Ejecucion De Prenda
Enviado por antoniangel • 20 de Noviembre de 2014 • 1.311 Palabras (6 Páginas) • 285 Visitas
1.- Determinación del carácter civil o mercantil de la prenda.
Deberá tenerse en cuenta la naturaleza de la obligación si la prenda es civil será civil, si la prenda es mercantil será mercantil, En cuanto a su forma, en materia mercantil si se trata de documento a la orden la prenda puede constituirse mediante endoso, mientras que en la civil deberá ser mediante documento de fecha cierta, en caso de los semovientes deberá ser registrado, Si la prenda se trata de acciones u obligaciones u otros títulos nominativos de sociedades en estos casos la prenda puede constituirse por traspasos hechos a los libros, El contrato de prenda es accesorio porque su existencia requiere de una obligación válida y primaria (art. 1837 y siguientes).
2.- Una vez que el Juez haya revisado los extremos de ley que establece el Art. 667 del CPC pueden desprenderse 2 situaciones.
A.- Que el juez considere improcedente la solicitud por carecer de alguno de dichos requisitos.
B.- Que el juez considere procedente la solicitud por cuanto que cumple con los requisitos establecidos por el legislador.
Explique cada situación:
En la opción “A” si el juez considera que alguno de los requisitos para la constitución de la prenda es faltante no procede la solicitud. Este revisa cuidadosamente los recaudos presentados y si las cantidades que se pretende satisfacer con ella son líquidas, de plazo vencido, y si no ha transcurrido el tiempo para su prescripción.
En la opción “B” Si el Juez encontrare llenos los extremos de ley establecidos, ordenará el depósito de la cosa dada en prenda y la intimación del deudor y del tercero que haya dado la prenda, si tal fuere el caso, para que paguen dentro de los tres días siguientes apercibidos de ejecución. Si no fuere posible la intimación personal del deudor o del tercero que ha dado la prenda, se aplicará la forma supletoria indicada en el artículo 650 el cual dice que Si buscado el demandado no se le encontrare, el Alguacil dará cuenta al Juez, expresando las direcciones o lugares en que lo haya solicitado, y éste dispondrá, dentro del tercer día, que el Secretario del Tribunal fije en la puerta de la casa de habitación del intimado, o en la de su oficina o negocio, si fueren conocidos o aparecieren de los autos, un cartel que contenga la transcripción íntegra del decreto de intimación. Otro cartel igual se publicará por la prensa, en un diario de los de mayor circulación, en la localidad, que indicará expresamente el Juez, durante treinta días, una vez por semana. El secretario pondrá constancia en el expediente de todas las diligencias que se hayan practicado en virtud de las disposiciones de este artículo, y el demandante consignará en los autos los ejemplares del periódico en que hubieren aparecido los carteles. Cumplidas las diligencias anteriores, si el demandado no compareciere a darse por notificado dentro del plazo de diez días siguientes a la última constancia que aparezca en autos de haberse cumplido las mismas, el Tribunal nombrará un defensor al demandado con quien se entenderá la intimación.
3.- la oposición.
¿Quiénes pueden hacer la oposición? Y ¿Cuál es el momento para efectuar la oposición?
Puede hacer oposición el deudor prendario y el tercero que haya dado la prenda, intimados personalmente podrán hacer oposición a la venta de la prenda dentro de los ocho días siguientes a la intimación.
¿Qué normas deben cumplirse, para que la oposición sea admitida?
La oposición será admitida si junto con ella se ofrece y constituye garantía suficiente de pago de la cantidad exigida por el acreedor prendario más sus intereses. Deberá estar fundada en causa legal.
¿Puede el acreedor prendario vender antes de que sea decidida la oposición?
Según dice el artículo 672 del CPC La oposición deberá estar fundada en causa legal y suspenderá la venta de la prenda hasta su decisión, a menos que el acreedor prendario constituya caución o garantía de las previstas
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