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Información Terminación Laboral


Enviado por   •  29 de Noviembre de 2011  •  1.397 Palabras (6 Páginas)  •  611 Visitas

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¿QUE PRESTACIONES TIENE DERECHO UN TRABAJADOR?

Estas son las prestaciones que la Ley Federal del Trabajo te otorga:

INDEMNIZACIÓN CONSTITUCIONAL.- Se cubren tres meses de salario por éste concepto, cuando una persona sea separada del puesto que desempeña por causa injustificada (Art. 48 Ley Federal del Trabajo).

INDEMNIZACIÓN DE 20 DÍAS POR CADA AÑO DE TRABAJO.- Esta prestación se cubre cuando existiendo una demanda, el trabajador reclama la reinstalación en el puesto que venía desempeñando y el patrón se niega o se encuentra impedido para su reinstalación (Art. 50 fracción II Ley Federal del Trabajo).

VACACIONES.- Cuando el trabajador tenga un año de trabajo, tendrá derecho a un periodo vacacional que nunca será menor a seis días, los cuales se aumentarán cada año de dos en dos días hasta llegar a doce, después del cuarto año, el periodo vacacional se aumentará de dos en dos días por cada cinco años de servicio. (Art. 76 Ley Federal del Trabajo).

PRIMA VACACIONAL.- Los trabajadores tendrán derecho a una prima vacacional que nunca será menor del 25% sobre los salarios que le corresponden durante el periodo vacacional (Art. 80 Ley Federal del Trabajo).

AGUINALDO.- Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que nunca será menor a 15 días de salario y el cual se deberá de cubrir antes del día 20 de diciembre de cada año (Art. 87 Ley Federal del Trabajo).

PRIMA DE ANTIGÜEDAD.- Los trabajadores de planta tienen derecho a una prima de antigüedad consistente en doce días de salario por cada año de servicio y se pagará a los trabajadores que sean separados de su trabajo, en caso de separación voluntaria por parte del trabajador, la prima se cubrirá cuando el trabajador haya cumplido quince años de servicio. El salario que se deberá cubrir por concepto de prima de antigüedad, nunca será superior al doble del salario mínimo. (Art. 162 Ley Federal del Trabajo).

Respecto del aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, si al momento de cubrirlas el trabajador no ha cumplido un año de servicio, o se encuentra corriendo la fracción de un año subsecuente, se cubrirá la parte proporcional de dichas prestaciones que se hubieren generado a la fecha de realizar el pago.

PREGUNTAS FRECUENTES.

1.- ¿Cuándo estoy ante un despido injustificado?

Un despido injustificado cuando el patrón sea persona física o moral, da por terminada la relación laboral que los unía de forma unilateral, sin que el trabajador haya incurrido en alguna de las causales que establece la Ley Federal del Trabajo. La mayoría de las veces los patrones no despiden directamente a sus empleados, si no que utilizan diversas tácticas como el cambiarlos de horario, sucursal, puesto o inclusive medidas mas extremas como cambiarlos de puesto o salario con el fin de que el trabajador al no estar de acuerdo sea él mismo quien presente su renuncia voluntaria.

Sin embargo, la variación unilateral por parte del patrón de las condiciones generales de trabajo o bien la disminución del salario o la falta del pago del mismo, son causales para que sea el trabajador quien de por terminada la relación de trabajo por causas imputables al patrón, debiendo demandar dicha terminación ante la Autoridad Laboral, pudiendo hacerse acreedor el patrón ser condenado al pago de diversas prestaciones por esa circunstancia.

2.- ¿Cuáles son mis derechos ante un despido injustificado?

Cuando un trabajador considera que fue despedido de manera injustificada, tiene derecho a demandar a su elección el pago de tres meses de salario por concepto de indemnización constitucional o bien la reinstalación en el empleo que venía desempeñando, así como el pago de las prestaciones a que tiene derecho tales como vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, días trabajados y demás prestaciones extralegales como caja, fondo de ahorro, comisiones entre otras. Será la autoridad quien al emitir el Laudo correspondiente determinará a que prestaciones condena al patrón quien solamente en ese caso se verá obligado a pagarlas.

3.- ¿Qué debo hacer ante un despido injustificado?

Lo primero que debe de hacer es consultar un abogado especialista en materia laboral, y abstenerse de firmar cualquier documento que implique renuncia de derechos o pago de prestaciones.

4.- ¿Cuánto tiempo tengo para demandar?

Tienes sesenta días naturales para demandar las prestaciones derivadas de un despido injustificado como lo es la indemnización constitucional o la reinstalación en su

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