Escuela De Bolonia
Enviado por berenicejc • 24 de Febrero de 2013 • 1.426 Palabras (6 Páginas) • 480 Visitas
Con Bolonia nace lo que es el estudio del Derecho, principalmente el de las obras justinianeas.Bolonia logro conquistar el Derecho como estudio Autónomo. A partir de Bolonia el Derecho comienza un estudio científico, a través del análisis y la comprensión de este.
Con la creación de la universidad Boloñesa, se recibe el derecho romano el cual se vio olvidado en el tiempo desde la caída del imperio romano en el siglo quinto, volviéndose a tomar las obras justinianeas con los glosadores en el siglo decimo primero.
Por cuanto a su recepción teórica me concierne, debo señalar que este estudio del derecho formo parte importante en la universidad de Bolonia, y la cual se acerca a la idea de su recepción practica, ya que si el imperio era uno y a su vez la continuación del imperio romano uno debía ser también el Derecho que lo rigiese, el cual fue más lento ya que había un Derecho preexistente.
También conocemos que este derecho fue un derecho preeminente, al cual los teólogos y canonistas decían que el derecho usado en diversos pueblos o naciones debía llenarse con el Derecho romano.
El Derecho Justinianeo se consideró como un Derecho Perfecto al que la teología política llego a postular que el Derecho Justinianeo era una obra divina, por lo cual Justiniano era un representante de Dios en la tierra.
Tan arraigada fue esta idea que si existían contradicciones dentro de las obras justinianeas (las que sin duda hubo), se explicaba diciendo que era un error al no saber interpretarlo en su lectura. Todo esto es consecuencia de lo que en la época medieval se conocía como un Principio de autoridad, el cual estaba tan arraigado como lo era la biblia para la teología, aunque debo rescatar que su uso de la razón en estas obras, fue un elemento genuino o verdadero.
El trabajo de los glosadores.
a) Reconstruyeron los textos completos, íntegros y fidedignos que conforman la compilación Justiniano.
B) aclararon su contenido mediante una modalidad de tipo exegético.
C) Divulgaron el conocimiento y facilitaron el manejo de los libros justinianeos, a través de la confección de compendios ó resúmenes de carácter sistemático de algunas partes.
D) Convirtieron el derecho en una disciplina autónoma como objeto de estudio.
Por oficio los glosadores fueron profesores de derecho y por ende están vinculados a la recepción teórica del derecho romano: trabajan además sobre el derecho canónico y el feudal.
El trabajo de los comentaristas.
a) Realizaron ambiciosas construcciones jurídicas, que a partir del texto, sobrepasan con creces su contenido: verdaderos creadores de doctrina o ciencia jurídica, tratando grandes unidades temáticas que conceptualmente desarrollan hasta confines lejanos.
b) Aplican el método aristotélico-escolático a la materia jurídica.
c) Crearon el sistema de derecho común.
El Derecho Canónico se estudiaba junto con el Derecho Romano, los que se convirtieron en los ingredientes de la raíz del Derecho Común, uno de comunidad temporal (Romano) y otro de carácter espiritual (Canónico).
Las notas distintivas del Derecho Común fueron:
Contenido: Derecho Romano, Canónico y en menor media Estatutario y Feudal.
Método de análisis
Ámbito de Vigencia: Aplicación dentro del imperio medieval.
Ideas inspiradoras
Artífices
Estilo de Formulación
Modalidad De Vigencia
El Derecho Común es un derecho de juristas, pero que no significo el dejar de lados las fuentes que fueron la base para el trabajo de los Juristas Doctores, ya que lo que estos decían acerca de aquellas fuentes era lo que regía y no las fuentes en estricto rigor, es decir, era su interpretación, convirtiéndose en los mediadores entre el Corpus Iuris y su comunidad destinataria, esto dado a sus contradicciones y acceso.
La Communis opinio doctorum viene a ser una solución a la diversas interpretaciones que daban los juristas a las fuentes, considerando la mayor coincidencia en las opiniones de los juristas la más aceptada para la resolución del Juez, incluso considerando la opinión de un solo jurista en algunas ocasiones debido a su importancia.
El trabajo del Derecho Común, no desaparece con los comentaristas boloñeses, sino que continua con los juristas homónimos de la modernidad, quienes no solo interpretan el Corpus Iuris Civilis sino que también vienen a Codificar, lo cual vino a ser no bruscamente un reemplazo del derecho común, puesto que vino a poner fin a estas controversias existentes entre varios juristas, inaugurando un estilo simétrico y regular, simple y carente de aristas.
El
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