Igualdad
Enviado por EDWARD4595 • 6 de Septiembre de 2012 • Informe • 833 Palabras (4 Páginas) • 343 Visitas
En medio de las numerosas violaciones a los derechos humanos, hay una que se presenta de manera cotidiana; a veces es imperceptible y otras, escandalosa: la discriminación. La Carta Magna en el artículo primero, conforme a la reforma del 11 de junio de 2011, prohíbe toda discriminaciónmotivada por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, de salud, religión, opiniones, preferencia sexual, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las humanas.
Tanto el concepto de discriminación como los instrumentos internacionales que la prohíben han evolucionado con los años. En 1969, la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial se centraba en la discriminación por motivos de raza, color, linaje u origen nacional o étnico. Con los aportes de otras convenciones y leyes que protegen a distintos grupos de población –si se añade la reflexión y construcción teórica, académica y de la sociedad civil–, la forma en que conceptualizamos la discriminación se ha transformado. La Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (2003) toma en cuenta, además, la discriminación por sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencia sexual, estado civil o cualquier otra que tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de derechos e igualdad real de oportunidades. La Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación en el Distrito Federal (2011), amplía aún más el concepto y señala que en la capital del país se prohíbe toda negación, exclusión, distinción, menoscabo, impedimento o restricción de alguno de derechos humanos individuales, grupos y comunidades en situación de discriminación. La discriminación, de acuerdo con esta Ley, es imputable a personas físicas o morales o entes públicos con intención o sin ésta, dolosa o culpable, por acción u omisión. Entre las razones por las que nadie puede ser discriminado, (además de las ya mencionadas) la Ley del Distrito Federal añade el género, identidad indígena, de género, expresión de rol de género, condición jurídica, apariencia física, características genéticas, opiniones políticas, académicas o filosóficas, identidad o filiación política, orientación o preferencia sexual, estado civil, forma de pensar, vestir, actuar, gesticular, tener tatuajes o perforaciones corporales o cualquier otra que tenga por efecto anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio de derechos y libertades fundamentales y la igualdad de las personas.
Si bien este marco legal puede ser un avance, la realidad revela que la discriminación es algo que existe, que muchos conocemos y con la que de una u otra forma nos hemos topado, pero que está tan “naturalizada” que no nos damos cuenta
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