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DERECHO PENAL ECONOMICO UBP 1ER PARCIAL


Enviado por   •  9 de Julio de 2017  •  Examen  •  2.183 Palabras (9 Páginas)  •  758 Visitas

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derecho penal economico primer parcial

pregunta1

Proyecto de ley de medio ambiente:

El presente proyecto de ley tiene como objeto la protección y preservación de rios y espejos de agua y la fauna y flora contenidos en ellos a fin de preservar la vida en su sentido más amplio; asegurando a las generaciones presentes y futuras la conservación de la calidad ambiental y la diversidad biológica.

art. 1: Será reprimido con prisión o reclusión de 6 a 10 años quien arrojares sustancias contaminantes en las napas de aguas, naturales o artificiales, rios o espejos de agua en todo el territorio de la nación,envenenando adulterando o contaminando de un modo peligroso para la salud de la población y seres vivos, el agua dañando la fauna y la flora. (Delito doloso)

art. 2: Será reprimido con prisión o reclusión de 3 a 10 años e inhabilitación especial quien por su imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes de su cargo, vierta en napas de aguas, naturales o artificiales, ríos o espejos de agua , elementos contaminantes, como resultado de su actividad económica, profesional o particular. (Delito culposo)

(De comisión, omisión y comisión por omisión.)

art. 3: Será reprimido con prisión o reclusión de 1 mes a 1 año o multa de hasta veinte cinco mil pesos quien vertiera o arrojare materiales no biodegradables, objetos o cualquier sustancia en los cuerpos de las aguas, ríos, caudales, lagos, espejos de agua o napas.

art. 4: Será reprimido con multa de hasta treinta mil pesos e inhabilitación especial, el que inicie actividades industriales con sustancias peligrosas sin autorización previa.

art. 5: Será reprimido con multa de hasta veinte mil pesos el dueño de la empresa o industria, que utilice sustancias peligrosas, y omitiere elevar los informes de impacto ambiental ante la autoridad de contralor competente.

(De daño, de peligro concreto, de peligro abstracto y de aptitud.)

art. 6: Será reprimido con prisión de dos meses a tres años, el que ejercite la tenencia, el almacenamiento o el transporte de sustancias contaminantes del agua en cualquiera de sus formas.

art.7 Será reprimido con pena de tres meses a dos años, quien instigare a otro, a vertir sustancias contaminantes en las aguas en cualquiera de sus formas.

(Ley penal en blanco.)

art. 8: Será reprimido con prisión o reclusión de 5 a 8 años, el que transportare por cualquier medio, sustancias contaminantes, sin la debida autorización, contraviniendo las Leyes u otras disposiciones de carácter general protectoras del medio ambiente.

PREGUNTA 2

A) Es un derecho difuso ya que son aquellos derechos que afectan la protección, mantenimiento y defensa del medio ambiente, y los recursos naturales, así como también el resguardo de obras artísticas, arqueológicas, urbanísticas y paisajisticas, entre otras. Son aquéllos que, aunque no afecten a toda la comunidad, sí afectan a ciertos sectores; a grupos indeterminables. Estos se hallan integrados por sujetos en idéntica situación respecto de un bien que desean preservar contra algo que puede dañarlo.

Lo que lo diferencia del derecho subjetivo es que en este caso se trata de la facultad que posee cualquier persona física o jurídica de peticionar a las autoridades, en función de la protección de sus derechos que le son propios, la protección es total y el titular afectado tiene derecho al restablecimiento de la situación con anterioridad al incumplimiento producido, y al resarcimiento por los perjuicios causados.

en cambio, en los derechos colectivos los hombres afectados se agrupan para defender un interés del grupo, no de un individuo; por ejemplo los intereses que preservan los sindicatos.

B) Con respecto a la recepción constitucional, luego de la reforma de 1994, como consecuencia de los cambios vertiginosos que se sucedían en la sociedad a raíz de los procesos que conducían a la "sociedad de riesgos", donde resultaban insuficientes las protecciones brindadas al hombre hasta ese momento, ya que quedaban afuera situaciones que potencialmente podían causarle graves perjuicios: p. ej. la destrucción del medio ambiente por los avances tecnológicos que lo producían, se determinó la necesidad de ampliar la protección del habitante no ya en su calidad de individuo,sino ya por su sola condición de habitante del Estado y con el fin de evitar que todo ese accionar fuera en detrimento de sus derechos individuales.

Tenemos así el art. 41 de la C.N (derecho de los habitantes a un ambiente apto)

Con respecto a las leyes nacionales:

Ley 25.675 denominada "Ley General del Ambiente" que establece los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable.

de solidaridad y de cooperación.

Ley 25.612 que regula la gestión integral de residuos de origen industrial y de actividades de servicio, que sean generados en todo el territorio nacional, y sean derivados de procesos industriales o de actividades de servicios.

Ley 25.670 que sistematiza la gestión y eliminación de los PCBs, en todo el territorio de la Nación en los términos del art. 41 de la Constitución Nacional. Prohíbe la instalación de equipos que contengan PCBs y la importación y el ingreso al territorio nacional de PCB o equipos que contengan PCBs.

Ley 25.688 que establece el "Régimen de Gestión Ambiental de Aguas" consagra los presupuestos mínimos ambientales para la preservación de las aguas, su aprovechamiento y uso racional. Para las cuencas interjurisdiccionales se crean los comités de cuencas hídricas.

Ley 25.831 sobre "Régimen de libre acceso a la Información Pública Ambiental" que garantiza el derecho de acceso a la información ambiental que se encontrare en poder del Estado, tanto en el ámbito nacional como provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como así también de entes autárquicos y empresas prestadoras de servicios públicos, sean públicas, privadas o mixtas.

Ley 25.916 que regula la gestión de residuos domiciliarios.

Ley 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos.

Ley 26.562 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para Control de Actividades de Quema en todo el Territorio Nacional.

Ley 26.639 de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente

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