Derecho penal economico
Enviado por ornella95 • 7 de Abril de 2021 • Resumen • 5.488 Palabras (22 Páginas) • 106 Visitas
DERECHO PENAL ECONOMICO[pic 1]
UNIDAD 1: INTRODUCCION
Proceso de expansión del derecho penal:
Se da por la creación de nuevas figuras delictivas y por el aumento de las penas de los delitos que ya existen.
Derecho penal liberal: solo está prohibido aquello que encaje perfectamente en la norma. La prohibición es la excepción. La expansión del derecho penal implica un aumento y mayor injerencia de lo que esta prohibido.
Otro factor que refleja la expansión del derecho penal es que la sociedad cuestiona garantías constitucionales.
Causas de expansión del derecho penal:
- Aparición de nuevos riesgos: se va reduciendo el riesgo generado por la naturaleza, pero aumenta el riesgo proveniente del manejo de la tecnología. Ejemplo: riesgo ecológico de explosiones nucleares; derrame de petróleo, etc. Esto hace crecer la demanda de la creación de figuras culposas para castigar estos accidentes provocados por el mal manejo de la tecnología.
Imprudente=culposo (se viola un deber de cuidado)
El riesgo también proviene de la complejidad social producida por la interacción humana.
Se crean nuevas figuras de peligro abstracto o comisión por omisión, a causa de s contactos impersonales y anónimos que se dan en la vida social.
Peligro abstracto: no existe peligro concreto, pero hay una potencial peligrosidad.
- Sensación social de inseguridad: la idea de inseguridad surge cuando el sujeto toma conciencia del riesgo que existe y del cual no tiene control (pierde el dominio de los acontecimientos). Cuando la orientación cognitiva no es suficiente, la sociedad exige orientación legislativa.
- Configuración de una sociedad de sujetos pasivos: en la sociedad posmoderna hay una tendencia a colocar al ciudadano en un lugar en el cual tiene derecho a reclamar. Hay mucha resistencia al caso fortuito, cuando ocurre un accidente siempre se busca responsabilizar a alguien.
Esta tendencia se manifiesta a través de la creación de delitos culposos y de comisión por omisión, en los cuales se castiga la no evitación de un daño.
- Identificación de las mayorías con la víctima.
- Nuevos gestores de la moral social: los sectores mas progresistas reclaman la injerencia del derecho penal para proteger sus intereses. Ya no es un solo sector el que reclama la injerencia. Son gestores, por ejemplo, los grupos ecologistas, antidiscriminación.
Se usa el derecho penal como herramienta para lograr el cumplimiento de las normas extrapenales. El derecho penal económico contiene muchos delitos económicos que antes eran considerados infracciones, y se tipifican como delito para prevenir esas conductas.
- Desprecio por las formas: la sociedad reclama respuestas inmediatas, pensando que el derecho penal es un mero tecnicismo que asegura la impunidad. Ejemplo: el mal uso de la prisión preventiva.
- Globalización: alimenta al sistema penal por que aparecen nuevos comportamientos propiciados por la globalización (delincuencia transnacional).
Las victimas del delito ya no son solo las personas físicas, también lo son las jurídicas (ejemplo: terrorismo de estado)
Derecho penal Socio-Económico:
Es una manifestación de la expansión del derecho penal.
Delito/fenómeno económico: emerge a partir de que los estados comienzan a crear regulaciones para controlar a los agentes económicos y las conductas que infringen esas regulaciones.
DETERMINISMO: Lamboso, a fines del siglo XIX, principios del XX, realizo un estudio sobre la población carcelaria en Italia, y determino que se caracterizaba con la población del sur. Quienes poblaban las cárceles tenían determinadas características físicas que los determinaban a delinquir (en realidad la fisonomía los encarcelaba, pero no los determinaba a delinquir).
En conclusión, según esta corriente de pensamiento creada por Lambroso sostiene que el delincuente es delincuente por sus características antropológicas y fisiológicas.
POSITIVISMO: la pena se alimenta en la peligrosidad, que se funda en la pertenencia a una clase social.
SADERLAN: el delito atraviesa toda la sociedad, un miembro de cualquier clase social puede delinquir, pero cuanto mas educado es el sujeto mas sofisticado es el delito que va a cometer.
DELITO ECONOMICO: Definiciones:
Fernández: infracción jurídica que lesiona o pone en peligro el orden económico.
Bacigalupo: es la infracción jurídica que lesiona o pone en peligro el orden económico, y el sujeto pasivo se encuentra indeterminado. El bien jurídico tutelado es social o supra individual (eso le da el nombre de delito penal socio económico, es pluriofensivo porque afecta a un numero importante de individuos)
En sentido jurídico: es la acción voluntaria, típica, antijuridica, reprochable que lesiona o pone en peligro al orden socio económico o alguna de las instituciones que lo componen (aduana, libre competencia, derechos al consumidor, hacienda pública)
CARACTERISTICAS del delito socio- económico:
- Componente técnico/sofisticación de la maniobra: son delitos elaborados.
- Apariencia de licitud: no queda claro cuando hay ilícito.
- Lesividad o peligrosidad: pluriofensivo
- Produce bajo reproche social, sobre todo en los países latinos.
- Persigue un fin de lucro: tiene una finalidad lucrativa en casi todos los casos, el móvil es el lucro, lo cual no quiere decir que el lucro integre el dolo.
Efectos de la delincuencia económica (vinculado a su lesividad):
EFECTOS TANGIBLES O MATERIALES: son los efectos que se pueden constatar (despidos, quiebras, afectación de recursos públicos, etc.)
EFECTOS INTANGIBLES O INMATERIALES: a su vez se clasifican en:
- Efecto espiral: en mercado muy competitivo, cuando un agente no cumple con las reglas, limita y agota la capacidad de competir de los demás, y los empuja a delinquir para poder competir. Se autodestruye la economía organizada.
- Reacción en cadena:
- Efecto contagio: el daño a un agente daña a los demás. Ejemplo: el daño a un mayorista daña a los minoristas.
- Los delitos económicos suelen estar relacionados con delitos comunes.
Derecho Penal Socio-Económico:
Es el conjunto de normas jurídico-penales, que protegen el orden socio-económico, entendido como la regulación jurídica de la producción, distribución y consumo de bienes y servicios.
La norma extrapenal establece la regla, y el derecho penal económico se encarga de determinadas desviaciones a esa regla.
Figuras penales del derecho penal económico:
Caracteres:
- Sujeto activo: en general se trata de personas humanas, ocasionalmente puede ser una persona jurídica.
- Sujeto pasivo: toda la sociedad o un sector de esta.
- Bien jurídico protegido: es colectivo, es el orden socioeconómico.
- Técnica legislativa: tipos penales en blanco o abiertos. Se utilizan elementos normativos del tipo.
- Técnica procesal: hay tendencia hacia la especialización del fuero.
El ilícito económico que integra el DPSE se manifiesta a través de:[pic 2]
- contravenciones o infracciones ilícito
- delitos socio-económico
Por lo general las infracciones son juzgadas y sancionadas por un órgano administrativo, mientras que los delitos son juzgados por un órgano judicial.
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