Educacion
Enviado por BabyBeby • 15 de Enero de 2015 • 653 Palabras (3 Páginas) • 220 Visitas
Tema:
Artículo 3. Capítulo 1 de las garantías individuales.
Autor:
Instituto de Investigaciones Jurídicas.
Fuente:
http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/fed/9/4.htm?s.
Año:
(2010)
Palabras clave:
Constitución, Estados Unidos Mexicanos, Garantías Individuales, Articulo 3.
Resumen: El artículo 3º habla acerca de la educación que todos los mexicanos tenemos por derecho, las características fundamentales: Gratuita, Obligatoria y Laica para así favorecer la libertad de cultos. Muchas escuelas cumplen con estas características, pero algunas otras carecen de ellas lo que provoca que nuestro país decaiga significativamente, pues el primer paso para avanzar es una educación verdadera. Trata del derecho universal de la educación, sus objetivos de esta, se establece que es laica, gratuita y obligatoria, que abarca a toda la nación y que el estado debe impartirla, aunque se le permite a los particulares pero deben apegarse a los programas que establece el estado, para que todos avancen a un mismo nivel y así se logren las metas que buscan.
Este articulo nos indica que: “todo individuo tienen derecho a recibir educación”, por lo que hace referencia también a la garantía de igualdad y es gratuita para todos. La libertad de creencia, por lo que la escuela es laica, de seguridad jurídica porque el Ejecutivo determinara los planes y programas de estudio se trata del artículo de la constitución mexicana que se cumple al 10% de su mandato, claro en complicidad con el gobierno y maestros ya que es muy claro y preciso en sus incisos y cualquier buen educando podría entenderlo. la educación es laica (sin religión) y gratuita a nivel federal es obligatoria, preescolar, primaria y secundaria las facultades para que los particulares puedan crear escuelas la manera como esencialmente deben operar las universidades
Problemática:
Referentes teóricos:
Metodologías:
Conclusiones:
Tema:
Capítulo V de la educación que impartan los particulares.
Autor:
H. Congreso de la Unión.
Fuente:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/137.pdf
Año:
(1993)
Palabras clave: Educación, Particulares, Artículos.
Resumen: Los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y modalidades.
Por lo que concierne a la educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica, deberán tener previamente, la autorización expresa del Estado.
La autorización y el reconocimiento serán específicos para cada plan de estudios. Para impartir nuevos estudios se requerirá,
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