INVESTIGACION DE UNIDADES 4, 5 Y 6DEL TEXTO TAREA 2 DE LA SEMANA 2 "FUNCIÓN SOCIAL DEL DERECHO"
Enviado por lidiatu • 16 de Mayo de 2015 • 1.491 Palabras (6 Páginas) • 467 Visitas
UNIVERSIDAD PRIVADA
DOMINGO SAVIO
PRACTICO Nº2
INVESTIGACION DE UNIDADES 4, 5 y 6DEL TEXTO TAREA 2 DE LA SEMANA 2 "FUNCIÓN SOCIAL DEL DERECHO"
UNIVERSITARIA: LIDIA CAYARÍ ARIAS
MATERIA: SOCIOLOGIA JURIDICA (GRUPO C)
CARRERA: DERECHO
DOCENTE: LIC. ROSARIO RIBERA MARCHETTI
TURNO: SEMI –PRESENCIAL
TEMA Nº4
ACTIVIDAD
INVESTIGUE EN SU COMUNIDADO CIUDAD, EL TEMA DEL PODER: QUIENES LO EJERCEN: GRUPOS, PERSONAS, INSTITUCIONES.
HAGA UN BREVE RESUMEN YENVIELO A LA PLATAFORMA.
Según a la investigación realizada del tema poder social en la cual nos pide ver desde un punto de vista de investigación en una comunidad o ciudad de quienes son los que ejercen ya sea grupos, personas o instituciones.
En esta investigación que fue realizada es que primero por poder social se entiende que es el ejercicio constante de los grupos sociales a buscar la protección de sus propios intereses, que se puede producir fuera del organismo gubernamental, la reglamentación jurídica indispensable para la solución de sus problemas e intereses. El poder social se ve en grupos de presión, fuerzas militares, dinero, prestigio, status y sanciones sociales, símbolos y propaganda. Y se dice que el poder social tiene una expresión institucionalizada en la opinión pública, grupos de intereses o de presión, partidos políticos, actos de presión y la acción de los juristas. Por ejemplo En un régimen político en el que la soberanía reside en el pueblo y es ejercida por este de manera directa o indirecta. Más concretamente, en la teoría el poder para cambiar las leyes y las estructuras de gobierno, así como el poder de tomar todas las decisiones de gobierno reside en la ciudadanía. En un sistema así, las decisiones tanto legislativas como ejecutivas son tomadas por los propios ciudadanos (democracia directa)o por representantes escogidos mediante a alecciones libres, que actúan representando los intereses de los ciudadanos (democracia representativa).
El poder es una estructura política del Estado de Derecho, lo que define el carácter democrático de las relaciones sociales. Clásicamente el poder se conoce como la potencialidad de hacer que un tercero haga o realice lo que se lo solicita u ordena. En este sentido, una persona tiene poder cuando se puede, mediante cualquier fin lograr que otros cumplan sus imperativas.
TEMA Nº5
ACTIVIDAD
HAGA UNA LISTA DE FENOMENOS JURIDICOS, SIGUIENDO LA CLASIFICACION EXPUESTA EN LA UNIDAD. LA MISMA QUE LE SERVIRA PARA SU EXAMEN.
FENOMENOS JURIDICOS
Los fenómenos jurídicos se clasifican
PRIMARIOS Y SECUNDARIOS primarios porque todos los demás derivan de ellos. Se encuentran al más alto nivel de generalidad, y todos los demás aparecen como secundarios.
Para la sociología, los fenómenos jurídicos primarios tienen una sustancia común. Son fenómenos de autoridad, de poder. Todo lo demás es fenómeno jurídico secundario o derivado. Fenómenos contenciosos
y no contenciosos Esta clasificación tiene un alcance más restringido que las anteriores, pues se refiere a un solo fenómeno jurídico en particular, como es, el proceso. Fenómeno contencioso es "aquel que se encuentra en una cierta relación con un proceso judicial"
El proceso, o contencioso, es un mecanismo social organizado para dar un conflicto la conclusión de un juicio.
No se trata de contraponer el proceso, o todos los actos que él implica frente a todos los demás fenómenos jurídicos. Sino de contraponer dos estados posibles de cualquiera de los fenómenos de derecho Fenómenos del poder y
fenómenos bajo el poder Esta clasificación es una subdivisión de los fenómenos primarios. A los fenómenos de poder que irradia el estado, corresponden en los súbditos. Los que tienen su sede en los gobernados, presentan una cierta subjetividad, y se les podría llamar fenómenos de "abajo o bajo el poder" por oposición a los fenómenos de poder que irradian del príncipe. Los cuales tienen sede en una máquina impersonal como es el estado.
Primero aquellos que dan respuesta a los fenómenos de poder como son los fenómenos de obediencia y de
sumisión Así mismo, fenómenos jurídicos primarios son fenómenos son fenómenos de autoridad y poder. Además son los únicos que formarían el objeto de la sociología del derecho, mientras que los fenómenos secundarios se engloban dentro de la sociología o a las otras disciplinas de esta.
Otra clasificación de los fenómenos jurídicos son los denominados fenómenos de poder y los fenómenos de bajo poder. Esto forma parte de una subdivisión de los fenómenos primarios.
Los fenómenos de poder, son los que irradian del príncipe y ofrecen el mas alto grado de generalidad, mientras que los fenómenos
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