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El concepto de proceso penal


Enviado por   •  3 de Julio de 2014  •  Trabajo  •  1.552 Palabras (7 Páginas)  •  224 Visitas

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INTRODUCCION

Sabemos que existe un Código Penal y leyes especiales que definen y clasifican los delitos, y fijan, definen y clasifican las penas respectivas. A este tipo de leyes se les llama ley sustantiva penal. Pero a esta ley corresponde otra que establece el modo de averiguar o comprobar los delitos, de descubrir sus autores y de oír a estos en juicio contencioso a fin de dictar una sentencia condenatoria o absolutoria. A este tipo de leyes se les llama: Ley adjetiva Penal. Por tanto, el proceso penal es el conjunto de actos con los cuales ciertas personas autorizadas leístamente para ello, observando el orden y las formas determinadas por la Ley, conocen de los delitos y de sus autores y proveen la aplicación de la ley penal en cada caso concreto.

DEBIDO PROCESO EN EL MARCO DE UN ESTADO SOCIAL Y JUSTICIA

Garantías orgánicas

Son todos los principios constitucionales de igualdad, independencia, imparcialidad a la seguridad social y a la ley; constituyéndose además con arreglos a las normas comunes de competencia preestablecida en la constitución de la republica bolivariana de Venezuela y en las leyes.

Basándonos en el Título III de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, el cual se refiere a los Derechos Humanos, Garantía y de los deberes de todas las personas naturales que habitan el Territorio venezolano, donde hay que destacar el Capitulo I, que son las Disposiciones Generales.

Independencia:

Los jueces y juezas son autónomos e independientes de los órganos del público y solo deben obediencia a la ley y al derecho.

Base legal:

Constitución de la republica bolivariana de Venezuela.

Artículo 49; numeral 3, Artículo 26, Artículo 254 y 256

Ley orgánica del poder judicial

Articulo 03

Código orgánico procesal penal.

Artículo 04 del

Imparcialidad:

Permite contar con órganos jurisdiccionales que aseguran a las personas que sus controversias serán decididas por un ente que no tiene ningún interés o relación personal con el problema y que mantendrá una posición objetiva antes de resolverlo.

Responsabilidad:

Deber de sufrir las penas establecidas para los delitos o faltas cometidas por dolor o culpa. Resarciendo, en lo posible, el daño causado y los perjuicios inferidos por uno mismo o por un tercero, sin causa que excuse de ello.

Separación entre juez y acusación.

La constitución de la republica bolivariana de Venezuela en el articulo 49 num.1 contempla lo siguiente la defensa y la asistencia jurídica ser inviolables en todo estado y grado de la investigación en el proceso. Toda persona tiene derecho a la notificación de los cazos por lo cual se investiga, y de disponer del tiempo y de los medios adecuados para ejerce su defensa. Serán nulas las pruebas obtenidas.

Juez natural:

Es aquel a quien la ley le atribuye la competencia para conocer de una determinada situación jurídica base legal contemplada en:

Articulo- 49 constituciones de la republica bolivariana de Venezuela numeral 4-

Artículo 07 del código orgánico procesal penal.

Obligatoriedad de la acción penal.

La acción penal le corresponde al estado a través del ministerio público, quien esta obligatorio a ejerce salvo inscripciones legales.

Articulo 11-del C. O. P. P y 108 articulo 285 e la C. R. B. V articulo 16 y37 de la L. O. Del M. P.

Garantías procesales

Son las garantías relativas a la formación del juicio, es decir a la recolección de las pruebas, al desarrollo de la defensa y a la convicción del órgano judicial .modo de cumplir con unos principios de seguridad judicial de igualdad ante la ley, de equidad para asegurar la garantía del debido proceso.

Jurisdiccional y presunción de inocencia

La potestad de administrar justicia penal emanada de los ciudadanos y ciudadanas que se imparten en nombre de la Republica Bolivariana por autoridad de la ley.

Artículo 02 del C. O. P. P Articulo 49 de la C. R. B. V numeral. 04

Articulo 253 y Artículo 132 ley orgánica del poder judicial.

Presunción de inocencia

A quien se le impide los hechos punibles tiene derecho a que se le presuma inocente y que se le trate como tal, mientras se le establezca su culpabilidad o inocencia mediante sentencia firme.

Articulo 49; de la constitución de la republica bolivariana Venezuela numeral .02.

La formulación de una acusación exactamente determinada

Artículo 326 del C. O. P. P.

Establece que cuando el ministerio público estime que la investigación proporciona fundamento serio para el enjuiciamiento público del amputado presentara la acusación ante el tribunal de control y desea contener:

1. Los datos que sirvan para identificar al imputado y el nombre y domicilio de su defensor.

2. Una relación clara, precisa y circunstanciada del hecho punible que se le atribuye al imputado.

3. Los fundamentos de la imputación, con expresión de los elementos de convicción.

4. La expresión de los preceptos jurídicos aplicables.

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