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Derecho Tributario


Enviado por   •  12 de Marzo de 2014  •  2.746 Palabras (11 Páginas)  •  235 Visitas

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FACULTADES DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL.-

El Presidente del Tribunal es designado en la primera sesión anual del Pleno de la Sala Superior, por un periodo de dos años y no puede ser reelecto en forma inmediata.

El Presidente del Tribunal para el apropiado desempeño de las funciones que le corresponden, se auxilia por la Oficialía Mayor, la Secretaría General de Acuerdos, la Contraloría Interna y las demás unidades administrativas que establezca el reglamento interior.

De conformidad con el artículo 26 de la Ley Orgánica del Tribunal, las atribuciones del Presidente son:

1. Representar al Tribunal ante toda clase de autoridades.

2. Despachar la correspondencia del Tribunal.

3. Presidir las comisiones del Tribunal.

4. Convocar a sesiones al Pleno de la Sala Superior, dirigir los debates y conservar el orden en las sesiones.

5. Someter al conocimiento del Pleno de la Sala Superior los asuntos de la competencia del mismo, así como aquellos que a su juicio considere necesario.

6. Autorizar, en unión del Secretario General de Acuerdos, las actas en que se hagan constar las deliberaciones y acuerdos del Pleno de la Sala Superior y firmar los engroses de resoluciones del Pleno.

7. Ejercer la facultad señalada en el Artículo 239-A del Código Fiscal de la Federación, conforme a los criterios que el Pleno establezca.

8. Dictar los acuerdos o providencias de trámites necesarios, incluyendo el que reabra la instrucción cuando a juicio del Pleno se beneficie la rapidez del proceso.

9. Tramitar los incidentes, los recursos, así como la queja, cuando se trate de juicios que se ventilen ante el Pleno de la Sala Superior, así como imponer las medidas de apremio para hacer cumplir sus determinaciones.

10. Presidir la Sección que lo requiera para integrar quórum.

11. Tramitar y formular los proyectos de resolución tratándose de excitativas de justicia, recusaciones o excusas de los magistrados y someterlos a la aprobación del Pleno.

12. Rendir los informes previos y justificados cuando se trate de actos y resoluciones del Pleno que constituyan el acto reclamado en los juicios de amparo.

13. Conceder licencia a los magistrados por enfermedad y en otros casos hasta por un mes cada año con goce de sueldo, siempre que exista causa justificada para ello y no se perjudique el funcionamiento del Tribunal.

14. Dictar las medidas que sean necesarias para investigar las responsabilidades de los servidores públicos establecidas en la ley de la materia y aplicar, en su caso, a los secretarios, actuarios, peritos y demás servidores públicos del Tribunal, las sanciones administrativas correspondientes.

15. Designar o remover: A propuesta del Magistrado respectivo, a los secretarios y actuarios correspondientes. A propuesta del Contralor, a los peritos.

A propuesta del Oficial Mayor, al demás personal administrativo del Tribunal.

A propuesta del Coordinador de Actuarios, a su personal, cuando se establezcan actuarías comunes a varias Salas.

16. Conceder o negar licencias a los secretarios y actuarios y demás personal administrativo de la Sala Superior, en los términos de las disposiciones aplicables, previa opinión, en su caso, del magistrado a que estén adscritos.

17. Dictar las medidas que exijan el funcionamiento y la disciplina del Tribunal.

18. Dirigir la buena marcha del Tribunal dictando las medidas necesarias para el despacho pronto y expedito de los asuntos de la competencia del Tribunal, pudiendo acordar los cambios de adscripción del personal y la distribución de recursos presupuestales.

19. Establecer las reglas para la distribución de los asuntos entre las Secciones de la Sala Superior y entre las Salas Regionales cuando haya más de una en la circunscripción territorial, así como entre los magistrados instructores y ponentes.

20. Evaluar el funcionamiento de las Secciones de la Sala Superior, así como de las Salas Regionales del Tribunal y dictar las medidas que sean necesarias para mejorarlo.

21. Formular y proponer anualmente al Ejecutivo Federal el proyecto de Presupuesto del Tribunal.

22. Dictar las órdenes relacionadas con el ejercicio del Presupuesto del Tribunal.

23. Realizar los actos administrativos y jurídicos que conforme a las leyes deban ser realizados a nombre del Tribunal.

24. Rendir anualmente ante el Pleno de la Sala Superior un informe dando cuenta de la marcha del Tribunal y de las principales jurisprudencias establecidas por el Pleno y las Secciones de la Sala Superior.

25. Supervisar la publicación de las jurisprudencias, tesis y precedentes del Tribunal

FACULTADES DEL SECRETARIO GENERAL DE ACUERDO.-

Con fundamento en el artículo 47 de la Ley Orgánica del Tribunal corresponde al Secretario General de Acuerdos:

1. Acordar con el Presidente del Tribunal la programación de las sesiones del Pleno.

2. Dar cuenta en las sesiones del Pleno de los asuntos que se sometan a su consideración, tomar la votación de sus integrantes, formular el acta relativa y comunicar las decisiones que se acuerden.

3. Revisar los engroses de las resoluciones del Pleno formulados por el Magistrado ponente, autorizándolos en unión del Presidente.

4. Tramitar y firmar la correspondencia referente a las funciones del Pleno, cuando ello no corresponda al Presidente del Tribunal.

5. Llevar el turno de los Magistrados que deban formular ponencias para resolución del Pleno.

6. Dirigir los archivos de la Sala Superior.

7. Digitalizar la documentación y actuaciones que se requiera incorporar a un expediente tramitado en línea, así como imprimir y certificar las constancias de los expedientes electrónicos de la Sala Superior y las reproducciones en medios electrónicos de dichas actuaciones.

8. Dar fe y expedir certificados de las constancias que obran en lo expedientes que obran en la Sala Superior, y.

9. Las demás que le correspondan conforme a las disposiciones jurídicas

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