LAS REFORMAS A LEY GENERAL DEL AMBIENTE
Enviado por garayalvarado • 13 de Julio de 2016 • Documentos de Investigación • 1.459 Palabras (6 Páginas) • 411 Visitas
[pic 1]
Catedra:
Derecho Ambiental
Catedrática:
Abogada Karla García
Integrantes:
- Emilia Lizeth Núñez Aquino
- Delmy Jacqueline Davis
- José Alfredo Toruño Torres
- Blanca Esther Umanzor
- Imelda Melissa Vargas
Fecha:
11/02/16
ENSAYO SOFRE LAS REFORMAS A LEY GENERAL DEL AMBIENTE
Desde hace mucho tiempo se han realizado cambios a las leyes ambientales que permitan mejorar la acción estatal para, la implementación de las mismas, sin embargo estas han quedado nomas planteadas en el papel pero sin la perspectiva aplicación.
Las Unidades Municipales Ambientales (UMAS), han sido departamentos acéfalos que solo han servido para realizar acciones superfluas muchas de ellas al margen de la Ley, algunas veces porque quienes las manejan carecen del conocimiento de las leyes municipales ambientales, falta de preparación académica en el ramo o sencillamente por ineptitud e no haber entes que den seguimiento a las actividades de procedimiento ambiental que aplican o dejen de aplicar las Unidades Municipales Ambientales. (UMAS).
No cabe duda que con los cambios climáticos negativos que afectan la humanidad ha motivado a las Organizaciones Mundiales y Nacionales, Gobiernos etc a globalizar acciones que persuadan el sentir y pensar de las personas para comprender el acelerado deterioro del medio ambiente y así colaborar con sus Gobiernos a cumplir con las disposiciones que ayuden a atenuar los daños ambientales que la humanidad misma ha causado.
En Honduras, uno de los países donde más daño se ha causado al medio ambiento desde hace aproximadamente una década se han aprobado leyes para la descentralización de las UMAS, ya que esta ha sido otra causa para que muchas veces las Municipalidades a través de la Unidades Municipales Ambientales (UMAS) NO PUEDAN HACER USO DE Autonomía Municipal, ya que por seculas todos los tramites ambientales, para Licenciamientos desde pequeños Proyectos hasta Macro-proyectos se centralizan a nivel Nacional, en la Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente.
Esto ha permitido el aumento de actos de corrupción dando Licenciamientos y permisos ambientales a Empresas y personas sin los requisitos necesarios, como verificaciones ínsitas, planes de manejo, planes de mitigación natural y de compensación social.
Esto ha generado conflictos comunales porque esto proyectos aprobados a nivel central no se socializan y por ende no hay conocimiento de la población de los pro y los contra que esto podría causar; muchas veces se han aprobado Licenciamientos que ni los mismos Gobiernos locales saben de su existencia.
En este sentido compartimos plenamente todas las acciones que permitan a las Organizaciones Municipales Ambientales estar DECENTRALIZADAS, pero siempre bajo la ejida supervisativa, capacitación técnica y administrativa y por supuesto logística para la correcta aplicación de la Ley General del Ambiente, de la entidad Nacional que regula, y organiza estas leyes que por supuesto deberán estar acorde a la ideocincrancia y la zona donde funcione el ente que regule el Impacto Ambiental Local, pero de trascendencia Nacional, como por ejemplo: las hidroeléctricas, estamos plenamente de acuerdo que la generación de energía eléctrica debería ser limpia aprovechando los recursos naturales que poseemos como: rio, viento, desechos sólidos etc, para la generación de la misma, pero si estamos en contra de dar Licenciamientos a estos Proyectos que pueda ser que soluciones un problema pero crean otra mayores por la falta de supervisión de quien emiten estos permisos, en este sentido quienes deberían aprobar o desaprobar estos Proyectos son los Gobiernos Locales, porque son quienes conocen y quienes podrán verificar y dar seguimiento al fiel cumplimiento de las Leyes ambientales que insistimos deberían ser adaptadas al sector donde se aplican.
Estamos claros que hay Municipalidades con mayores recursos pero también entendemos que todo se desarrolla a través de proceso científico, analítico y fundamentado en el plan de arbitrios que es el Marco legar de cada Municipio, el cual se debe cumplir.
Las reformas a Ley General del Ambiente ofrecen cualquier tipo de ilusiones y soluciones radicales a los ciudadanos pero como antes lo advertimos en este escrito no son solo más que Elefantes blancos en una jurisdicción que se ha venido ignorando desde su existencia, haciendo una crítica severa, se habla de algunas municipalidades que si iniciaron ya el proceso de DECENTRALIZACION, porque decidieron hacer a un lado sus compromisos políticos y comenzaron ubicándose como parte de la sociedad no están aislados, sino que igual se verán afectados directa o indirectamente.
Si, han entrado en este proceso y deben servir como ejemplo y guía para los procesos a las Municipalidades que vayan reuniendo los requisitos técnicos y administrativos que les permitan el desarrollo de estos entes, por ser entes descentralizados.
Sabemos que están Municipalidades a través de las UMAS son completamente auto sostenibles porque todo tramite ambiental genera recursos por supuestos siempre fundamentados en el Plan de Arbitrios.
Estamos claros que conformidad a la constitución de la república es el Congreso Nacional quien tiene la facultad de crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes, pero que dentro del Municipio son las Corporaciones Municipales, de forma independiente y autónoma, sin embargo esto no se cumple a cabalidad, por supuesto también estamos concientes que muchas de las leyes son de aplicación general.
...