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JUCIOS ORALES E MATERIA MERCANTIL


Enviado por   •  15 de Noviembre de 2012  •  7.146 Palabras (29 Páginas)  •  983 Visitas

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INTRODUCCIÓN

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) acordó la creación de dos juzgados especializados para atender juicios mercantiles que, por primera vez, se desahogarán en procedimientos orales.

Los juzgados son de urgente creación, pues este sábado entra en vigor en el fuero federal una reforma al Código de Comercio que establece que todos los juicios mercantiles y ejecutivos que involucren un monto menor a 500 mil pesos se llevarán en procesos orales y no por escrito, como había sido.

Sin embargo, el CJF por ahora sólo tiene recursos para instalar dos juzgados destinados a atender los estados de Puebla y Quintana Roo, cuando se requerirá por lo menos uno en cada uno de los 32 circuitos judiciales.

La materia mercantil es concurrente entre el Poder Judicial Federal y los tribunales estatales, pero mientras estos últimos tienen hasta julio de 2013 para iniciar los juicios orales de cuantía menor, el Congreso no extendió el plazo para la justicia federal.

Se trata de los primeros juzgados federales que contarán con salas para audiencias orales, dado que la reforma Constitucional de 2008 en materia penal, que también contempla este tipo de procedimientos, aún no ha sido instrumentada a nivel federal.

"Deberán contar con salas para la celebración de audiencias orales, así como con un sistema informático y de videograbación para el registro de éstas por medios electrónicos, garantizando su fidelidad, integridad, conservación, la reproducción de su contenido y el acceso a quienes tuvieren derecho a ello", dice el Acuerdo General del CJF, publicado hoy en el Diario Oficial.

Lo anterior, ya que el artículo 1390 Bis del Código de Comercio señala que las audiencias serán presididas por el juez, se desarrollarán oralmente en lo relativo a toda intervención de quienes participen en ella y serán públicas, siguiendo las disposiciones aplicables de la Ley Federal de Transparencia.

Para el resto del País, el CJF irá creando los juzgados especializados de manera paulatina, pero mientras tanto, los juzgados de distrito que llevan procesos civiles tendrán que hacerse cargo de los asuntos de cuantía menor, pese a no contar con instalaciones adecuadas para desahogar audiencias orales.

"En tanto se aperturan nuevos órganos jurisdiccionales mercantiles especializados en juicios de cuantía menor en los restantes circuitos, los juzgados de distrito mixtos, especializados en materia civil y semiespecializados que incluyan esta materia, continuarán haciéndolo con normalidad, registrando las audiencias de los juicios orales que se celebren a través de los medios electrónicos o cualquier otro idóneo a juicio del juez", dice el acuerdo.

El año pasado, los juzgados federales tramitaron 35 mil juicios civiles, que incluyen la materia mercantil, sin que exista un dato concreto sobre cuántos fueron de cuantía menor, aunque la mayoría de estos casos son ventilados ante tribunales estatales.

JUICIO ORAL MERCANTIL

1.- principios rectores del juicio oral

Principios Rectores del Juicio Oral Mercantil.- En el estudio de los Principios Rectores del Procedimiento denominados de Oralidad, publicidad, igualdad, inmediación, contradicción, continuidad y concentración, se trans¬cribirán las reflexiones que manejé en la Revista del Tribunal Superior de Jus¬ticia del Estado de México, en el justo y hermoso Homenaje rendido en el mes de diciembre del año dos mil once al señor Magistrado en retiro Licenciado Enrique Medina Bobadilla, quien a su vez, obtuvo la presea al Mérito Judi¬cial, en los siguientes términos:

2.-procedencia del juicio oral

a) cuantia

Respecto de la cuantía.- De conformidad con el artículo 1390 bis del Código de Comercio, sólo se tramitarán en la Vía Oral Mercantil negocios cuya cuantía no excedan la suma de $220,533.48 M.N., actualizándose la cantidad conforme a las Reglas del artículo 1253 fracción VI último párrafo del Código de Comercio, sin tomar en consideración intereses o accesorios.

b) litigios sustanciables en la via oral

c)litigios de cuantia indeterminada

d)¿juicio oral convencional?

3.- supletoriedad en los juicios orales mercantiles

Artículo 1390 Bis 8.- En todo lono previsto regirán las reglas generales de este Código, en cuanto no seopongan a las disposiciones del presente Título.

4.- fijacion de la litis

Requisitos de la demanda

Artículo1390 Bis 11.- La demandadeberá presentarse por escrito y reunirá los requisitos siguientes:

I. El juez ante el que se promueve;

II. El nombre y apellidos, denominación o razónsocial del actor y el domicilio que señale para oír y recibir notificaciones;

III. El nombre y apellidos, denominación o razónsocial del demandado y su domicilio;

IV. El objeto u objetos que se reclamen con susaccesorios;

V. Los hechos en que el actor funde su peticiónen los cuales precisará los documentos públicos o privados que tengan relacióncon cada hecho, así como si los tiene a su disposición. De igual maneraproporcionará los nombres y apellidos de los testigos que hayan presenciado loshechos relativos.

Asimismo, debe numerar y narrar los hechos,exponiéndolos sucintamente con claridad y precisión;

VI. Los fundamentos de derecho y la clase deacción procurando citar los preceptos legales o principios jurídicosaplicables;

VII. El valor de lo demandado;

VIII. El ofrecimiento de las pruebas que el actorpretenda rendir en el juicio, y

IX. La firma del actor o de su representantelegítimo. Si éstos no supieren o no pudieren firmar, pondrán su huella digital,firmando otra persona en su nombre y a su ruego, indicando estascircunstancias.

Ofrecimiento de pruebas en demanda, contestación, reconvención. Requisitos

Artículo 1390 Bis 13.- En losescritos de demanda, contestación, reconvención, contestación a la reconvencióny desahogo de vista de éstas, las partes ofrecerán sus pruebas expresando contoda claridad cuál es el hecho o hechos que se tratan de demostrar con lasmismas, proporcionando el nombre, apellidos y domicilio de los testigos quehubieren mencionado en los escritos señalados al principio de este párrafo, asícomo los de sus peritos, y la clase de pericial de que se trate con elcuestionario a resolver, que deberán rendir durante el juicio, exhibiendo lasdocumentales que tengan en su poder o el escrito sellado mediante el cual hayansolicitado los documentos que no tuvieren en su poder en los términos delartículo 1061 de este

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