AUDIENCIA JUICIO ORAL GUANAJUATO
Enviado por Nachoflores233 • 15 de Febrero de 2018 • Apuntes • 1.566 Palabras (7 Páginas) • 3.428 Visitas
AUDIENCIA JUICIO ORAL GUANAJUATO
Comenzamos con un juicio oral que se llevó acabo el 13 de abril del 2011 donde se acusa a Ignacio Sánchez por delito de violación a la persona con iniciales C.A.
Una paciente diagnosticada con muerte cerebral que con base a su estado indefenso fue agredida sexualmente por un camillero del centro médico quien tubo copula con dicha paciente generando un estado de gravidez. El día 7 de diciembre del año 2010. C.A sufrió un accidente en su automóvil fue ingresada al centro médico de la ciudad de Guanajuato fue diagnosticada con muerte cerebral, el día 15 de octubre del año 2010 el acusado Ignacio Sánchez que trabaja como camillero en el centro médico ingreso a la habitación de C.A sin que nadie lo observara, el día 20 de enero del 2011 el médico tratante Juan Carlos Macías hizo una revisión al cuerpo de la paciente observo que C.A se encontraba en estado de gravidez, el médico tratante decidió revisar las videos de vigilancia con los que cuenta el centro médico en dichos videos fue observado que la noche del 15 de octubre ingreso sin autorización a la habitación en la cual se encontraba C.A, entro un camillero que se identificó como Ignacio Sánchez quien aparece teniendo relaciones con la paciente que se encuentra en estado de gravidez atribuyéndole el título de autor a Ignacio Sánchez y deberán declararlo culpable.
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El juez prosigue con la audiencia otorgando la palabra a la defensa del acusado quien posee 5 minutos para exponer sus alegatos de apertura, los abogados comienzan explicando por medio de la ley general de salud la definición de cadáver, al cual debemos entender por aquel cuerpo humano del cual se haya probado la perdida de la vida, también debemos considerar cuando hay muerte cerebral, argumentan que el día 7 de septiembre del año 2010, día del accidente en que C.A salió tan dañada, tan lesionada que tuvo que ser ingresada al hospital, fue llevada a la habitación número 10 y fue ahí donde se dictamino muerte cerebral. La defensa se dirige con tono reflexivo hacia el juez y explica que su defendido Ignacio Sánchez tenía conocimiento de que, en esta habitación e encontraba una mujer en estado vegetal, una mujer la cual se decretó muerte cerebral y por lo cual el acusado considero que estaba muerta.
El artículo 314 de la ley general de salud dice que se debe entender por cadáver al cuerpo humano del cual se haya probado la perdida de la vida
El artículo 343 de la misma ley nos dice que la perdida de la vida la debemos considerar cuando hay muerte cerebral
La muerte cerebral en una persona es catastrófica en el cerebro la actividad de este órgano al no recibir sangre ni oxigeno se ve limitada y muere.
La defensa y la agencia del ministerio público que lleva a cabo la investigación llego a 2 acuerdo el primero por la existencia de un video donde el acusado entra a la habitación número 10 donde se encuentra la victima C.A y donde impone ayuntamiento carnal, se está en periodo de gestación la victima C.A, el segundo C.A se encuentra en estado de gravidez.
El medico Juan Carlos Macías de 50 años médico cirujano que ejerce su profesión en el estado de Guanajuato, quien estuvo laborando el día de lo ocurrido, noto algo inusual con la paciente C.A quien fue el que acudió a revisar a la paciente como lo haca con frecuencia y en esa ocasión al examinarla en su superficie corporal noto que su abdomen se encontraba abultado hizo algunos exámenes entre ellos un ultrasonido , la paciente de acuerdo a los resultado de el ultrasonido, la paciente se encontraba en un estado de gestación con un periodo de 14 semanas, el día 20 que estuvo el laborando descubrió que su abdomen se encontraba abultado y al hacer el estudio se descubrió que C.A se encontraba embarazada. Al médico juan Carlos se le hacía inexplicable la forma en que la paciente C.A pudiera haber adquirido ese estado de gestación motivo por el cual decidió revisar los videos de las instalaciones, en la grabación observo e que una persona ingreso a la habitación 10 en donde se encuentra C.A, reconoció a la persona como el camillero Ignacio Sánchez, siguió revisando la grabación de esa noche donde se percató que la persona tubo relaciones sexuales con la paciente realizo la denuncia con el ministerio público. El acusado Ignacio Sánchez se acercó para preguntar que ocurría con la paciente y él le dijo que tenía muerte cerebral
El doctor Roberto Hernández de profesión medico neurólogo el cual ejerce esta especialidad desde hace 20 años, el cual tiene en claro que la paciente está internada por muerte cerebral, nos da el termino de muerte cerebral el cual es que es que el termino o concepto de muerte cerebral quiere decir que hay una perdida permanente e irreversible de la función del sistema nervioso y que la función respiratoria y cardiaca están mantenidas a la implementación de medicamentos así como a la implementación de un respirador artificial y esto es con fines de mantener el resto de subsistemas para un posible trasplante de órganos. El caso de una paciente diagnosticada con muerte cerebral, que no obstante a su estado indefenso, fue agredida sexualmente por un camillero del centro médico que tuvo cópula con dicha paciente generando en consecuencia un estado de gravidez.
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