INCIDENTE DE PENSIONES ALIMENTICIAS VENCIDAS Y NO PAGADAS
Enviado por bleed666 • 28 de Marzo de 2019 • Práctica o problema • 1.517 Palabras (7 Páginas) • 489 Visitas
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VS.
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INCIDENTE DE PENSIONES ALIMENTICIAS VENCIDAS Y NO PAGADAS
EXP: -------------/2007
C. JUEZ TRIGÉSIMO OCTAVO FAMILIAR.
EN CIUDAD DE MÉXICO.
---------------------------------------------, por mi propio derecho, promoviendo en el expediente que al rubro se indica, ante Usted, con el debido respeto comparezco para exponer:
Que por medio del presente, vengo a manifestar bajo protesta de decir lo siguiente:
1.-Por cedula de notificación de veintiuno de marzo de dos mil diecinueve, se hizo de mi conocimiento el requerimiento del cumplimiento de la sentencia interlocutoria de diecisiete de abril de dos mil diecisiete, en el caso, el resolutivo cuarto, que señala:
Cuarto.- Mediante NOTIFICACIÓN PERSONAL, y EN EL DOMICILIO SEÑALADO PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES requiérase al señor --------------------------------------, para que dentro del término de CINCO DÍAS contados a partir de que quede notificado, realice el pago de la cantidad de $68,073.95 (SESENTA Y OCHO MIL SETENTA Y TRES PESOS 95/100 M.N.) por concepto de la Diferencia de Pensiones Alimenticias Adeudadas durante el año dos mil dieciséis; (a razón de $16,910.35 mensuales); a la cantidad de $18,601.38 (DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS UN PESOS 38/100 M.N.) por concepto de Pago de la Pensión Alimenticia por el mes de Enero del presente año, a la cantidad de $11,101.38 (ONCE MIL CIENTO UN PESOS 38/100 M.N.) correspondiente a la Diferencia de la Pensión Alimenticia por el mes de Febrero del presente año, a razón de $18,601.38 (DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS UN PESOS 38/100 M.N.); así como cantidad de $37,202.76 por concepto de Pensión Alimenticia por los meses de Mazo y Abril del año que corre, a razón de $18,601.38 (DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS UN PESOS 38/100 M.N.) POR CADA MES, dando un total de $134,979.47 (CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS 47/100 M.N.)”; de conformidad con lo establecido por el artículo 506 del Código De Procedimientos Civiles, apercibido que de no hacerlo se librará Mandamiento de Ejecución , Embargando bienes de la propiedad del señor ------------------------------------------------, suficientes a garantizar el adeudo antes mencionados, en términos de lo dispuesto por el artículo 507 del código procedimental de la materia y en su caso se pondrán las constancias a la vista de la C. Secretaria Actuaria adscrita a la secretaria “B” de este juzgado, a efecto de que proceda a realizar el embargo anteriormente señalado de conformidad con el numeral 534 del precepto legal antes invocado.
De lo anterior, se advierte que el de la voz se encuentra obligado al pago de $134,979.47 (CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS 47/100 M.N.) por concepto de pensiones alimenticias, con un término de cinco días, para realizar dicho pago a la actora incidentista, sin embargo, el demandado incidentista se encuentra en una imposibilidad material, por las siguientes circunstancias:
- El hoy demandado incidentista, es prestador de servicios como programador analista, el cual no tiene un empleo fijo y desempeña sus actividades con diversas empresas de outsourcing, según sean requeridos sus servicios.
- Por los citados servicios prestados, percibo mensualmente un pago promedio de $35,000.00 (TREINTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.). Lo anterior, se puede verificar con los comprobantes por concepto de pago de Honorarios Asimilados al Salario, emitidos por las empresas -------------------------, S. A. de C. V.; -------------------------------, S. A. de C. V.; y ----------------------------------, S. A. de C. V. (Anexo 1,2 y 3).
- Actualmente, el pago mensual de la pensión alimenticia de mis menores hijos asciende al monto de $22,500.00 (VEINTIDÓS MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.), lo cual acredito con los estados de cuenta por los periodos de dieciséis de enero de dos mil diecinueve al quince de febrero de dos mil diecinueve, y del dieciséis de febrero al quince de marzo de dos mil diecinueve. (Anexo 4 y 5).
- De lo mencionado, se advierte que entre la percepción mensual del de la voz ─$35,000.00─, y el monto del pago de la pensión alimenticia para mis menores hijos ─$22,500.00─, queda un monto a favor del suscrito de $12,500.00, es decir el 36% del monto total de mis ingresos, para solventar, mis necesidades básicas.
- Luego, a causa de lo señalado, es claro que los ingresos del suscrito son proporcionalmente bajos, es decir no existe un justo equilibrio entre el monto del pago de pensión alimenticia y lo necesario para que subsista el mismo, inclusive, es tal el desequilibrio persistente se ha visto en la necesidad de solicitar préstamos a familiares y amigos, para poder solventar los pagos alimentarios.
Lo señalado, lo acredito con los estados de cuenta de los periodos de……….. en los que se observa que se han hecho transferencias bancarias por concepto de préstamo.
- Ahora, como es visible, el de la voz no cuenta con los ingresos suficientes para cubrir la cantidad de $134,979.47 (CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS 47/100 M.N.), sin embargo, se compromete a realizar pagos mensuales a favor de sus menores hijos SERGIO ALFONSO y ALBERTO ambos de apellido VALLEJO FREISSINIER de la siguiente manera:
- En el caso de mi menor hijo -------------------------------------------, el cual está por cumplir la mayoría edad el día CINCO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTE, el de la voz se compromete a realizar DIECIOCHO pagos mensuales por la cantidad de $3,749.73 (TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE PESOS 73/100 M. N.) para dar un total de $67,489.74 (SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE PESOS 74/100 M. N.) los primeros CINCO días del mes, empezando a realizar dichos pagos el día CINCO DE ABRIL del presente año.
No de pago. | MES | CANTIDAD |
1 | 5 DE ABRIL DE 2019 | $ 3,749.43 |
2 | 5 DE MAYO DE 2019 | $ 3,749.43 |
3 | 5 DE JUNIO DE 2019 | $ 3,749.43 |
4 | 5 DE JULIO DE 2019 | $ 3,749.43 |
5 | 5 DE AGOSTO DE 2019 | $ 3,749.43 |
6 | 5 DE SEPTIEMBRE DE 2019 | $ 3,749.43 |
7 | 5 DE OCTUBRE DE 2019 | $ 3,749.43 |
8 | 5 DE NOVIEMBRE DE 2019 | $ 3,749.43 |
9 | 5 DE DICIEMBRE DE 2019 | $ 3,749.43 |
10 | 5 DE ENERO DE 2020 | $ 3,749.43 |
11 | 5 DE FEBRERO DE 2020 | $ 3,749.43 |
12 | 5 DE MARZO DE 2020 | $ 3,749.43 |
13 | 5 DE ABRIL DE 2020 | $ 3,749.43 |
14 | 5 DE MAYO DE 2020 | $ 3,749.43 |
15 | 5 DE JUNIO DE 2020 | $ 3,749.43 |
16 | 5 DE JULIO DE 2020 | $ 3,749.43 |
17 | 5 DE AGOSTO DE 2020 | $ 3,749.43 |
18 | 5 DE SEPTIEMBRE DE 2020 | $ 3,749.43 |
MONTO TOTAL | $67,489.74 |
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