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Incidente de ampliación de embargo


Enviado por   •  22 de Febrero de 2019  •  Ensayo  •  3.230 Palabras (13 Páginas)  •  741 Visitas

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                                FINANCIERA RURAL, ORGANISMO

                                DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

FEDERAL.         

                        VS

VITA VERDE SOCIEDAD DE PRODUCCIÓN

RURAL DE RESPONSABILIDAD ILIMITADA Y

MARIA MONTSERRAT SANCHO BALAGUER.

JUICIO: ORDINARIO MERCANTIL.

EXPEDIENTE:

SECRETARIA: “A”

INCIDENTE DE AMPLIACIÓN DE EMBARGO.

                                

                                CUADERNO PRINCIPAL

C. JUEZ …………………………….. CIVIL

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA CIUDAD DE MEXICO.

P R E S E N T E:

        …………………………….., Abogado, promoviendo en mi carácter de Apoderado General de la parte actora Financiera Rural, Organismo de la Administración Pública Federal ,personalidad que se encuentra debidamente acreditada en los autos del juicio al rubro señalado, ante Usted, con todo respeto comparezco y expongo:

        En términos del presente escrito, en la debida forma y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1349, 1350, 1353, 1354, 1355 y 1375 de demás relativos y aplicables al Código de Comercio, vengo a promover Incidente de Ampliación de Embargo en contra de María Montserrat Sancho Balaguer.

        Fundó el presente incidente en los presentes hechos y preceptos de derecho:

H E C H O S

        1.- Substanciado el Juicio se pronuncio Sentencia Definitiva de Primera Instancia en fecha 04 de Enero del año 2007, condenando a la parte Demandada en su Tercer punto resolutivo al pago de la cantidad de $379,000.00 (Trescientos Setenta y Nueve Mil Pesos M.N.), resolutivo que a la letra dice:

TERCERO. Se condena a los codemandados al pago de la cantidad de $379,000.00 (Trescientos Setenta y Nueve Mil Pesos M.N.), que recibieron por concepto de importe del crédito; lo que deberán cumplir dentro del término de cinco días contados a partir de que la presente resolución cause ejecutoria o legalmente sea ejecutable.”

        2.- La Actora inconforme promovió el recurso de apelación, mismo que fue admitido y substanciado ante la Cuarta Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México radicado bajo el numero de toca 228/2007/01, en el cual con fecha 20 de Marzo del 2007 pronuncio Sentencia, misma que al resolverse modifica la Sentencia impugnada en el punto resolutivo cuarto, para quedar en los Siguientes términos:

“CUARTO.- Se condena a las codemandadas al pago de la cantidad que por concepto de intereses moratorios resulte a partir del día veintidós de Octubre del dos mil cuatro y hasta el total pago del adeudo, cantidad que será liquidada en ejecución de sentencia, en la forma pactada por las partes en la clausula decima del contrato base de la acción.”

        3.-En fecha 31 de Agosto del año 2007 la actora presento el Incidente de Liquidación de Intereses Moratorios, substanciado que fue el Incidente se pronuncio Sentencia Interlocutoria en fecha 20 de Septiembre del año 2007, Sentencia que se resolvió en los siguientes términos:

PRIMERO.- Se declara fundado el incidente de Liquidación de Intereses Moratorios y se aprueba hasta por la cantidad de $279,396.48 (DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS 48/100 M.N.), por concepto de intereses moratorios por el periodo comprendido del veintidós de octubre del año dos mil cuatro, al treinta de octubre del año dos mil siete, concediéndole a la parte demandada un término de CINCO DIAS para que de cumplimento a la presente resolución.

SEGUNDO.- Notifíquese y guárdese copia autorizada en el legajo de sentencias respectivo.”

        4.-Con fecha 04 de Marzo del año 2008, tuvo verificativo la diligencia de requerimiento de pago y embargo, mediante la cual se trabo formal embargo sobre bienes propiedad de María Montserrat Sancho Balaguer, inmuebles ubicados en lote número 16 de la Avenida Alfredo del Mazo Oriente, número 50, Atlacomulco Estado de México, inscrito en el Registro Público de la Propiedad de el Oro, en el libro primero, sección primera, bajo la partida Numero 747, así como la fracción I del inmueble innominado, con superficie de 15,000 mts² , Inscrito en el Registro Público de la Propiedad de el Oro, en el libro primero, sección primera, bajo la partida número 575. Diligencia de la cual obra constancia en los autos del exhorto 12/2008, el cual corre agregado en los autos del Juicio al rubro señalado.

        Dicha diligencia fue realizada con el fin de dar cumplimento al Primer Punto Resolutivo de la Sentencia Interlocutoria de fecha 20 de Septiembre del 2007.

        5.- Con fecha 02 de Junio del año 2008, se dicto Sentencia Interlocutoria en el Incidente de Actualización de Intereses Moratorios, condenando a la parte Demandada al pago de la cantidad de $65, 321.63 (Sesenta y Cinco Mil Trescientos Veintiún Pesos 63/100 M.N.), respecto al periodo comprendido del 31 de Agosto de año 2007 al 09 de Mayo del año 2008.

        6.- Con fecha 04 de Octubre del año 2013, se dicto la Sentencia Interlocutoria en el Incidente de Actualización de Intereses Moratorios, condenando a la parte Demandada al pago de la cantidad de $489,361.30 (Cuatrocientos Ochenta y Nueve Mil Trescientos Sesenta y

 Un Pesos 30/100 M.N), respecto al periodo comprendió del 10 de mayo del año 2008 al 31 de Julio del año 2013.

        7.- Con fecha 03 de Julio del año 2013, se dicto la Sentencia Interlocutoria en el Incidente de Actualización de Intereses Moratorios, condenando a la parte Demandada al pago de la cantidad de $47, 495.38 (Cuarenta y Siete Mil Cuatrocientos Noventa y Cinco Pesos 38/100 M.N.), respecto al periodo comprendido del 01 de Agosto del año 2013 al 31 de Marzo del año 2014.

        8.- Con fecha 28 de Septiembre del año 2016, se dicto la Sentencia Interlocutoria en el Incidente de Actualización de Intereses Moratorios, condenando a la parte Demandada al pago de la cantidad de $ 169, 551.07 (Ciento Setenta y Nueve Mil Quinientos Cuarenta y Un pesos 07/100 M.N.), respecto al periodo comprendido del 01 de Abril del año 2014 al 31 de Agosto del año 2016.

        9.- En fecha 18 de Noviembre del año 2016, la C. Elvira Donaji Zamora Martinez promovió Tercería Excluyente de Dominio respecto de: “el Lote número 16, resultante de la subdivisión del predio ubicado en la calle Alfredo del Mazo, Oriente sin número, Atlacomulco Estado de México”, habiéndose substanciado el Juicio ante el juez Cuadragésimo Sexto de lo Civil, en el cuaderno de Tercería bajo el número de expediente 79/2006.

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