El Juicio
Enviado por arruin • 9 de Julio de 2015 • 1.599 Palabras (7 Páginas) • 121 Visitas
EL JUICIO
Proviene del latín iudicium, que significaba en el derecho romano, la segunda etapa del proceso, que se desarrolla ante el iudex (juez). En Europa, el iudicium no fue solo una etapa, sino todo el proceso. Según la escuela Judicialista de Bolonia, "el juicio es un acto en el que intervienen cuando menos tres personas: el actor que pretende, el demandado que resiste y el juez que conoce – y decide".
Actualmente, en los países de tradición hispánica la palabra juicio tiene, cuando menos 3 significados:
1. Como secuencia de procedimientos a través de los cuales se lleva a cabo la sustanciación de todo un proceso.
2. Como etapa final del proceso penal (conclusiones de las partes y sentencia del juzgador).
3. Como sentencia propiamente dicha,
En nuestro país se utiliza la palabra juicio, con mayor frecuencia como "la reunión ordenada y legal de todos los trámites de un proceso".
Procedimiento: significa solo la composición externa, formal, del desarrollo del proceso o de una etapa de este, pero no comprende las relaciones jurídicas que se establecen entre los sujetos del proceso, ni la finalidad compositiva de este.
Clariá Olmedo, afirma, "cuando se habla de procedimiento, cabe entender que nos estamos refiriendo al rito del proceso. Es el curso o movimiento que la ley establece en la composición de su marcha dirigida a obtener su resultado, adecuándola a la naturaleza e importancia de la causa que tiene por contenido".
Alcalá Zamora dice, "el procedimiento se compone de la serie de actuaciones o diligencias sustanciadas o tramitadas según el orden y la forma prescritos en cada caso por el legislador y relacionadas y ligadas entre sí por la unidad del efecto jurídico final, que puede ser el de un proceso o el de una fase o fragmento suyo".
Proceso: es la suma de actos por medio de los cuales se constituye, desarrolla y termina la relación jurídica.
Según Carnelutti el proceso denota "la suma de los actos que se realizan para la composición del litigio"
El juicio oral es el periodo decisivo del proceso penal en que, después de concluido el sumario, se practican directamente las pruebas y alegaciones ante el tribunal sentenciador, son juicios concentrados, de inmediación judicial con actuación pública de todas las partes e intervención directa y constante de juez, que se llevan en forma oral. Reciben este nombre en contraposición a los juicios escritos, y están regidos por una serie de principios propios
JUICIO SUMARIO Y JUICIO ORDINARIO
Existen procesos penales que se desarrollan de forma sumaria. Esto quiere decir que se llevan a cabo de forma más breve o rápida que los juicios ordinarios. Esto ocurre cuando se trata de delitos cuya pena no excede de dos años de prisión o cuando se sancionan con pena no privativa de la libertad (multa y trabajo en favor de la comunidad, entre otras). El acusado puede oponerse a que el juicio se desarrolle sumariamente si así conviene a su defensa en el juicio.
Aquí nos referiremos únicamente a las tres principales etapas o periodos que normalmente cumple un proceso ordinario (no sumario), y que son:
a) Preinstrucción
b) Instrucción
c) Juicio
a) La Preinstrucción
Es el primer periodo del proceso penal. Durante esta etapa se determinan los hechos que serán materia del proceso y el delito al que corresponden. Asimismo se determina la probable responsabilidad del inculpado, o bien, la libertad de éste si no existieran elementos para procesarlo.
Este periodo no debe durar más de 72 horas, contadas a partir de la consignación del inculpado, y el juez debe resolver en ese plazo lo que proceda: abrir proceso contra el presunto autor del delito o liberarlo por falta de elementos para proceder en su contra. Las partes deben ofrecer pruebas que puedan revisarse en ese tiempo, a lo cual se le llama desahogar pruebas. El plazo puede duplicarse, es decir llegar a las 144 horas si así lo solicita el acusado o su defensor, con el objeto de contar con más tiempo para presentar pruebas a su favor.
Durante esta etapa, al acusado se le da a conocer el nombre de su acusador y de qué se le acusa, para que conozca bien los hechos que se le atribuyen y pueda defenderse. Además, si así lo desea, el acusado puede rendir su declaración preparatoria dentro de las primeras 48 horas a partir de que fue consignado. Esta declaración está destinada a que el juez cuente con la versión del acusado para determinar si lo somete a proceso o si no existen elementos para juzgarlo.
La Preinstrucción concluye cuando el juez dicta cualquiera de las siguientes resoluciones judiciales, llamadas autos.
Auto de formal prisión. Mediante el cual inicia el proceso contra un acusado cuyo delito lo obliga a enfrentar el procedimiento en prisión preventiva, es decir, privado de su libertad. Si no se trata de un delito grave, el acusado puede solicitar libertad bajo caución; si el juez se la concede, podrá afrontar el proceso sin que se le envíe a prisión.
Auto de sujeción a proceso. Con esto da
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