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LAS DIFERENCIAS ENTRE AMPARO DIRECTO E INDIRECTO EN JUICIO


Enviado por   •  11 de Julio de 2012  •  1.731 Palabras (7 Páginas)  •  5.773 Visitas

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CUADRO COMPARATIVO ENTRE AMPARO DIRECTO E INDIRECTO, DIFERENCIAS DE INCIDENTE Y EJEMPLOS.

Maestra: Mónica del Alba Morales Aguilar

Alumna: Rhina del Carmen Mena del Castillo

La procedencia del Amparo Directo reside en la naturaleza de los actos reclamados, que consisten en sentencias definitivas, laudos o resoluciones que ponen fin al juicio. En este sentido, el artículo 107 Constitucional señala:

PREÀMBULO (En las páginas adjuntas el cuadro comparativo)

Artículo 107.- Todas las controversias de que habla el artículo 103 se sujetarán a los procedimientos y formas del orden jurídico que determine la ley, de acuerdo a las bases siguientes:

...

V. El amparo contra sentencias definitivas o laudos y resoluciones que pongan fin al juicio, sea que la violación se cometa durante el procedimiento en la sentencia misma, se promoverá ante el Tribunal Colegiado de Circuito que corresponda, conforme a la distribución de competencias que establezca la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en los casos siguientes:

a).- En materia penal, contra resoluciones definitivas dictadas por tribunales judiciales, sean éstos federales, del orden común o militares;

b).- En materia administrativa, cuando se reclamen por particulares sentencias definitivas y resoluciones que ponen fin al juicio dictadas por tribunales administrativos o judiciales, no reparables por algún recurso, juicio o medio ordinario de defensa legal,

c).- En materia civil, cuando se reclamen sentencias definitivas dictadas en juicios del orden federal o en juicios mercantiles, sea federal o local la autoridad que dicte el fallo, o en juicios del orden común.

En los juicios civiles del orden federal las sentencias podrán ser reclamadas en amparo por cualquiera de las partes, incluso por la Federación, en defensa de sus intereses patrimoniales; y

d).- En materia laboral, cuando se reclamen laudos dictados por las juntas Locales o la Federal de Conciliación y Arbitraje, o por el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado.

La Suprema Corte de Justicia, de oficio o a petición fundada del correspondiente Tribunal Colegiado de Circuito, o del Procurador General de la República, podrá conocer de los amparos directos que por su interés y trascendencia así lo ameriten;

VI.- En los casos a los que se refiere la fracción anterior, la Ley Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de esta Constitución señalará el trámite y los términos a que deberán someterse los Tribunales Colegiados de Circuito y, en su caso, la Suprema Corte de Justicia, para dictar sus respectivas resoluciones;

La diferencia es que el amparo indirecto procede contra actos que no son sentencias sino procede contra multas, clausuras, privación de la libertad fuera de juicio, ordenes de aprehensión, entre otras.

y el amparo directo procede contra sentencias definitivas o laudos debiendo haberse agotado todos los recursos ordinarios o no haber recursos.

Por ejemplo en el amparo directo es cuando se violan los artículos 14 y 16 constitucionales. NADIE PODRA SER PRIVADO DE LA LIBERTAD O DE SUS PROPIEDADES, POSESIONES O DERECHOS, SINO MEDIANTE JUICIO SEGUIDO ANTE LOS TRIBUNALES PREVIAMENTE ESTABLECIDOS.

EN LOS JUICIOS DEL ORDEN CRIMINAL QUEDA PROHIBIDO IMPONER, POR SIMPLE ANALOGIA Y AUN POR MAYORIA DE RAZON, PENA ALGUNA QUE NO ESTE DECRETADA POR UNA LEY EXACTAMENTE APLICABLE AL DELITO QUE SE TRATA..

EN LOS JUICIOS DEL ORDEN CIVIL, LA SENTENCIA DEFINITIVA DEBERA SER CONFORME A LA LETRA O A LA INTERPRETACION JURIDICA DE LA LEY, Y A FALTA DE ESTA SE FUNDARA EN LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO.

ARTICULO 16. NADIE PUEDE SER MOLESTADO EN SU PERSONA, FAMILIA, DOMICILIO, PAPELES O POSESIONES, SINO EN VIRTUD DE MANDAMIENTO ESCRITO DE LA AUTORIDAD COMPETENTE, QUE FUNDE Y MOTIVE LA CAUSA LEGAL DEL PROCEDIMIENTO..

TODA PERSONA TIENE DERECHO A LA PROTECCION DE SUS DATOS PERSONALES,

NO PODRA LIBRARSE ORDEN DE APREHENSION SINO POR LA AUTORIDAD JUDICIAL Y SIN QUE PRECEDA DENUNCIA O QUERELLA DE UN HECHO QUE LA LEY SEÑALE COMO DELITO,

NINGUN INDICIADO PODRA SER RETENIDO POR EL MINISTERIO PUBLICO POR MAS DE CUARENTA Y OCHO HORAS, PLAZO EN QUE DEBERA ORDENARSE SU LIBERTAD O PONERSELE A DISPOSICION DE LA AUTORIDAD JUDICIAL.

En amparado directo: En un caso concreto. Nadie podrá privarme de mi libertad mis

DIFERENCIAS Y SEMEJANZAS ENTRE AMPARO INDIRECTO Y AMPARO DIRECTO

Diferencias.

En el amparo indirecto: Esta clase de juicio de amparo cuenta siempre con la posibilidad de doble instancia, es decir, que un tribunal, regularmente el juez de distrito tramita el juicio de amparo en primera instancia y, la sentencia que se llegue a dictar admite en todos los casos el recurso de revisión, o sea, que un tribunal superior pueda revocar, confirmar o modificar la sentencia de primer grado. Este juicio tiene una forma procesal que se parece bastante a la de un juicio de orden común, pues se da oportunidad a las partes de exponer sus argumentos (etapa polémica), se les da oportunidad de probar (etapa probatoria) en la audiencia Constitucional del juicio, se les otorga la facultad de alegar y, finalmente se dicta sentencia, la que una vez ejecutoriada se ejecuta. En esta clase de juicio se debe señalar a todas las autoridades que intervinieron para dictar, omitieron dictar, ejecutaron o trataron de ejecutar los actos reclamados, se les emplaza a juicio

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