GUIA DE TEORIA DEL DELITO
Enviado por juanatzoni • 6 de Abril de 2015 • 2.575 Palabras (11 Páginas) • 701 Visitas
CUESTIONARIO EXAMEN
1. ¿Cuál es el concepto de delito y teoría del delito (art. 7º cpf )
1.- Art. 7º Const. Es el acto u omisión que sancionan las leyes penales
2.- Es la conducta típica, antijurídica y culpable, (algunos autories agregan punible)
TEORIA DEL DELITO:
Es la parte de la ciencia del derecho penal que se ocupa de explicar que es el delito e general, es decir cuáles son las características que deben tener cualquier delito
2. Señale las teorías que estudian el delito
1. .Teorías casualistas y finalistas de la acción
2. Teoría psicologista
3. Teoría normativista
4. El modelo lógico
5. Teoría sociologista
3. ¿Cuáles son las características principales del casualismo y finalismo?
La teoría Causalista nace a partir de la obra de FRANZ VON LISZT y VON BELIG (Se apoya en el concepto de acción) y Von Beling labor de estos penalistas consiste en haber presentado al delito como figura compuesta, (Acción, tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad). Elementos que en la teoría del delito se mantienen a la fecha.
CARACTERÍSTICAS
1. La acción nace de un movimiento corporal que es un proceso, que va producir un cambio en el mundo exterior.
2. Considera que la voluntad tiene dos caracteres
a. Interno: Contenido de la voluntad
b. Externo: la manifestación de la voluntad
c. Manifestación de la voluntad: Que consiste en una intervención voluntaria del cuero humano que se traduce en un movimiento corporal, o en una inactividad (en el caso de la omisión)
d. Un resultado: Que consiste en un cambio en el mundo exterior que es la acción esperada y que el sujeto realiza
e. Un nexo causal: que ese el acto, acción o conducta ejecutado por el sujeto, que produce el resultado previsto en la ley (causa y efecto
Esta teoría se divide en dos
Teoría causalista valorativista
TEORIA FINALISTA
SUS REPRESENTATES: Hans Welzel, 1930
1. Concibe al injusto, como injusto personal
2.- Considera que el delito parte de una acción y que ésta es conducta humana voluntaria la misma tiene una finalidad
3.- El dolo descubierto por esta teoría como factor configurador de la acción constituye un elemento esencial del injusto
4.- Toda acción está dotada de finalidad (y por lo tanto de sentido lo que permite al hombre orientar sus acciones hacia determinadas metas.
5.- Esta Teoría traslada el dolo al tipo penal. Con el traslado definitivo del dolo al tipo, la tipicidad se dividió en tipo objetivo y tipo subjetivo
6.- La teoría finalista de la acción maneja los conceptos de: Acción, tipicidad, antijuridicidad, imputabilidad, culpabilidad y punibilidad),que trae como consecuencia soluciones a problemas que no podía resolver la teoría causalista, como lo relativo a la tentativa, la participación, la autoría etc.
7.- Para esta teoría la acción es un acontecimiento finalista y no solo causal
8.- En la teoría de la acción finalista el dolo y la culpa se van a ubicar ya no a nivel de la culpabilidad si no a nivel de la acción típica. El dolo y la culpa constituyen el fin de la acción
4. Proporcione los conceptos del sujeto activo, sujeto pasivo, objeto material y objeto jurídico
Sujeto activo: Solo puede ser sujeto productor de conducta ilícita pena, el hombre, único posible sujeto activo de un delito, no puede atribuirse conducta delictiva a animales o cosa inanimados.
Sujeto pasivo: Es el titular del bien jurídico protegido por la norma penal y es quien resiente directamente, los efectos del delito.
Objeto material: Es la persona o cosa sobre quien recae la acción típica
Objeto jurídico: Equivale al bien jurídico, esto es, el bien objeto de la protección de la ley. (En el delito del robo el objeto jurídico es la propiedad de una cosa, en tanto que el objeto material es la cosa robada)
5. ¿Cómo pueden ser los presupuestos del delito?
De carácter Jurídico: Bigamia el presupuesto es un sujeto se encuentra previamente casado
De carácter Material El delito de aborto el presupuesto es que exista una mujer embarazada
6. Como pueden ser los sujetos
Los sujetos son las personas cuyos intereses se enfrentan con motivo de la acción delictiva y pueden ser:
Sujetos Activos, Pasivos y personas jurídico colectivo o individual de carácter:
Indeterminados o impropios cuando la ley no requiere una característica específica y el sujeto puede ser cualquier persona
Determinados o propios: Cuando solo pueden ser atribuidos a destormadas personal o cuando se requiere de una calidad especial ej Servidor público, determinada edad
7. ¿Qué tesis existen respecto a los delitos cometidos al amparo de una persona moral?
TESIS DE IRRESPONSABILIDAD: Esta tesis es de 8MANZINI-PESINA) que señala si considera que al sancionar a estas personas seria como sancionar a una persona o a seres ficticios, y violando el principio de que solo los sujetos dotados de voluntad y conciencia pueden ser sujetos activos, Además la pena es individúalo, si se sanciona a una persona colectiva se esta sancionando a su personalidad o sea al sujeto que compone a eta persona jurídica (gerentes, directores socios etc)
TESIS DE LA RESPONSABILIDAD: Jarcunz y Magiore Von Liszt, estos autores sostiene que si las personas colectivas son capaces de adquirir derechos y contraer obligaciones también deben responder por los delitos en que incurren como la estafa, el abuso de confianza si bien no se les puede aplicar sanciones privativas de la libertas son susceptibles de sufrir sanciones pecuniarias, las penas corporales se impondrán a sus directores responsables.
POSTURAS INDIFERENTES: Omiten pronunciarse al respecto ignoran la problemática
8. ¿Proporcione una definición de personas morales?
En derecho existen las llamadas personas morales que son instituciones o agrupaciones de personas físicas a quienes se atribuye personalidad con los elementos inherentes a ella, tales como el domicilio, el nombre , la nacionalidad etc.
Estas entidades, obviamente no podrán ser autoras de delitos, habida cuenta de que no tienen voluntad propia, distinto es el caso de las personas físicas que la integran. Las personas morales acatan por medio de representantes, gerentes, administradores o cualquier otro funcionario, poro siempre las personas morales, son meras concepciones jurídicas carentes de capacidad
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