 2013  •  2.163 Palabras (9 Páginas)  •  207 Visitas

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CONCEPTOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO ROMANO.

IUS: derecho tanto en sentido objetivo, como subjetivo

Objetivo: ordenamiento jurídico que regula las relaciones de los hombres en sociedad. El derecho Positivo vigente.

Subjetivo: el poder o facultad que el ordenamiento jurídico reconoce a un sujeto.

CELSO: define al derecho como el arte de lo bueno y equitativo. Se lo critica porque mezcla derecho y moral.

ULPIANO: establece los 3 preceptos fundamentales del derecho que constituye el contenido del derecho.

• VIVIR HONESTAMENTE

• NO DAÑAR A OTRO.

• DAR A CADA UNO LO SUYO.

FAS: la norma religiosa.

En la antigüedad los romanos no diferenciaban claramente el derecho humano del divino y consideraban que las conductas humanas eran licitas en la medida que fuera conforme a la voluntad de los Dioses.

Se confundía lo jurídico con lo religioso.

En la Republica los romanos comienzan a distinguir, el derecho humano del derecho divino.

IUS: era el derecho humano que regula las relaciones entre los hombres entre si y entre estos y el Estado.

EL FAS: era el derecho divino que regula las relaciones del hombre con los dioses

IUSTITA: Es la meta del derecho. Las fuentes romanas. “Es la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo” Ulpiano.

EQUIDAD: “igualdad” (aequita) aparece en Roma como concepto de igualdad, en la Republica con el pretor, el crea el derecho honorario basado en la equidad y la buena fe.

JURISPRUDENCIA: el conocimiento del derecho, las fuentes romanas las definieron como el conocimiento de las cosas divinas y humanas. Es la ciencia de lo justo e injusto. Los jurisconsultos romanos gozaron del bus publicare respondendi (la respuesta de los prudentes).

Los cinco clásicos jurisconsultos fueron:

1. Ulpiano

2. Gayo

3. Paulo

4. Modestito

5. Papiniano.

Respondían las preguntas que hacían los jueces y basaban su obra en ello.

2. La jurisprudencia en época clásica.

La época clásica del derecho romano fue antecedida por la denominada arcaica, que comprendió el período de la Realeza y gran parte de la República (753 a.C.-130 a.C.), y que en cuanto a las fuentes del derecho se caracterizó, entre otras notas, porque su fuente inicial fueron los mores maiorum, luego fijados en la Ley de las Doce Tablas.

La época clásica, que correspondió a la de la consolidación del Derecho Romano como un derecho de juristas, se extendió desde el 130 a.C. hasta el 230 d.C.

En los siglos I y II d.C. la jurisprudencia alcanza su máximo esplendor. El régimen imperial supo alentar el desarrollo de la ciencia jurídica y aprovecharlo para sus fines políticos y para la administración del Estado.

Las figuras más relevantes al principio de la época clásica fueron M. Antistio Labeón (42 a.C.- 22 d.C.) y C. Ateyo Capitón (muerto en 22 d.C.). El primero era de espíritu innovador y amante de las libertades republicanas; es muy citado por juristas posteriores. Capitón, más conformista, no ejerció influencia posterior. Estos dos juristas fundan dos escuelas rivales: los sabinianos (fundada por Capitón) y los proculeyanos (fundada por Labeón).

EL IMPERIO DOS ETAPAS

1- PRINCIPADO( 27 AC augusto hasta dioclesiano 284 d.c)

2- DOMINADO: Dioclesiano hasta la muerte de Justiniano.

A) PRINCIPADO, ALTO IMPERIO, DIARQUIA

B) DOMINADO, BAJO IMPERIO, TETRARQUIA.

SIGLO II y I AC infinidad de luchas internas, sobretodo con tiberio y cayo, hermanos gracos. Que hicieron la Reforma agraria, repartieron tierras, beneficiando a la clase aristocrática. Mario y Sila toman el poder, son dictadores y cometieron arbitrariedades.

JULIO CESAR junto con Pompeyo y Craso forman el primer triunvirato. Julio Cesar asume el pode, se constituye en un dictador vitalicio y pretende ser rey tal es así que en las fiestas del 94 se sienta en un trono de oro, se hace poner por Antonio una didema y se declara rey. El pueblo no lo aprueba, solicita mandar diadema a Júpiter dice que los dioses no lo aceptan como rey y es asesinado por brutus.

Luego del asesinato de Julio Cesar se conforma el segundo Triunvirato, integrado por Octavio y Marco Antonio, Lepido. Comienzan las peleas con Octavio y Marco Antonio. Se enfrentan la batalla de actum (vence Octavio y se lo designa al primer emperador Romano, Augusto (por designación divina) Así en el año 27 AC) comienza el Principado contra Augusto primer emperador, recibe el apoyo incondicional del pueblo. Es el único que pone orden del Imperio (caos político, económico, religioso).

LEYENDA DE ENEAS???

IMPORTANTES TITULOS Y ATRIBUCIONES

TITULOS:

1. PRINCEPS

2. IMPERATOR

3. CESAR AUGUSTO

4. PADRE DE LA PATRIA

ATRIBUCIONES:

1. Derivados de órganos republicanos.

2. Derivados de imperium consular y proconsular.

3. Derivados de la potestad tribunicia.

4. Derivados de la pontificial.

Los derivados Potestad tribunicia.

Los derivados pontificial máxima.

1. Derivados Órganos Republicanos:

A) Van a tener a su cargo la política exterior, tratados de paz, de guerra.

B) Va a proponer candidatos para el cargo de las magistraturas.

C) Dicta ordenanzas o reglamentos tanto de carácter general como particular.

2-Derivados de Imperium.

A) Jefe de los ejércitos

B) Gobierno absoluto de las provincias no destinadas al Senado o al pueblo romano

C) Dirección y control de las provincias senatoriales.

3-Derivados potestad Tribunicia:

A) Convoca concilia plebis y al senado.

B) Tiene el derecho de Veto sobre los órganos republicanos.

C) LA INVIOLAVILIDAD.

4) DERIVADOS PONTIFICADO

A) ASUNTOS RELIGIOSOS

B) PROPONIA CANDIDATOS PARA CARGOS SACERDOTALES.Ç

EL SENADO LE OTORGA AL PRÍNCIPE LA CUSTODIA Y TUTELA DE LA REPUBLICA.

LAS FUENTES DEL DERECHO EN EL PRINCIPÀDO

1- Las constituciones imperiales

2- Edicto perpetuo de Salvio Juliano

3- Las escuelas de Proculeyanos y Savignanos.

4- Jurisprudencia clásica.

5- Los senados consulto.

1-CONSTITUCIONES IMPERIALES: Según Gallo es lo que el emperador ordena por edicto, decreto o rescripto. Jamás se duda de su fuerza de ley, según Gallo, porque el mismo emperador ha adquirido el imperio en virtud de la ley.

• Hay 4 clases de constituciones imperiales

• EDICTA

• DECRETA

• RESCRIPTA

• MANDATA

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