GUION DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL Y PÚBLICO
Enviado por lulopsn • 12 de Noviembre de 2015 • Práctica o problema • 6.900 Palabras (28 Páginas) • 10.244 Visitas
GUION DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL Y PÚBLICO
TRIBUNAL: TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN, EXTENSIÓN PUNTO FIJO.
DESARROLLO DEL DEBATE.
ALGUACIL: Buenas tardes, todos de pie por favor, en estos momentos hace su entrada a este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, el ciudadano Juez; Dr. KOEMAN GARVETT.
(NOTA: Todos los presentes se colocan de pie, hace su entrada el Juez)
JUEZ: Buenas tardes, tomen asiento por favor. Ciudadana secretaria, sírvase verificar la presencia de las partes convocadas a esta audiencia.
SECRETARIA: Ciertamente ciudadano Juez, se encuentran presente por la representación fiscal, el abogado EDIXON PEÑA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad número V-21.423.668, inscrita en el Impreabogado bajo el número 84.320. La defensa privada, abogada ROBMARIAN CHIRINOS, venezolana, titular de la Cédula de Identidad número V-18.698.460, inscrito en el impreabogado bajo el numero 97.420, los acusados, ciudadanos GERARDO LISCANO, venezolano, natural de Punto Fijo, estado Falcón, titular de la cédula de identidad Nº 17.924.092, de profesión u oficio; mecánico, y, PEDDLYZE SOCORRO, venezolana, natural de Maracay, Estado Aragua y residenciada en Punto Fijo, estado Falcón, titular de la cedula de identidad número V-24.704.909 , de profesión u oficio; niñera.
A su vez le informo, ciudadano Juez, que en una sala anexa se encuentran los expertos traídos por el Fiscal, ciudadano LUIS LADERA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad V-25.010.229, de profesión u oficio; agente de investigaciones adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y la ciudadana MARIA SARMIENTO, venezolana, titular de la Cédula de Identidad V-25.692.277, de profesión u oficio, Médico Forense adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. Y en otra sala anexa, se encuentra la víctima, ciudadana EDUIMAR GARCIA , venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº 25.925.241, de profesión u oficio; estudiante. Es todo, ciudadana Juez.
JUEZ: Tengan todos muy buenas tardes, la audiencia celebrada en esta oportunidad es un acto de carácter solemne y formal, por lo cual a partir de este momento exijo a todos los presentes que mantengan sus celulares apagados, además que guarden el silencio, debido respeto y la compostura que amerita el presente acto, y en caso de ocurra cualquier alteración, autorizo al ciudadano alguacil para que inmediatamente efectúe los actos necesarios y aplique las medidas correspondientes, con el fin de mantener el orden y decoro en la sala, así como también se le advierte a las partes, que deben litigar de manera honesta, actuando de buena fe. En el día de hoy, miércoles, 12 de Julio de 2015, siendo las 5:30 horas de la tarde, queda constituido este Tribunal de Juicio, para que tenga lugar la Audiencia de Juicio Oral y Público, motivada por la acusación interpuesta por el Fiscal Sexto del Ministerio Público, admitida por el Tribunal de Control en fecha 18 de Mayo de 2015, en contra de los ciudadanos GERARDO LISCANO Y PEDDLYZE SOCORRO, por la comisión de un delito de ROBO PROPIO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal venezolano, en perjuicio de la propiedad, en contra de la ciudadana EUDIMAR GARCIA. Tiene la palabra la representación del Ministerio Público.
(NOTA: Se levanta la representación Fiscal para hacer su exposición)
FISCAL: Buenas tardes ciudadano Juez de Juicio, ciudadana secretaria, y todos los presentes, actuando en mi carácter de Fiscal Sexto del Ministerio Público, en ejercicio de las atribuciones que me confiere el ordinal 4º del artículo 285 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ordinales 3º y 4º de los artículo 34 y 11 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, acudo ante su competente autoridad, de conformidad con el ordinal 4º del artículo 111 y 308 del Código Orgánico Procesal Penal, a fin de exponer la formal ACUSACION, admitida por el Tribunal de Control, en fecha 18 de Mayo de 2015, en contra de los ciudadanos GERARDO LISCANO Y PEDDLYZE SOCORRO, quienes en los actuales momentos se encuentran bajo una medida de privación judicial preventiva de libertad, debidamente asistidos por la defensa privada, ABG. ROBMARIAN CHIRINOS.
Ciudadano Juez, el hecho por el cual la representación fiscal interpone formal acusación en contra de los ciudadanos antes mencionados, se suscito el día 25 de Marzo de 2015, cuando funcionarios Agentes de Investigaciones, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, aproximadamente a 11:00 horas de la noche, se encontraban desplegando labores de inteligencia por la Av. Bella Vista de Punto Fijo, Estado Falcón, donde visualizaron a los prenombrados acusados, quienes iban caminando a gran velocidad y en actitud sospechosa, siendo identificados plenamente por la víctima; ciudadana EDUIMAR GARCIA , quien acompañaba a los funcionarios al momento de realizar sus labores de inteligencia, se procedió a efectuar la revisión corporal encontrándole al ciudadano GERARDO LISCANO, en el bolsillo derecho un teléfono celular, marca SAMSUNG, y la cantidad de 800 bolívares, y a la ciudadana PEDDLYZE SOCORRO, la cantidad de 600 bolívares, en su bolsillo izquierdo, y en su mano derecha se evidenció el porte de un maletín ejecutivo de color negro en cuyo interior contenía una computadora tipo Laptop marca VIT y una Tablet marca Lenovo modelo A2207; así mismo siendo identificados plenamente por la víctima en una persecución en flagrancia. En tal sentido, ratifico en todas y cada una de sus partes el escrito acusatorio presentado en fecha 26 de marzo de 2015, en contra de los mencionados ciudadanos, por la comisión del delito de ROBO PROPIO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, solicitando con todo el respeto debido, ciudadano Juez, que la acusación presentada y los medios de prueba ofrecidos sean admitidos a fin de enjuiciar a los acusados, alegando la pertinencia de cada una de las pruebas señaladas, así como solicito al Tribunal que pronuncie una Sentencia Condenatoria, imponiendo a los acusados la correspondiente pena. Es todo.
(NOTA: Toma asiento la representación Fiscal)
JUEZ: Tiene la palabra la defensa.
(NOTA: Se coloca de pie la defensa para hacer su exposición)
DEFENSA: Buenas tardes ciudadano Juez, ciudadana secretaria, representación del Ministerio Público, y presentes en general, esta Defensa, va a procurar en este Juicio Oral y Público demostrar la inocencia de mis defendidos, así mismo, me opongo a lo solicitado por la representación fiscal, en razón que esta defensa invoca los principios de libertad y presunción de libertad por cuanto no es capricho, en la audiencia preliminar mis defendidos no se acogieron al procedimiento de admisión de hechos, insistiendo en su inocencia. Insisto en la inocencia de mis defendidos, por cuanto considero insuficiente el fundamento legal y probatorio en el cual se basa la acusación, siendo así, esta defensa no aspira otra cosa que la debida justicia, esperando una respuesta favorable como lo es una sentencia absolutoria, es todo.
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