ESTRATEGIA & SOLUCION JURIDICA.
Enviado por Ramon Reyes Aviles • 28 de Octubre de 2016 • Monografía • 3.110 Palabras (13 Páginas) • 221 Visitas
RLS ABOGADOS[pic 1]
ESTRATEGIA & SOLUCION JURIDICA
FEBRERO DE 2016
¡NOTIFICACIÓN PREVIO EMBARGO!
NOMBRE DEL AVAL: JOSE LEON PEREZ
DIRECCION: CDA. ADOLFO LOPEZ MATEOS # 104, SAN PEDRO TOTOLTEPEC
DEUDOR PRINCIPAL: AZAHI AZAREL LEON MATEOS
Solo tiene 48 horas para liquidar y/o conciliar su cuenta, de no hacerlo cobraremos el adeudo total mediante la VIA LEGAL JUDICIAL QUE NOS ASISTE, recuerde la fecha de inicio de dicho juicio ya fue informada al deudor principal, mediante EL ULTIMO REQUERIMIENTO en días pasados, y en el cual ha evadido su responsabilidad dando falsas promesas de pago, ante lo cual se toma como una rotunda negativa de pago, por lo que su pagare y demás documentos firmados ya se encuentran depositados en los juzgados de cuantía menor, para que a través de dicha DEMANDA se recupere el adeudo mediante una orden de EMBARGO. Recuerde que es responsable del compromiso adquirido en forma solidaria.
RLS ABOGADOS, ESTRATEGIA & SOLUCION JURIDICA. No desea perjudicarlo por lo que es necesaria su presencia dentro del término de las 48 horas antes citadas en su domicilio, para conciliar y/o liquidar dicho adeudo, evitándose, al liquidar o arreglar mediante convenio de pago, molestias y gastos innecesarios al enfrentar este proceso, para tal efecto se le notifica que en caso de LIQUIDACIÓN TOTAL se puede pactar una bonificación de los intereses, ordinarios y moratorios.
NO PONGA EN RIESGO SU PATRIMONIO Y EL DE SU FAMILIA.
L. en D. WILLIAM SANCHEZ QUINTANA | L. en D. ROCIO LOPEZ GUERRA | P.D RAMON REYES AVILES |
CED. PROF. 09300392 CED. PROF. 09092041 I.D. 30*1*775054
7221538201 7225292712 7225714480
I.D.30*1*273683
RLS ABOGADOS[pic 2]
ESTRATEGIA & SOLUCION JURIDICA
FEBRERO DE 2016
¡NOTIFICACIÓN PREVIO EMBARGO!
NOMBRE DEL AVAL: JOSE LEON PEREZ
DIRECCION: CDA. ADOLFO LOPEZ MATEOS # 104, SAN PEDRO TOTOLTEPEC
DEUDOR PRINCIPAL: RUFINA MATEOS ESTARDA
Solo tiene 48 horas para liquidar y/o conciliar su cuenta, de no hacerlo cobraremos el adeudo total mediante la VIA LEGAL JUDICIAL QUE NOS ASISTE, recuerde la fecha de inicio de dicho juicio ya fue informada al deudor principal, mediante EL ULTIMO REQUERIMIENTO en días pasados, y en el cual ha evadido su responsabilidad dando falsas promesas de pago, ante lo cual se toma como una rotunda negativa de pago, por lo que su pagare y demás documentos firmados ya se encuentran depositados en los juzgados de cuantía menor, para que a través de dicha DEMANDA se recupere el adeudo mediante una orden de EMBARGO. Recuerde que es responsable del compromiso adquirido en forma solidaria.
RLS ABOGADOS, ESTRATEGIA & SOLUCION JURIDICA. No desea perjudicarlo por lo que es necesaria su presencia dentro del término de las 48 horas antes citadas en su domicilio, para conciliar y/o liquidar dicho adeudo, evitándose, al liquidar o arreglar mediante convenio de pago, molestias y gastos innecesarios al enfrentar este proceso, para tal efecto se le notifica que en caso de LIQUIDACIÓN TOTAL se puede pactar una bonificación de los intereses, ordinarios y moratorios.
NO PONGA EN RIESGO SU PATRIMONIO Y EL DE SU FAMILIA.
L. en D. WILLIAM SANCHEZ QUINTANA | L. en D. ROCIO LOPEZ GUERRA | P.D RAMON REYES AVILES |
CED. PROF. 09300392 CED. PROF. 09092041 I.D. 30*1*775054
7221538201 7225292712 7225714480
I.D.30*1*273683
RLS ABOGADOS[pic 3]
ESTRATEGIA & SOLUCION JURIDICA
FEBRERO DE 2016
¡NOTIFICACIÓN PREVIO EMBARGO!
NOMBRE DEL AVAL: RUFINA MATEOS ESTRADA
DIRECCION: CDA. ADOLFO LOPEZ MATEOS # 104, SAN PEDRO TOTOLTEPEC
DEUDOR PRINCIPAL: JOSE LEON PEREZ
Solo tiene 48 horas para liquidar y/o conciliar su cuenta, de no hacerlo cobraremos el adeudo total mediante la VIA LEGAL JUDICIAL QUE NOS ASISTE, recuerde la fecha de inicio de dicho juicio ya fue informada al deudor principal, mediante EL ULTIMO REQUERIMIENTO en días pasados, y en el cual ha evadido su responsabilidad dando falsas promesas de pago, ante lo cual se toma como una rotunda negativa de pago, por lo que su pagare y demás documentos firmados ya se encuentran depositados en los juzgados de cuantía menor, para que a través de dicha DEMANDA se recupere el adeudo mediante una orden de EMBARGO. Recuerde que es responsable del compromiso adquirido en forma solidaria.
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