GUÍA DE Requisitos Mínimos de las Solicitudes presentadas ante esta Sección POR LOS AUXILIARES DE LA FUNCIÓN PÚBLICA ADUANERA
Enviado por normadavid • 15 de Noviembre de 2016 • Apuntes • 6.731 Palabras (27 Páginas) • 393 Visitas
GUÍA DE Requisitos Mínimos de las Solicitudes presentadas ante esta Sección POR LOS AUXILIARES DE LA FUNCIÓN PÚBLICA ADUANERA
INTRODUCCION
Esta Guia de Trabajo se establece para unificar las actuaciones operativas del personal de la Sección de Agentes Aduaneros, Navieros y otros Auxiliares describiendo los requisitos mínimos para facilitarles el proceso de resolucion de las diferentes solicitudes presentadas por los Auxiliares de la Función Publica Aduanera, a fin de dar una respuesta oportuna a los contribuyentes y velar por el cumplimiento de las actuaciones de los mismos en lo relacionado con sus operaciones, inscripciones, autorizaciones o permisos que han adquirido para realizar sus funciones ante el Servicio Aduanero, enmarcándonos en las disposiciones aduaneras y tributarias establecidas en las Leyes, Reglamentos, Acuerdos, Procedimientos e Instructivos aplicables.
BASE LEGAL
- CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA / Decreto 131-1982
- CÓDIGO ADUANERO UNIFORME CENTROAMERICANO Y SU REGLAMENTO (CAUCA Y RECAUCA IV). /Acuerdo 142-2008, Resolución 223-2008 (COMIECO-XLIX) y Resolución 224-2008 (COMIECO-XLIX)
- CÓDIGO TRIBUTARIO Y SUS REFORMAS / Decreto 22-97 / Decreto 210-2004
- LEY DE ADUANAS / Decreto 212-87
- LEY DEL EQUILIBRIO FINANCIERO Y LA PROTECCIÓN SOCIAL Y SU REGLAMENTO / Decreto 194-2002 y Acuerdo 1375-2002
- LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO / Decreto 152-87
- LEY DE SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA / Decreto 255-2002
- LEY GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA / Decreto 146/86
- LEY DE FORTALECIMIENTO DE LOS INGRESOS, EQUIDAD SOCIAL Y RACIONALIZACIÓN DEL GASTO PUBLICO / Decreto 17-2010
- REGLAMENTO PARA LA AUTORIZACIÓN Y REGISTRO DE LOS TRANSPORTISTAS ADUANEROS / Acuerdo 1350
- REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE INGRESOS / Acuerdo Ejecutivo No. 0397-2005
- REGLAMENTO SOBRE EL RÉGIMEN DE TRANSITO ADUANERO INTERNACIONAL
- PROCEDIMIENTO APLICABLE A LA PRESENTACIÓN, ACEPTACIÓN Y EJECUCIÓN DE GARANTÍAS BANCARIAS O FIANZAS RENDIDAS POR LOS AUXILIARES DE LA FUNCIÓN PÚBLICA ADUANERA.
SEÑALAMIENTO DE FECHA PARA EXAMEN PSICOMÉTRICO Y DE COMPETENCIA PARA LA PERSONA NATURAL QUE POSEA EL GRADO ACADÉMICO DE LICENCIATURA EN OTRAS DISCIPLINAS DE ESTUDIO, QUE SOLICITE AUTORIZACIÓN PARA ACTUAR COMO AGENTE ADUANERO
- Escrito de Solicitud
- Carta Poder Autenticada, cuando corresponda
- Fotocopia de la Identidad o carnet de Residencia en caso de ser extranjero y Registro Tributario Numérico del peticionario (Artículos 56 inciso e) y 59 inciso e) del RECAUCA)
- Fotocopia del Título Universitario del peticionario, (Autenticado)
- Constancia de Antecedentes Penales del peticionario (Original) (Artículos 56 inciso g) y 59 del RECAUCA)
- Constancia de Antecedentes Policiales del peticionario (Original).
- Declaración Jurada rendida por el peticionario, según Artículo 177 inciso d) Ley de Aduanas (Autenticada)
- Declaración Jurada rendida por el peticionario, según Artículo 177 inciso ch) Ley de Aduanas (Autenticada)
- Declaración Jurada rendida por el peticionario, de no tener vínculo laboral con el Estado o sus Instituciones (Artículos 56 inciso g), y 59 inciso d) del RECAUCA) (Autenticada)
- Tres constancias de Referencias Personales. (Originales).
- Constancia que acredite como mínimo dos años de experiencia en materia aduanera. (Original)
AUTORIZACIÓN Y REGISTRO PARA OPERAR COMO AUXILIAR DE LA FUNCIÓN PÚBLICA ADUANERA EN LA MODALIDAD DE AGENTE ADUANERO
- Escrito de Solicitud
- Carta Poder Autenticada
- Escritura de Constitución de Comerciante Individual o Sociedad Autenticada, debidamente registrada (Artículos 56 inciso c) y 59 inciso a) del RECAUCA)
- Designar el Representante legal (Agente Aduanal) que actuará en representación de la Sociedad ante el servicio aduanero, adjuntando original o copia certificada o legalizada del documento que lo acredite, en caso que no lo certifique en la Escritura de Constitución. (Artículo 21 literal m) del CAUCA y Articulo 59 inciso c) del RECAUCA), debidamente registrada.
- Fotocopia de la Identidad o carnet de Residencia en caso de ser extranjero y Registro Tributario Numérico del representante legal y de la Empresa en caso de ser Sociedad (Artículos 56 inciso e) y 59 inciso e) del RECAUCA)
- Constancia de Antecedentes Penales del representante legal de la Empresa (Original)
(Artículos 56 inciso g) y 59 del RECAUCA)
- Declaración Jurada rendida por el representante legal de la Empresa, según Artículo 177 inciso d) Ley de Aduanas (Autenticada)
- Declaración Jurada rendida por el representante legal de la Empresa, según Artículo 177 inciso ch) Ley de Aduanas (Autenticada)
- Declaración Jurada rendida por el representante legal de la empresa, de no tener vínculo laboral con el Estado o sus Instituciones (Artículos 56 inciso g), y 59 inciso d) del RECAUCA) (Autenticada)
- Fotocopia del Título Universitario de Licenciatura en Administración Aduanera (Autenticado)
- Tres constancias de Referencias Personales. (Originales).
- Fianza o Garantía de Operación a favor de la Dirección Ejecutiva de Ingresos por un monto mínimo de veinte mil (20,000.00) pesos centroamericanos (dólares) o su equivalente en moneda nacional, cuya Base Legal debe contener los Artículos Nos. 21 inciso g) del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA), 61, 62 y 84 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (RECAUCA). Además debe incluir en forma expresa en una de sus clausulas el primer párrafo del artículo 61 del RECAUCA que establece “La garantía que rinda el auxiliar responderá por cualquier acto que genere responsabilidad
administrativa y tributaria que contraiga este o su personal acreditado ante el Servicio Aduanero, cuando lo tuviere. (Original)
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