INCUMPLIMIENTO VOLUNTARIO O CULPOSO.
Enviado por giselaur • 15 de Abril de 2015 • 1.662 Palabras (7 Páginas) • 1.156 Visitas
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIIOR
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL
DE LOS LLANOS OCCIDENTALES “EZEQUIEL ZAMORA”
“UNELLEZ”
PROGRAMA: CIENCIAS SOCIALES
SUBPROGRAMA: DERECHO
SUBPROYECTO; CIVIL II
INTEGRANTES:
Gicela Gómez V-4.245.654
Janete García V-9.401.548
Génesis Galeano V-20.100.636
Dioscelis García V-22.095.476
Casiel Gutiérrez V-26.188.068
Rafael Vergara V-11.541.107
2do Año Derecho Nocturno
Sección “U”
PROFESOR: Abg. Adib Briceño
GUANARE, MARZO 20015
INTRODUCCIÓN
El incumplimiento voluntario es la inejecución de la obligación motivada por un obstáculo o causa que es o se considera por el legislador imputable al deudor. Mientras que el incumplimiento culposo viene dado por el dolo (intención) y por lo tanto la culpa es imputable al deudor.
Muchas de las reglas del incumplimiento se hallan en materia contractual, debido a que los contratos son la principal fuente de las obligaciones.
INCUMPLIMIENTO VOLUNTARIO O CULPOSO.
Es la inejecución de la obligación motivada por un obstáculo o causa que es o se considera por el legislador imputable al deudor. El incumplimiento culposo viene dado por el dolo (intención) y por lo tanto la culpa es imputable al deudor. El incumplimiento voluntario viene dado tanto por circunstancias imputables al deudor o por otras circunstancias no imputables. Como por ejemplo mala situación económica del deudor.
ELEMENTOS DEL INCUMPLIMIENTO CULPOSO
Elemento De Naturaleza Objetiva: incumplimiento de la obligación que es lo mismo que inejecución total de la obligación. ART 1271 CC
Elemento De Naturaleza Subjetiva: la culpa: Levy la define como la violación de una confianza legítima engañada, Planiol la define como la violación a una obligación preexistente.
Tetralogía De Planiol: Planiol no solo estableció el concepto de culpa sino que elaboró cuatro categorías que deben ser observadas por todo sujeto de derecho y estas son:
1) Toda persona debe abstenerse de toda violencia contra personas y cosas.
2) Toda persona debe abstenerse de todo fraude.
3) Toda persona debe abstenerse de toda actividad para la cual no tenga habilidad, pericia o competencia necesaria. Art 1185 CC.
4) Toda persona debe ejercer la debida vigilancia sobre personas o cosas que estén bajo su guarda. Responsabilidades especiales.
Las tres primeras comprenden obligaciones negativas (de no hacer) y la cuarta está comprendida en una obligación positiva o de (hacer).
LA CULPA.
La culpa es toda omisión o acción imprudente o negligente, que ocasiona un daño a otra persona, y que puede merecer sanción legal. La culpa en sede civil, obliga a reparar el daño económico ocasionado por el obrar imprudente; y en sede penal puede ser causa de atribución de una pena si el hecho está considerado delito. Por ejemplo, si un automovilista atropella a un peatón sin intención, pero estando distraído, por ejemplo, hablando por celular, y lo mata o lesiona, puede ser procesado por homicidio o lesiones culposas, respectivamente.
LA CULPA COMO MEDIDA DE CONTROL
En muchas ideologías se utiliza la culpa como una medida de control. A través de mecanismos emocionales, se consigue que los sujetos que se desea dominar asuman una culpa que ha sido dictaminada por el poder hegemónico; esto los vuelve vulnerables y capaces de enfrentarse a lo que haga falta con tal de no obrar de forma incorrecta.
El sentimiento de culpa
Es uno de los mayores problemas que invaden nuestra vida. Desde pequeños nos aturden con él, demostrándonos que no somos libres y que todo lo que hagamos repercute en la vida de los otros, aun si lo que hacemos es auténticamente nuestro. Nos enseñan a entender la vida en base a obligaciones y responsabilidades. No nos educan para ser libres sino para depender de los otros de una forma enfermiza. Todo esto alimenta un círculo vicioso de infelicidad donde la felicidad individual parece no ser importante.
Si bien en la vida en sociedad es necesario que todos pongamos nuestro granito de arena para poder llevar una existencia ordenada, a veces confundimos armonía con sumisión. Si hay algo que nos daña como individuos debemos trabajar por eliminarlo de nuestra vida, aun si resolver aquello exige que rompamos una relación con otra persona. Dañar a los demás es algo inevitable porque cada uno percibe el mundo a su manera, pero cuando el daño no ha sido el objetivo de nuestro accionar, sino la búsqueda de nuestra propia libertad ¿cuál puede ser realmente el problema?
En la educación religiosa
El sentimiento de culpa es un arma de manipulación que consigue que muchos individuos, después de haberse salido de la Iglesia hace mucho tiempo, continúen sufriendo esa angustia y ese ahogo causado por la culpa.
En la moral la culpa
Ocupa un lugar fundamental para “obligar” a los fieles a obrar de la forma en la que la Iglesia considera que todos deberíamos actuar; de no hacerlo, el individuo se verá condenado a una vida de tortura psicológica que podría llevarlo a desarrollar una tristeza profunda y la imposibilidad de luchar por sus propios deseos.
CLASIFICACIÓN
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