ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

INCIDENTE DE LIQUIDACION DE PENSION ALIMENTICIA


Enviado por   •  25 de Noviembre de 2018  •  Práctica o problema  •  1.236 Palabras (5 Páginas)  •  1.353 Visitas

Página 1 de 5

EXPEDIENTE NÚMERO: 408/2018.[pic 1]

TIPO DE JUICIO: CONTROVERSIA SOBRE EL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS Y DEL DERECHO FAMILIAR.  

INCIDENTE DE LIQUIDACION

DE PENSION ALIMENTICIA

C. JUEZ SEGUNDO FAMILIAR 

DEL DISTRITO JUDICIAL DE TOLUCA,

ESTADO DE MEXICO

P R E S E N T E.

ALONDRA MELINA LEÓN DOMÍNGUEZ, CON LA PERSONALIDAD QUE TENEMOS DEBIDAMENTE ACREDITADA EN EL JUICIO ARRIBA INDICADO, EN REPRESENTACIÓN DE MIS MENORES HIJOS ALDO, JOSÉ ALBERTO Y MELINA NICOLE DE APELLIDOS AVILÉS  LEÓN. SEÑALANDO COMO DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR TODO TIPO DE NOTIFICACIONES EL UBICADO EN EL UBICADO EN MOCTEZUMA NUM. 112 BARRIO DE SANTIAGUITO, METEPEC, MÉXICO Y AUTORIZANDO PARA QUE EN MI NOMBRE Y REPRESENTACIÓN RECIBAN TODO TIPO DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTOS AUN LOS DE CARÁCTER PERSONAL, AL LICENCIADO JUAN ALEJANDRO DÍAZ GONZALEZ CON CEDULA PROFESIONAL NÚMERO 10803362, NIP 39642 Y AL P.D. ANDRÉS MICHELL BELTRÁN DÍAZ, ANTE USTED CON EL DEBIDO RESPETO COMPARECEMOS PARA EXPONER:

        QUE POR MEDIO DEL PRESENTE ESCRITO, Y CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 1.216, 1.217, 1.219, 2.157 Y 2.158 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES VIGENTE EN LA ENTIDAD, VENGO A DEMANDAR INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA VENCIDAS Y NO PAGADAS, EN CONTRA DEL SEÑOR ARMANDO AVILÉS SANTANA, QUIEN PUEDE SER EMPLAZADO A JUICIO EN EL DOMICILIO UBICADO EN PASEO MATLAZINCAS NO. 218, SAN LUIS OBISPO, TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO. C.P. 50040  FUNDÁNDOME PARA ELLO EN LOS SIGUIENTES HECHOS, CONSIDERACIONES Y PRECEPTOS DE DERECHO.

P R E S T A C I O N E S:

A.- EL PAGO DE LA CANTIDAD DE $48,029.76 M.N. (CUARENTA Y OCHO MIL VEINTINUEVE PESOS 76/100 M.N.), POR CONCEPTO DE PENSIONES VENCIDAS Y NO PAGADAS EN SU TOTALIDAD, COMPRENDIDAS DENTRO DEL PERIODO QUE ABARCAN DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO  AL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, MÁS LAS QUE SIGAN GENERÁNDOSE HASTA LA TOTAL TERMINACIÓN DEL PRESENTE INCIDENTE.

H E C H O S:

                1.- EN EL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CATORCE LA SUSCRITA INICIÓ UN JUICIO DE CONTROVERSIA SOBRE EL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS Y DE DERECHO FAMILIAR, DEMANDANDO EL DIVORCIO INCAUSADO AL SEÑOR ARMANDO AVILÉS SANTANA, ASÍ MISMO LA GUARDIA CUSTODIA Y LA PENSIÓN ALIMENTICIA A FAVOR DE MIS MENORES HIJOS ALDO, JOSÉ ALBERTO Y MELINA NICOLE DE APELLIDOS ÁVILA LEÓN, EN CONTRA DEL SEÑOR  ARMANDO AVILÉS SANTANA RECAYENDO DICHA DEMANDA EN ESTE H. JUZGADO SEGUNDO FAMILIAR DE TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO, BAJO EL NÚMERO DE EXPEDIENTE 804/2018.

                2.- EL DÍA VEINTIDÓS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO SE CELEBRÓ LA SEGUNDA JUNTA DE AVENIMIENTO, POR LO QUE  DENTRO DE LA REVISIÓN DE LAS MEDIDAS PROVISIONALES,  SE DECRETÓ  QUE EL SEÑOR  ARMANDO AVILÉS SANTANA PROPORCIONARA POR CONCEPTO DE PENSIÓN ALIMENTICIA LA CANTIDAD QUE RESULTE DE CUATRO UNIDADES DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN DIARIA A FAVOR MIS MENORES ALDO, JOSÉ ALBERTO Y MELINA NICOLE DE APELLIDOS AVILÉS  LEÓN, MISMA CANTIDAD QUE DEBÍA SER DEPOSITADA LOS PRIMEROS CINCO DÍAS DE CADA MES EN ESTE H. JUZGADO

                5.- ES POR LO QUE HAGO DE SU CONOCIMIENTO, QUE EL SEÑOR ARMANDO AVILÉS SANTANA, DESDE QUE SE DICTÓ LA MEDIDA PROVISIONAL Y HASTA LA FECHA, NO HA REALIZADO LOS PAGOS DE LA PENSIÓN ALIMENTICIA DE ACUERDO A COMO QUEDO ESTABLECIDO MEDIANTE EL ACTA MÍNIMA DE SEGUNDA JUNTA DE AVENIMIENTO DE FECHA 22 DE MAYO DEL AÑO  2018 EN ESTE H. JUZGADO SEGUNDO FAMILIAR DE TOLUCA, ESTADO DE MEXICO.

6.- MOTIVO POR EL CUAL LA SUSCRITA ME VEO EN LA NECESIDAD DE INICIAR EL PRESENTE INCIDENTE, DESCRIBIENDO DE FORMA DETALLADA LA LIQUIDACIÓN QUE ARROJA UN TOTAL DE $48,029.76 M.N. (CUARENTA Y OCHO MIL VEINTINUEVE PESOS 76/100 M.N.) QUE ES ADEUDADA POR EL SEÑOR ARMANDO AVILÉS SANTANA, A FAVOR DE MIS MENORES HIJOS ALDO, JOSÉ ALBERTO Y MELINA NICOLE DE APELLIDOS AVILÉS LEÓN, Y QUE SE DESGLOSA COMO SIGUE:

POR LO QUE RESPECTA AL AÑO DOS MIL DIECIOCHO  (2018), UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN ES DE $80.60 PESOS MEXICANOS, EL MENSUAL ES DE $2,450.24 PESOS MEXICANOS QUEDANDO EL SEÑOR ARMANDO AVILÉS SANTANA OBLIGADO A OTORGAR LA CANTIDAD QUE RESULTARE DE CUATRO UNIDADES DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN, LO CUAL RESULTA QUE EL DEMANDADO INCIDENTISTA, TENDRÍA QUE DEPOSITAR LA CANTIDAD DE $322.40 POR CADA DÍA DEL MES Y CONFORME AL DOF LA CANTIDAD RESULTANTE MENSUAL  ES DE $9,800.96 M.N.

MES

CANTIDAD A DEPOSITAR

CANTIDAD QUE FUE DEPOSITADA POR EL SEÑOR ARMANDO AVILÉS SANTANA

CANTIDAD ADEUDADA POR EL SEÑOR ALAN DAVID LINARES VIOLANTE

MAYO

$3,224.00 M.N.

-------------------------

$3,224.00 M.N

JUNIO

$9,800.96 M.N.

---------------------

$9,800.96 M.N.

JULIO

$9,800.96 M.N.

----------------------

$9,800.96 M.N.

AGOSTO

$9,800.96 M.N.

$5,000.00 M.N

$4,800.96 M.N.

SEPTIEMBRE

$9,800.96 M.N.

$5,000.00 M.N

$4,800.96 M.N.

OCTUBRE

$9,800.96 M.N.

$4,000.00 M.N

$5,800.96 M.N.

NOVIEMBRE

$9,800.96M.N.

-------------------------

$9,800.96 M.N.

TOTAL

$48,029.76 M.N.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (8 Kb) pdf (111 Kb) docx (422 Kb)
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com