Guia Teoria Del Delito
Enviado por • 21 de Febrero de 2014 • 3.502 Palabras (15 Páginas) • 691 Visitas
Delitos patrimoniales o en contra del patrimonio
Objeto Jurídico, el patrimonio; Bien Material, La cosa mueble o inmueble
Autoevaluación de Abuso de confianza
1. Proporcione la noción legal de abuso de confianza?
Al que con perjuicio de alguien disponga para sí o para otro de cualquier cosa ajena mueble de la que se le haya trasmitido la tenencia y no el dominio. CPBC ARTÍCULO 214
2. Cuál es el presupuesto básico en este delito?
Es que el activo tenga en su poder lo que va a transmitir, ya que nadie puede transmitir lo que no pose.
(Debe haber trasmisión de una tenencia previa)
3. Quienes son el sujeto activo y pasivo en abuso de confianza?
Sujeto activo.- Cualquier persona física
Sujeto pasivo.- Cualquier persona física o moral
4. Cuál es el objeto material y cual el jurídico?
Objeto material.- Al igual que en el robo, el objeto material es la cosa ajena mueble.
Objeto jurídico.- El patrimonio ya sea de una persona física o moral.
5. Cuáles son los medios e ejecución?
Cualquier siempre que este sea el idóneo para cometer el ilícito
Por ejemplo: si se regala, si se vende, si se rifa, si se hereda esa cosa ajena que fue puesta a nuestra tenencia
(Si se daña o de destruye la cosa, se estará hablando de daño en propiedad ajena y no de abuso de confianza).
6. En que consiste la conducta típica en este delito?
A diferencia de la conducta típica del robo, que es el apoderamiento en el abuso de confianza es “la disposición”
Es decir es disponer una cosa ajena mueble para sí o para otra persona. (Disponer = actuar como dueño)
7. Existen causas de justificación en el abuso de confianza?
Ninguna está contemplada en el código penal, pero pudiesen presentarse estado de necesidad o cumplimiento de un deber
8. Como se clasifica este ilícito?
Por la conducta.- de acción u omisión
Por el número de actos.- Unisubsistente
Por el número de sujetos.- Unisubjetivo
Por el daño.- de la lesión
Por el resultado. De resultado material
Por su duración.- Instantáneo
Por su formulación.- común o indiferente
Por su autonomía.- autónomo
Por su ordenación metodológica.- fundamental
9. Como es la reprochabilidad en el abuso de confianza?
La única manera de constituir este delito es la forma dolosa
10. Como es la perseguibilidad en el abuso de confianza?
Por Querella es decir solo a petición del afectado
11. Como se impone la pena en relación con este ilícito? Prisión de seis meses a seis años y hasta de doscientos días multa, cuando el monto de lo dispuesto no exceda de dos mil veces el salario. (< 129440 pesos); Si excede de dos mil veces el salario, la prisión será de cuatro a ocho años y hasta cuatrocientos días multa. (>129440 pesos)
12. Puede configurar la culpa en el abuso de confianza?
NO….La única manera posible es Dolosa o Intencional.
13. La ley penal prevé escusas absolutorias en este delito?
No se presenta NINGUNA
14. Existen circunstancias atenuantes o agravantes?
No existen, ni agravantes, atenuantes
15. Cuando se consuma esta figura delictiva?
En el mismo instante en que se dispone de esta cosa
16. Puede presentarse la tentativa?
SI
17. Abuso por retención.-
Si (abuso de confianza según art 17 const., nadie puede hacerse justicia por su propia cuenta)
Ejemplo el mecánico que no entrega el carro si no pagas la reparación.
18. Se pueden dar todos los grados de participación? SII.- Autores Directos.- Los que lo realicen por sí; II.- Coautores.- Los que lo realicen conjuntamente; III.- Autores mediatos.- Los que lo lleven a cabo sirviéndose de otro como instrumento; IV.- Instigadores.- Los que determinen dolosamente a otro a cometerlo; V.- Cómplice.- Los que dolosamente presten ayuda o auxilio a otro para su comisión; y VI.- Auxilio en cumplimiento de promesa anterior.- Los que con posterioridad a su ejecución auxilien al autor en cumplimiento de una promesa anterior al delito.
19. Señale las diferencias que existen entre robo y abuso de confianza?
La diferencia consiste en que en el robo quien comete el ilícito, este se apodera de la cosa, sin tener tenencia, dominio, derecho ni consentimiento de la persona que puede disponer de ella según la ley; Mientras que en el abuso de confianza la persona dispone de una cosa mueble, de la cual tenía la tenencia pero no el dominio, otra diferencia es que en el caso se da el abuso de confianza por retención, lo cual es una conducta de comisión por omisión.
20. Indique las semejanzas que tienen entre si estos dos delitos
El sujeto activo es el mismo: cualquier persona física
El sujeto pasivo es el mismo: cualquier persona física
El Objeto material es el mismo: Cosa ajena mueble
La pena se aplica según el monto del daño patrimonial y se toma como base para la sanción el salario mínimo general diario vigente
Ambos admiten el grado de tentativa
Ambos contemplan conductas equiparadas
EL Objeto jurídico es mismo: El patrimonio
La reprochabilidad en Ambos es dolosa (intencional)
21. Mencione las diferencias existentes entre las conductas equiparadas al robo y las equiparadas al abuso de confianza, tanto en el CPF como en el CPBC
La conducta típica es diferente
El abuso de confianza exige un presupuesto básico
El robo exige 2 elementos normativos CPF
En el robo si hay una circunstancia atenuante: el robo de uso (art. 380)
En el robo si hay circunstancias agravantes: art 272 al 374, 381 y 381 bis, CPF
En el robo hay 2 casos de NO punibilidad: una escusa absolutoria por mínima temibilidad (art 375), y por estado de necesida (art 379) CPF
El robo se persigue de oficio y en algunos casos por querella; el abuso de confianza solo por querella.
En el robo si puede presentarse la violencia como medio, en el abuso de confianza, NO
CPBC ARTÍCULO 215.- Abuso de confianza equiparado.- I.- El hecho de disponer o sustraer una cosa, su dueño, si le ha sido embargada y la tiene en su poder con el carácter de depositario judicial. II.- El hecho de disponer de la cosa depositada, o sustraerla el depositario judicial o el designado por o ante las autoridades administrativas o del trabajo; III.- El hecho de que una persona haga aparecer como suyo un depósito que garantice la libertad caucional de un procesado y del cual no le corresponda la propiedad.
Existe ausencia de la conducta en este ilícito?, técnicamente es imposible
...