ETAPAS PROBATORIAS Y DECISORIAS DEL PROCEDIMIENTO
Enviado por MISSI2013 • 27 de Enero de 2013 • 1.450 Palabras (6 Páginas) • 830 Visitas
ETAPAS PROBATORIAS Y DECISORIAS DEL PROCEDIMIENTO
1. PRUEBA CONFESIONAL. Puede ser definida en cuanto a resultado del medio probatorio, no en cuanto a su procedimiento; en aquel sentido se le considera como el reconocimiento de la parte de hechos propios. La confesión puede ser una conducta procesal tanto del actor como del demandado.
2. SUJETOS DE LA CONFESIÓN. Solamente pueden ser las partes contendientes en el proceso. Y aquí los papeles pueden cambiarse por cualquiera de las partes, en un momento dado, puede ser la que pregunte y también, cualquiera de las partes puede ser la que conteste el interrogatorio. Por eso se le llama a los sujetos de este drama confesional el absolverte y el articulante. El articulante es quien formula las preguntas y el absolvente el que las contesta.
3. PLIEGO DE POSICIONES. Es un escrito mediante en el que la parte oferente de la prueba expresa las preguntas que el absolvente debe desahogar, el pliego de posiciones lo debe acompañar la parte que solicita el desahogo de la prueba confesional. Luego de que se abra el sobre que contiene el pliego de posiciones y el Juez deberá leer las mismas y calificarlas y aprobarlas según establece en los Artículos 306 y 307 del Código de procesal del Estado de San Luis Potosí.
4. INTERROGATORIO DIRECTO. Se entiende por interrogatorio directo el formulado por una parte a la otra, si el pliego de posiciones, y sólo puede formularse si está presente en el desahogo la parte absolvente, ya sea que todo el interrogatorio así sea, o que se formule ese interrogatorio a continuación del interrogatorio de las posiciones escritas y una vez agotadas estas.
5. PRUEBA TESTIMONIAL. Testigo es aquella persona a la que le constan los hechos y que se le llama para que rinda una declaración ante el funcionario u oficial, o ante el Juez, declaración que va a vertir este propio testigo mediante un interrogatorio y por medio de preguntas que se le van formulando. El testigo tiene conocimiento de los hechos controvertidos y que además no es parte en el juicio.
6. PRUEBA DOCUMENTAL. Se clasifica en dos grandes grupos: Documentos públicos y Documentos privados. Los documentos públicos son; aquellos que se otorgan por autoridades o por funcionarios en el ejercicio de sus atribuciones o bien por funcionario o personas investidos de fe pública. Son documentos privados todos aquellos que no son públicos o sea, que provienen de los particulares y no de autoridades en ejercicio de sus funciones.
7. PRUEBA PERICIAL. Esta prueba requiere para su factura de pericia, esto es, de conocimientos especializados en ramas muy puntuales de la ciencia, la tecnología o las artes. Un perito es un solvente conocedor de una materia y, dependiendo de su saber, requerirá o no título profesional u otra constancia universitaria. Esta prueba resulta de gran utilidad al juez, quien es un perito en derecho (además, puede ser muy culto y hasta contar con un saber “renacentista”, como es deseable), pero no es un “sabelotodo”; así, en algunos juicios, para deshacer el “nudo de la prueba” necesita a terceros expertos, siempre que la naturaleza de los hechos controvertidos lo requiera.
8. PRUEBA DE INSPECCIÓN OCULAR. Esta prueba consiste en actos realizados por el juez para verificar, por medio de reconocimientos, lugares, cosas muebles o inmuebles, la existencia de personas. En esos casos el juez puede acudir a un lugar fuera de la sede tribunalicia para captar con todos sus sentidos el objeto de la inspección y cerciorarse de las afirmaciones que han hecho las partes, respecto del asunto que va a indagar y que es objeto de la inspección.
9. PRUEBA PRESUNCIONAL. En el aspecto típicamente gramatical, el vocablo presunción significa la acción de presumir. A su vez presumir es sospechar, Conjeturar, juzgar por inducción. La presunción es la consecuencia que la ley o el magistrado saca de un hecho conocido para averiguar de otro que se desconoce; constituyen el medio de prueba indirecta en cuya virtud, el juzgador, en encantamiento a la ley, o en acatamiento a la lógica deriva como acreditado n hecho desconocido, por ser consecuencia de un hecho conocido que ha sido probado o que ha sido admitido.
10. PRESUNCIONES LEGALES: Son aquellos medios de prueba en cuya virtud, el juzgador, en acatamiento a la ley, debe tener como acreditado un hecho desconocido que deriva de un hecho conocido, probado
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