Efectos comunes de las obligaciones.
Enviado por Teteaup • 23 de Marzo de 2017 • Documentos de Investigación • 1.194 Palabras (5 Páginas) • 765 Visitas
EFECTOS COMUNES DE LAS OBLIGACIONES
PAGO
Si es realizado de manera voluntaria por el deudor y recibido de la misma forma por el acreedor, existe un pago. Cumplimiento de la obligación.
¿Quien puede pagar?
Cualquier persona. Excepto en las obligaciones intuitu personae obligaciones concertadas en consideración a la persona del deudor o a sus habilidades particulares, aquí es precisamente el obligado quien debe realizar el cumplimiento.
Ejemplo: contratamos a un cirujano que practique una intervención quirúrgica, será este deudor quien tenga que efectuar la prestación de hecho.
- Pago por tercero. Provoca subrogación o sustitución del acreedor si este lo hace con interés jurídico adquiere sus derechos.
- Si es con el consentimiento del deudor extingue la obligación y tiene efecto del mandatoAPODERADO(contrato por el que el mandatario se obliga a ejecutar por cuenta del mandante los actos jurídicos que este le encarga).
- Ignorando al deudor, tiene efectos de una gestión de negocios El que hizo el pago solo tendrá derecho de reclamar al deudor la cantidad que hubiere pagada al acreedor. Ej. Deben pagarse al gestor los gastos necesarios que hubieren hecho en el ejercicio de su cargo,
- Contra la voluntad del deudor, tiene las características de una gestión anormal. Cuando aprovecha al dueño o de un hecho ilícito si no lo aproveccha. Si no debe repara daños y perjuicios el gestor.
¿A QUIEN SE BEDE PAGAR?
- Al acreedor o aquel señalado por la ley para recibir el pago en su nombre o en su lugar.
- A un tercero
- A un incapaz (representante legal)
¿QUE SE DEBE PAGAR?
- La cosa, hecho o abstención que es objeto de la obligación.
- No puede ser compelido a recibir algo diverso, Pago parcial si lo convino, si una parte es liquida y la otra no Dueda liquida aquella cuya cuantia es determinda o determinable en nueve días.
¿CUANDO SE DEBE PAGAR?
- Depende que se haya pactado o no en el momento del pago.
- Si se estipulo cuando; será exigible en la oportunidad convenida, fecha vencida del plazo, acto
- Si se convino en el momento del pago:
Si de dar; 30 dias
Si es de hacer; cuando lo pida el acreedor
¿DONDE SE DEBE PAGAR?
- En donde se haya convenido, si hubiere varios domicilios el acreedor elige, gastos del pago van por cuenta del deudor
IMPUTACIÓN DEL PAGO
Cuando el deudor tuviere varias deudas con un mismo acreedor y tuvieren el mismo objeto fungible, el deudor puede declarar a cual de las deudas desea atribuir. Si se le olvidara decir la ley aplicara:
- A la deuda mas onerosa, mas ventajosa en el sentido economico
- A la mas antigua, la que fue primeramente exigible
- A prorrata
Ej. Xi todas fueren onerosas por igual se aplicara el pago en proporcion a su cuantia prorrata=parte proporcional que toca a cada uno de lo que se reparte entre varios
PRESUNCIONES DEL PAGO. Cuando acabas de pagar Si el deudor ha pagado tiene derecho a recibir una nota de pago o recibo y la ley le obliga a que guarde ese recibo por cinco (5) años. Es por eso que la ley presume “jure et jure” que si el acreedor no cobra en ese lapso de tiempo, es como si el deudor lo hubiera pagado.
- La posesión del titulo de crédito, por el deudor, hace presumir el pago de la deuda constante en aquel.
- El pago del capital hace presumir el pago de los intereses, a menos que se hiciere reserva expresa de ellos.
- La demostración del pago del ultimo abono, a deuda de tracto sucesivo, hace presumir el pago de las pensiones anteriores.
PAGO DE DEUDAS DE DINERO Si el objeto de las obligaciones es dinero, el deudor deberá cumplirlas entregando dinero en su integridad.
Ej. Si acordamos que le presto 100 mil en el año 2000 para que me lo entregue en 2003, si le regreso los 100 mil solo le entregue la suma nominal, A resultas de la inflación la moneda se desprecia y el dinero mengua su valor en curso, su valor adquisitivo de cambio, ya que en 2000 podia adquirir mas cosas que en 2003.
...