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ETICA, COLEGAJE Y ACOSO LABORAL EN ENFERMERIA


Enviado por   •  14 de Septiembre de 2014  •  3.722 Palabras (15 Páginas)  •  985 Visitas

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TRIBUNAL DEPARTAMENTAL ETICO DE ENFERMERIA DE VALLE DEL CAUCA, CAUCA NARIÑO, PUTUMAYO, HUILA Y CAQUETA

ETICA, COLEGAJE Y ACOSO LABORAL

CARMEN AMPARO VACA GAMBOA

Magistrada

Octubre de 2013

INTRODUCCIÓN

La Constitución Política Colombiana es norma de normas, y en diversos articulados, protege la dignidad humana y el trabajo en condiciones dignas; en la Constitución de 1991, el trabajo adquirió una importancia relevante y con la conversión del Estado colombiano en un Estado social de derecho, el trabajo pasó a ocupar un lugar central por la triple calidad que se le reconoció: como principio, deber y derecho.

El reconocimiento como principio tiene lugar desde el preámbulo, en donde se empieza a hacer alusión al trabajo como uno de los fines hacia los que propende la constitución. La consagración constitucional del trabajo como derecho y como deber se lleva a cabo a través de los artículos 25 y 53 de la Carta Magna. Específicamente, el artículo 25 establece que “El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas “ .

La corte constitucional en la sentencia T - 457 de 1992, declara que esas condiciones que deben estar presentes siempre, en toda relación laboral son las enunciadas como principios mínimos fundamentales en el artículo 53 de la Constitución Nacional, a saber: " la igualdad de oportunidades para los trabajadores; remuneración mínima vital y móvil proporcional a la cantidad y la calidad de trabajo; estabilidad en el empleo; irrenunciabilidad de los beneficios mínimos establecidos en las normas laborales; facultades para transigir y conciliar sobre derechos ciertos e indiscutibles; situación más favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación e interpretación de las fuentes formales del derecho; primacía de la realidad sobre las formalidades establecidas por los sujetos de las relaciones laborales; garantía a la seguridad social; la capacitación; el adiestramiento y el descanso necesario; protección especial a la mujer, a la maternidad y al trabajador menor de edad "

El respeto al derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas es un imperativo para todos los ciudadanos y el acoso laboral es la forma más degradante de irrespetar este derecho; en el ámbito de la profesión de enfermería no solo es un deber legal sino también un deber ético consagrado en el Código Deontológico de Enfermería.

El estado colombiano con la expedición de la ley 1010 de 2006, busca prevenir, corregir y sancionar las diversas formas de agresión, maltrato, vejámenes, trato desconsiderado y ofensivo y en general todo ultraje a la dignidad humana que se ejercen sobre quienes realizan sus actividades económicas en el contexto de una relación laboral privada o pública.

I. GENERALIDADES

El término colega en su origen es derivado del latín “collega, vocablo utilizado en la Antigua Roma, para designar a quienes ejercían idénticas funciones políticas republicanas como los pretores o los cónsules, que integraban magistraturas colegiadas; o funciones religiosas, como quienes integraban los colegios sacerdotales. La palabra está integrada por el prefijo “con”, que significa “en conjunto”, y el indoeuropeo “leg” que es “elegir”.

Actualmente, los colegas son las personas que comparten el ejercicio de una misma profesión o actividad, por ejemplo dos o más médicos, enfermeros, abogados, etcétera. Los colegas coinciden en cierto léxico en común, en algunas costumbres, a veces en la vestimenta, instrumentos de trabajo, anécdotas, etcétera, por lo cual se dice que cuando en una reunión general se encuentran colegas, el tema de conversación suele ser el trabajo que comparten.

Existen varias razones por las que debe existir el colegaje, dentro de las que se encuentra principalmente la colaboración mutua entre profesionales acompañada de la camaradería. Y es que cuando un colega solicita apoyo, éste debe prestarse con gusto. Se puede pensar que ningún profesional puede ejercer su profesión u oficio de manera aislada. Se necesita la ayuda de otros para practicarla; por esto los grupos formados para servir son necesarios para el ejercicio idóneo, calibrado y prudente de la profesión.

Entre colegas existe un código de ética, a veces explícito, y en otros casos, implícito, por el cual deben respetarse, ayudarse mutuamente, siempre en todo lo referente al ejercicio de la profesión. Para el caso particular de Enfermería, el COLEGAJE debe establecerse con base en los principios, deberes y derechos de los profesionales de enfermería que establecen las Leyes 266 de 1996 y 911 de 2004

El Artículo 19 de la Ley 911 de 2004, establece que: “Las relaciones del profesional de enfermería con sus colegas y otros miembros del recurso humano en salud o del orden administrativo deberán fundamentarse en el respeto mutuo, independiente del nivel jerárquico.”

Gran parte de su tiempo, el profesional de enfermería permanece vinculado a la actividad laboral, compartiendo con los colegas y demás integrantes del equipo de salud, de manera que es necesario establecer relaciones fluidas y respetuosas para lograr un objetivo claro y concreto: “promover la vida, prevenir la enfermedad, intervenir en el tratamiento, en la rehabilitación y dar cuidado paliativo con el fin de desarrollar, en lo posible, las potencialidades individuales y colectivas.” Artículo 3 Ley 911-04

Las relaciones interpersonales juegan un papel fundamental en el desarrollo integral de la persona y el éxito que experimentemos en nuestra vida depende en gran parte de la manera como nos relacionemos con las demás personas; pero en el transcurso de las relaciones interpersonales se pueden presentar situaciones con los colegas, con los subordinados y con los demás miembros del equipo de salud, que pueden dar lugar a ultrajes a la dignidad humana por parte del profesional de enfermería que atenten contra el trabajo en condiciones dignas y justas, la libertad, la intimidad, la honra y la salud mental de los trabajadores, la armonía y el buen ambiente entre quienes comparten un mismo ambiente laboral, configurando circunstancias de acoso laboral; conducta que puede ser investigada disciplinariamente dentro de las instituciones, en la jurisdicción laboral y en los Tribunales de Ética de Enfermería.

II. DEFINICION DE ACOSO LABORAL

La ley 1010 de 2006 en

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