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LA JURISPRUDENCIA: Como Fuente del Derecho


Enviado por   •  28 de Enero de 2022  •  Ensayo  •  1.774 Palabras (8 Páginas)  •  413 Visitas

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UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA LOS ANDES

Facultad de Ciencias Jurídicas, Contables y Sociales  

Escuela Profesional de Derecho

ASIGNATURA:

“Introducción al Derecho”

TEMA:[pic 3]

LA JURISPRUDENCIA: Como Fuente del Derecho[pic 4]

DOCENTE:

Mgtr. Fabio Agapito Silvera Barco

PRESENTADO POR:

Noe Hugo Quispe Pillco

Andahuaylas – Apurímac - Perú

2021

INDICE

Índice

La Jurisprudencia Como Fuente del Derecho        4

La Legislación como Fuente del Derecho en el Perú        6

Conclusiones        8

Bibliografía        ¡Error! Marcador no definido.

(Rubio Correa ) ( Schiele Manzor, 2011)        ¡Error! Marcador no definido.

Bibliografía        ¡Error! Marcador no definido.


Introducción

El presente trabajo tiene por objetivo el análisis el papel que juega la jurisprudencia judicial dentro de un ordenamiento jurídico como el nuestro. Para lo cual es necesario delimitar lo que hemos de entender por jurisprudencia y cómo se enmarca dentro de las fuentes del derecho. También veremos las diferentes posturas y doctrinarias que han tratado a la materia, aquellas que consideran la jurisprudencia como fuente de derecho directa o formal del derecho, posturas positivas y aquellas que le niegan dicho carácter, posturas negativas.

Como todas las fuentes, la legislación es un procedimiento de creación de normas jurídicas, Sin embargo, tiene particularidades propias que la distinguen de las otras fuentes formales y que es preciso explicar brevemente dentro de la definición dada. En primer lugar, la legislación crea normas jurídicas mediante formalidades escritas, lo que la diferencia de la costumbre y, en muchos casos, de la expresión de voluntad.

En otro sentido, el de fuente formal de Derecho, puede definírsela como el conjunto de procedimientos, formalidades escritas y principios jerárquicos mediante los cuales se crean normas jurídicas válidas de carácter general, cuyo contenido es expresión de voluntad de los poderes del Estado. Es en este sentido en que utilizaremos el vocablo en adelante.


La Jurisprudencia Como Fuente del Derecho

La expresión de jurisprudencia tiene muchos significados dentro del lenguaje jurídico, en el cual podemos encontrar conceptos de los más extenso a los más restrictivos y técnicos, Clemente de Diego dice que la jurisprudencia no consiste absolutamente en el conocimiento teórico y en la mezcla inconcreta de las reglas y principios del Derecho, sino también y, sobre todo, en la habilidad bien difícil de aplicar el derecho al hecho, es decir, de poner la ley en acción.

Conseguimos encontrar distintos conceptos y categorías de las fuentes del derecho, algunos más extensos, otros más coactivos, que como ya se ha señalado dependerán de las formas y modelos asumidos por los distintos ordenamientos jurídicos.

La idea de la fuente del derecho, en un sentido técnico y de dogmática jurídica, el cual se refiere especialmente a los orígenes próximos del derecho, a la elaboración o producción de las reglas que contienen la formación jurídica de las relaciones de la vida social y en este sentido más específicamente las que tengan bastante virtud para producir una nueva regla jurídica, y en tal respecto obligatoria para todos los asociados.

Como fuente del derecho, hemos de discrepar las siguientes: las fuentes reales o primarias, es decir, los poderes sociales a los que, dentro del orden jurídico se les registra la posibilidad de producir normas jurídicas con libertad, por propia potestad soberana, y las fuentes secundarias, que dentro de una fuente primaria se diferencian por razones de poder o racionalización de su ejercicio. las fuentes directas e indirectas, son las primeras las que aprehenden en si las normas, y las indirectas, son aquellas que ayudan al conocimiento y a la producción de la norma, pero sin darle existencia por sí misma; finalmente, las fuentes materiales y fuentes formales.

Se dice que la jurisprudencia tiene que ser considerada un principio directo del derecho, entre quienes sostienen esta postura, existe la disputa en tanto el cuál sería la base de la fuerza obligatoria que ésta tendría, especialmente, en la dimensión que se relacione con otras fuentes de derecho.

Podemos encontrar la primera base en quienes sustentan que se debe asimilar ésta a la costumbre, ya sea como una subclase de costumbre o derechamente como una especie de derecho usual. En este sentido se ha reconocido a la jurisprudencia, en cuanto a norma jurídica, de buen, una categoría de derecho consuetudinario, que tiene, sin embargo, sus características propias, que le singularizan, hasta justificar que se le considere como una norma sustantiva, la importancia de la labor de la jurisprudencia judicial radica en la dictación de sentencias en los casos concretos.

Se cree que la interpretación hecha por el Tribunal Supremo Español de los principios generales del derecho se comprende a la doctrina legal, y como tal mantiene el carácter del origen del derecho español. Gastan Tobeñas considera que la creación del derecho incumbe a la sociedad (costumbre) y a los órganos oficiales encargados de esta misión (ley).

Su doctrina viene a ser ecléctica igualmente a nuestro juicio, Gastan Tobeñas dice que en la que es preciso detenerse algo más de lo visto, la creación del derecho quedaría fuera de la competencia de los tribunales y los jueces, ya que de no ser así se quebranta el origen de la separación de los poderes que es la base de nuestro orden constitucional.

Sin el perjuicio de que la jurisprudencia sea una fuente secundaria, indirecta o como bien, Peña Puig señala una verdadera norma semioficial, la cual su importancia de la labor jurisprudencial es innegable y nadie discutiría el papel fundamental que juega en la interpretación y armonización del ordenamiento jurídico.

La Legislación como Fuente del Derecho en el Perú

Son métodos por los cuales se producen normas jurídicas las cuales adquieren el rasgo de exigencia propia del Derecho, por lo tanto, su característica de ser impuestas legítimamente a las personas mediante los instrumentos de imposición del Estado. Desde el punto de vista político, esto puede ser así fenoménicamente, es decir que acostumbran ocurrir que la fuerza impositora del Estado (las autoridades policiales, etc.), cumplan actos de presión, sean ordenados por normas jurídicas, comunicados, declaraciones de prensa o aún por directivas administrativas internas.

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