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Derechos De Las Victimas


Enviado por   •  2 de Septiembre de 2011  •  8.916 Palabras (36 Páginas)  •  905 Visitas

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SOBRE LOS DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS DE DELITOS

México, D. F., a 27 de marzo de 2007

SEÑORAS Y SEÑORES PROCURADORES GENERAL DE LA REPÚBLICA, DE JUSTICIA MILITAR Y DE JUSTICIA DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, SECRETARIOS DE SEGURIDAD PÚBLICA Y DE SALUD FEDERAL, DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Y DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, PRESIDENTES DE LOS TRIBUNALES SUPERIORES O SUPREMOS TRIBUNALES DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS.

El artículo 6o., fracción VIII, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos señala como atribución de este organismo nacional el proponer a las diversas autoridades del país que, en el exclusivo ámbito de sus competencias, promuevan los cambios y modificaciones de disposiciones legislativas y reglamentarias, así como de prácticas administrativas que a juicio de la propia Comisión Nacional redunden en una mejor protección de los derechos humanos; en tal virtud y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 140, del Reglamento Interno de esta Comisión Nacional, se expide la presente recomendación general.

I. ANTECEDENTES

Con base en el análisis de las quejas recibidas, esta Comisión Nacional de los Derechos Humanos advierte con preocupación que la atención que dispensan algunos servidores públicos que se desempeñan en las instituciones encargadas de la prevención de delitos, procuración e impartición de justicia, por lo general es insuficiente para brindar una adecuada atención a las víctimas de delitos, en su esfera psicológica, física, jurídica y patrimonial, lo cual trasciende a su familia y termina por impactar a la sociedad.

Es por ello que en la actualidad, el respeto a los derechos fundamentales de las víctimas de delitos y de abuso del poder debe constituir un elemento primordial para consolidar y garantizar un mejor ejercicio de los derechos humanos en un Estado democrático, lo cual implica identificar sus necesidades reales a fin de establecer las medidas legales y administrativas necesarias para su adecuada y oportuna atención sin más limitaciones que las establecidas en la ley.

La atención a las víctimas fue impulsada, en sus inicios, por organizaciones sociales dedicadas a la defensa de los derechos de las víctimas de delitos sexuales y de violencia familiar, y a este esfuerzo se sumó el de las instituciones públicas, principalmente las procuradurías de justicia, en las que ha recaído básicamente la atención institucional de las víctimas.

En este sentido, si bien es cierto que a partir de las reformas de 1993 y 2000 al artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se elevaron a rango constitucional los derechos de las víctimas, también lo es que en la realidad el ejercicio de tales derechos no se cumple a cabalidad; entre otras razones por la ausencia de una política pública de colaboración institucional uniforme y coordinada entre los diversos órdenes de gobierno, e incluso entre las distintas dependencias de cada uno de ellos, que permita el impulso de acciones integrales a fin de procurar que las víctimas reciban atención y apoyo jurídico, médico y psicológico; en ese sentido se ha detectado que el personal que tiene contacto con víctimas de delitos, como lo es el adscrito a las agencias del Ministerio Público (elementos de policía ministerial, peritos, médicos), y a los servicios de salud (en las salas de urgencia) carece de capacitación para atender a personas en crisis; además, en ocasiones su actuar no se dirige a salvaguardar la legalidad y eficacia en el desempeño de sus funciones, ya que minimizan el evento, cuestionan a la víctima, la descalifican, ignoran, trivializan el evento o argumentan pesadas cargas de trabajo, de tal modo que, desde la perspectiva de la víctima, el acceso a la justicia y la reparación del daño se perciben fuera de su alcance.

Se ha detectado también que, no obstante la gama de reacciones físicas o emocionales de las víctimas es muy amplio, se les brinda un trato similar sin que importe que hubieran sufrido menoscabo en su patrimonio, la pérdida de un ser querido o cualquier otro evento que altere su percepción de seguridad y bienestar.

En ocasiones, el apoyo terapéutico es más asequible a través de asociaciones privadas que en instituciones públicas, y cuando se llega a prestar, el personal institucional suele carecer de mecanismos que faciliten el apoyo terapéutico y le permitan manejar y combatir el paulatino distanciamiento e insensibilización respecto de la situación y la perspectiva de las víctimas. Asimismo, se ha observado el desaprovechamiento del personal y de los recursos materiales de las instituciones que tienen contacto con las víctimas o sus familiares.

El primer punto de contacto de la víctima son los servicios de urgencias, ya sean médicos, de seguridad pública o de procuración de justicia, generalmente se lleva a cabo a través de la atención telefónica, pero la falta de información sobre los servicios profesionales e instituciones que atienden a las víctimas ocasiona que estas se vean insertas en un laberinto de dependencias, trámites y esperas, que tiene como consecuencia una victimización secundaria que genera desconfianza, y a su vez, ocasiona que opten por no dar parte a las autoridades.

De igual forma, en el desarrollo de la averiguación previa o a través del proceso penal, a la víctima se le da el trato de un tercero ajeno al problema, o es considerado como un impertinente por parte de los servidores públicos por lo que es común que se les niegue la información o que no se le permita intervenir en el desarrollo del procedimiento y, en consecuencia, termina por convertirse en un simple espectador, lo cual deriva de la falta de coordinación de las autoridades, así como la ausencia de un marco jurídico suficiente en la materia, a lo que debe sumarse que la tutela de las víctimas no sea regular y, por tanto, resulte ineficaz.

De igual manera, se debe propiciar en las autoridades una conciencia activa y un compromiso gubernamental en la promoción de los derechos de las víctimas, así como la abstención de conductas que anulen sus derechos o generen una nueva victimización.

Por otra parte, los problemas que generan el delito y el abuso de poder no terminan con la afectación directa a la víctima, sino que además se extiende indirectamente a terceros: la familia, los testigos, los peritos, los abogados y demás personas o servidores públicos que le presten ayuda.

Por ello, esta Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en su compromiso con la sociedad mexicana, busca, que las víctimas reciban la atención debida, hecho que se traduce no solamente en redimensionar su posición como un sector altamente vulnerable, sino que también se señale cuáles son los derechos fundamentales que el Estado, en su calidad de garante,

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