“ESCRITO DE ACUSACION” MATERIA ETAPA INTERMEDIA
Enviado por Miguel Angel Soler Ugalde • 14 de Octubre de 2018 • Trabajo • 1.016 Palabras (5 Páginas) • 209 Visitas
[pic 1]
. MAESTRIA EN DERECHO PROCESAL PENAL ACUSATORIO
“ESCRITO DE ACUSACION”
MATERIA ETAPA INTERMEDIA
Catedrático: Mtro. Juan Carlos Martínez Mey.
Alumno: miguel angel soler ugalde.
C JUEZ DE CONTROL DEL ESTADO DE QUERETARO
ADSCRITO A LA REGION IV
QUERETARO Qro.
PRESENTE.
Lic. Ernesto Espino Castañeda, fiscal investigador del estado con domicilio para oír y recibir notificaciones en autopista México Querétaro 2060, colonia centro sur de esta ciudad, comparezco para exponer con el debido respeto.
Por haber terminado la fase de investigación complementaria y con fundamento en el artículo 335 del código nacional de procedimientos penales, ACUSO al sr Adrián Alejandro Flores López de 28 años de edad y de nacionalidad colombiano, por los hechos señalados en el auto de vinculación a proceso, por lo que de manera clara preciso.
1.- INDIVIDUALIZACION DEL ACUSADO Y SU DEFENSOR.
Nombre del acusado, Adrián Alejandro Flores Bravo de 28 años de edad y de nacionalidad colombiano quien es representado por el Defensor público Roberto Bravo Romero con cedula profesional 381522, con domicilios ya notificados en la audiencia inicial y registrados en este centro de impartición de justicia.
2.- LA IDENTIFICACION DE LA VICTIMA Y SU ASESOR JURIDICO.
Victima Jorge Cruz Olvera edad 25 años, nacionalidad mexicano, el nombre de su asesor es Efraín Olvera cédula 333422, con domicilios citados en la audiencia inicial y ya registrados en este centro de impartición de justicia.
3.- LA RELACION CLARA PRECISA, CIRCUNSTANCIADA Y ESPECIFICA DE HECHOS ATRIBUIDOS EN MODO TIEMPO Y LUGAR, ASI COMO SU CLASIFICACION JURIDICA.
Que el acusado el día 23 de abril aproximadamente a las 22 horas, en avenida universidad 131, en la parte exterior del cajero de Banorte que se encuentra en dicha dirección, desapodero a la víctima de su cartera, la cual contenía cinco mil pesos en billetes de 500 así como sus identificaciones, así mismo durante el desapoderamiento el acusado le dio a la víctima un empujón que lesiono el brazo izquierdo.
Los anteriores hechos se clasifican jurídicamente como robo con violencia, el cual se establece en el artículo 182, en relación con el artículo 183 Fracción primera del código penal del estado de Querétaro, el cual es por su consumación es de manera instantánea, en donde el acusado intervino como forma de acción dolosa.
4.- LA RELACION DE LAS MODALIDADES DE DELITO QUE CONCURRIERAN.
El delito concurrió en la modalidad de robo con violencia por lesión que puso en peligro la vida, ocasionándole fractura distal de radio
5.- LA AUTORIA O PARTICIPACION CONCRETA QUE SE ATRIBUYE AL ACUSADO.
El acusado intervino de manera directa.
6.- LA EXPRESION DE LOS CONCEPTOS LEGALES APLICABLES.
El artículo 335 del código nacional de procedimientos penales, articulo 182 en relación a primer párrafo del 183 del código penal para el estado de Querétaro.
7.- EL SEÑALAMIENTO DE LOS MEDIOS DE PRUEBA QUE PRETENDA OFRECER, ASI COMO LA PRUEBA ANTICIPADA QUE SE HUBIERA DESAHOGADO EN LA ETAPA DE INVESTIGACION.
La testimonial del elemento de la policía Juan Carlos García Pérez, la cual es idónea ya que fue el elemento que realizo la detención del inculpado y aseguramiento del dinero robado y anillo de calavera presumiblemente del imputado.
...