El Poder Tributario
Enviado por viole • 18 de Octubre de 2012 • 508 Palabras (3 Páginas) • 481 Visitas
EL PODER TRIBUTARIO
Es el poder tributario es la facultad soberana que tiene el estado como un super organismo social para unilateralmente, por si ante sí y de pos si crear, modificar o suprimir tributos, sean estos de alcance nacional o local. Características:
Es de carácter obligatorio: Posee una soberanía política y tributaria
Es irrenunciable: El estado no puede renunciar a crear tributos ni a exigir. Si otorga amnistías lo hace de otorgar facilidades para el pago de tributos.
Es imprescriptible: No prescribe con el tiempo y no puede decirse que se abandono cuando el estado no ejerce su derecho
Es territorial: La soberanía se refiere a un territorio
Es legal: Sustentado en normas de derecho constitucional, resultando su límite jurídico. Art 74 de la Constitución Política.
Autonomía Tributaria de los entes Locales
La comunidad tiene intereses, necesidades y por tanto es lógico que las municipalidades gocen de autonomía local para satisfacer a su comunidad. La autonomía cumple dos funciones y una es garantista de la autonomía local, de libre acción ante el intento de injerencia del Estado y la otra es que permite una mayor responsabilidad política del gobierno municipal.
La legislación española, italiana, alemana y peruana no se refieren al concepto de autonomía.
De acuerdo a la doctrina del Tribunal Constitucional Español la autonomía tributaria local consiste en un STATUS INTEGRADO que puede ser analizado por sus dos vertientes una interna y esta se compone: Potestades de imposición, Ordenación y Gestión Tributaria y la otra externa.
Por la vertiente interna:
Potestad de imposición.- actuación atribuida por el ordenamiento jurídico a las entidades locales para establecer un tributo en su término municipal. No puede ser exigidos sin previamente no ha sido acordada su imposición. Tributos obligatorios
Potestad de ordenación.- Es la actuación atribuida por la ley a los entes locales, para regular un determinado tributo mediante normas de eficacia externa, dentro de los límites señalados por la ley. Tributos de carácter potestativos.
Potestad de gestión.- Cumplen dos funciones capitales: a) determinar los elementos integrantes de los hechos imponibles, b) por la vía ejecutiva, el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Aquí hay dos tipos de potestades: la potestad comprobación e investigación y la potestad de gestión que comprende la operación liquidatoria y cobranza.
La autonomía tributaria no es de status de exclusividad del ente local, al contrario constituye un status de participación. (Hay otros entes como la SUNAT).
Por la vertiente externa:
Potestad limitada.- la pertenencia a un territorio supone que los poderes se encuentren limitados. El reconocimiento de la autonomía tributaria local no puede desconocer el principio de
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