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Derecho Tributario


Enviado por   •  1 de Diciembre de 2013  •  1.972 Palabras (8 Páginas)  •  265 Visitas

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DERECHO TRIBUTARIO

Es una rama del Derecho Público que estudia las normas jurídicas, a través de las cuales, el Estado ejerce su poder tributario con el propósito de obtener, de los particulares, ingresos que sirvan para sufragar el Gasto Público, en aras de la consecución del bien común.

El Derecho Tributario no es pura recaudación, es las Instituciones que regulan la recaudación, como operan, si operan en armonía con las garantías del individuo.

PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO TRIBUTARIO

1. EL PRINCIPIO DE LA LEGALIDAD.

2. EL PRINCIPIO DE LA GENERALIDAD.

3. EL PRINCIPIO DE IGUALDAD.

4. EL PRINCIPIO DE PROGRESIVIDAD.

5. EL PRINCIPIO DE LA NO CONFISCATORIEDAD.

6. EL PRINCIPIO DE LA NO RETROACTIVIDAD.

7. EL PRINCIPIO DE LA JUSTICIA TRIBUTARIA.

8. EL PRINCIPIO DE PROHIBICIÓN DE IMPUESTO PAGADERO EN SERVICIOS PROFESIONALES.

9. EL PRINCIPIO DE LA EXIGENCIA DE UN TERMINO PARA QUE PUEDA APLICARSE LA LEY TRIBUTARIA.

Relaciones entre los entes fiscales y los particulares

SENIAT= Recaudación

I.V.A.= Impuesto que grava el consumo, si no consumo, no pago.

I.S.L.R.: Si gano y elevo mi patrimonio de un ejercicio a otro se pagan mas impuestos.

Exención: Es la dispensa total o parcial del pago de la obligación tributaria otorgada por la ley. (Art. 73 COT)

Ejemplo de exención del ISLR: Los asegurados y sus beneficiarios, por las indemnizaciones que reciban en razón de contratos de seguros.

EXENTO DEL IMPUESTO POR LEY:

Las Cooperativas, fundaciones sin fines de lucro que se dediquen a lo social, cultural, deportivo, tecnológico, científico, religioso.

Exoneración: Es la dispensa total o parcial del pago de la obligación tributaria, concedida por el Poder Ejecutivo, en los casos autorizados por la ley.

Es decir, puede ser por 2 años para determinadas áreas y conceptos, donde el Estado requiere beneficiar a ese sector, por un asunto de política fiscal. (Máximo por 5 años según art. 75 COT)

EXONERACIONES DEL ISLR:

Mediante decretos se han otorgado también varias exoneraciones como:

a) Los enriquecimientos obtenidos por las personas naturales y jurídicas domiciliadas o residenciadas en la República Bolivariana de Venezuela, provenientes de los Bonos PDVSA.

b) Las personas naturales y jurídicas domiciliadas en el Estado Vargas. (se exoneran tanto al ISLR como el IVA).

DIFERENCIA ENTRE EXENCIÓN Y EXONERACION:

La diferencia fundamental entre estas dos modalidades está en que laexención se establece previamente en la ley y la solicita la entidad que declara el ISLR; y la exoneración es un derecho del ejecutivo nacional (Presidente de la República y entes adscritos como el Seniat) establecido en el Código Orgánico Tributario para otorgar el beneficio de la liberación total o parcial del pago del impuesto a través de decretos.

O sea, los fines de la exención y la exoneración parecen ser los mismos (liberarse de un pago total o parcial de impuestos o tributos) pero la exención se establece en la Ley del Impuesto en cuestión (IVA, ISLR), en tanto que la exoneración la establece el ejecutivo nacional a través de decretos publicados en la Gaceta Oficial. Por ejemplo, la exoneración a ganaderos y agroindustriales del Impuesto sobre la Renta otorgada por el Seniat, en tanto que las exenciones ya están establecidas por la Ley del ISLR (u otra Ley de impuestos como el IVA).

Desglosando el concepto tenemos ciertas características:

a. Es una rama del Derecho Público

b. El Estado ejerce su poder tributario a través del Ius Imperium.

c. Tiene el propósito de obtener ingresos

d. Busca sufragar el gasto público

e. Objetivo final, la consecución del bien común.

PARTES DEL DERECHO TRIBUTARIO

PARTE GENERAL: Se consagran los principios y garantías que hay en la relación del fisco y los particulares aplicables a todos los tipos de tributos. A través de esos principios y garantías se armoniza la relación entre nosotros, el Estado y el Fisco Nacional. Hay derechos, deberes, principios y garantías que vamos a conocer de forma general, que aplican para todos los tributos.

PARTE ESPECIAL O ESPECÍFICA: estudio propio de la materia o de cada tributo, ejemplo: el I.S.L.R., todo lo que se debe saber de ese impuesto, las normas jurídicas necesarias para conocerlo.

RAMAS DEL DERECHO TRIBUTARIO:

 DERECHO TRIBUTARIO MATERIAL O SUSTANTIVO

 DERECHO TRIBUTARIO FORMAL

 DERECHO TRIBUTARIO PROCESAL

 DERECHO PENAL TRIBUTARIO

 DERECHO INTERNACIONAL TRIBUTARIO

 DERECHO CONSTITUCIONAL TRIBUTARIO

DERECHO TRIBUTARIO MATERIAL O SUSTANTIVO:

Contiene las reglas sustanciales relativas a las normas tributarias, estudia como nace la obligación tributaria, extinción de esa obligación tributaria, elementos y sujetos, extensión, sus fuentes, causas y privilegios. Por ejemplo al realizarse la actividad económica nace la obligación tributaria.

DERECHO TRIBUTARIO FORMAL: el derecho tributario formal estudia la aplicación de la norma material a un determinado caso concreto en todos sus aspectos. Analiza la determinación del tributo. Establece la suma de dinero completa a que esta obligado el sujeto pasivo y determina la manera de ingresarlo al tesoro nacional, esa cantidad de dinero. Por ejemplo el impuesto sobre la renta.

Cuando hay excedentes en la declaración, (pagué de más y él tiene que devolver) no lo devuelve, sino que se compensa (yo le debo, él me debe- compensamos) o también puede ser bajo la figura de la cesión, es una negociación muy actual (compañías que tienen excedentes y le cede ese exceso de impuesto a otra empresa y esa otra empresa paga al fisco por medio de esa cesión.

Cesión de créditos fiscales: Transmisión de derechos crediticios derivados de tributos y accesorios, que un sujeto titular o legítimo propietario realiza a favor de otro, al solo efecto de su compensación con deudas tributarias del cesionario con el mismo sujeto activo.

DERECHO TRIBUTARIO PROCESAL:

Cuando surgen controversias entre el estado y los particulares. Es un proceso especial.

DERECHO PENAL TRIBUTARIO:

El derecho penal tributario regula jurídicamente lo concerniente a las infracciones fiscales, ilícitos fiscales y sus sanciones. Las normas aplicables en los casos concretos de violación a las disposiciones tributarias.

DERECHO INTERNACIONAL TRIBUTARIO:

El derecho internacional

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