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La Costumbre Internacional


Enviado por   •  24 de Mayo de 2012  •  1.989 Palabras (8 Páginas)  •  1.978 Visitas

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La Costumbre Internacional.

Son normas que debido a su reiterada aplicación por muchos Estados ha sido aceptada por la mayoría de ellos. En el Derecho internacional, igual que en Derecho interno, la costumbre es un modo espontáneo de formación de las normas. Éstas surgen de la actuación de los Estados en sus relaciones con otros Estados, es decir, que surgen de la práctica internacional.

Elementos

Los dos elementos fundamentales de las costumbres son:

• Elemento objetivo: que se refiere al uso constante y uniforme, es decir, el uso constante de un acto que por ser una repetición, se fija y se convierte en un protocolo.

• Elemento subjetivo: consiste en la conciencia que tienen los estados de actuar como jurídicamente obligados, es decir, que dicha práctica es obligatoria y se debe adecuar su conducta a la misma ya que está consciente de que está violando la misma.

Tipos de Costumbre.

a. Costumbre general o Universal: es la costumbre en la cual ha participado la gran mayoría de los Estados para su creación; dicha costumbre obliga a todos los Estados aún cuando éstos no haya participado en ella ni ayudado a su creación, a menos que desde el principio se hayan negado de manera permanente y persistente.

b. Costumbre Regional: Es aquella en la que sólo ha participado un grupo de Estados, como por ejemplo el derecho a asilo, que sólo se da en los Estados Americanos, su obligatoriedad no es para todos los Estados, sólo para aquellos que fueron partícipes y que usualmente se encuentran unidos por lazos históricos, geográficos, económicos, …

c. Costumbre Bilateral: en dicha costumbre sólo existe la participación de dos Estados, su obligatoriedad tampoco es hacia los otros Estados, sólo a los dos participantes.

Cabe resaltar que a los nuevos Estados que se constituyen, se les otorga un tiempo prudencial para analizar las costumbres preexistentes, si les afecta o no y de tal manera manifestarse en contra o a favor... Como por ejemplo el caso de Yugoslavia que entre 1990 y 1995 se desmiembra y forma 3 nuevos Estados: Croacia, Bosnia y Yugoslavia.

La Carta de la Naciones Unidas, establece que la Costumbre internacional debe ser sistematizada y codificada para que muchos estados no puedan justificar sus violaciones a las normas del Derecho internacional, alegando el uso de la Costumbre Internacional. En tal sentido cabe explicar la codificación del derecho internacional público.

La Codificación del Derecho Internacional Público.

Entendemos por codificación el recurso metodológico utilizado para agrupar leyes que tengan principios comunes, lo cual permite una mayor asimilación de las mismas, es decir, es el sistema mediante el cual se recogen, agrupan y organizan las leyes. En el caso del Derecho Internacional Público no existe una codificación universal.

A través de la Historia han existido algunos sistemáticos para abordar el estudio del Derecho Internacional Público, sin embargo, el utilizado hasta la actualidad es el creado y dirigido por La ONU, quien tiene como una de sus funciones, según el Artículo 13 de la "Carta de las Naciones Unidas", "fomentar la cooperación internacional en el campo político e impulsar el desarrollo progresivo del derecho internacional y su codificación"

Por lo tanto ha impulsado el desarrollo del derecho internacional, a través de más de 480 acuerdos multilaterales sobre una amplia variedad de temas de interés común para los Estados, que al ratificarlos, adquieren la obligación jurídica de cumplir con ellos. Además muchos de los tratados elaborados por las Naciones Unidas se han convertido en la base jurídica para regir las relaciones entre naciones.

La Organización ha abordado temas sobre tópicos ambientales, tráfico de drogas y terrorismo, utilización pacífica del espacio ultraterrestre y trabajadores migratorios, solo por mencionar algunos. Asimismo, se da especial énfasis al arreglo pacífico de controversias internacionales, por medio de la negociación, la investigación, la mediación, la conciliación, el arbitraje, el arreglo judicial u otros medios pacíficos de su elección.

La codificación en sentido estricto consiste en la regulación en un Tratado internacional de las normas consuetudinarias sobre determinadas materias. La sistematización, plasmación por escrito de las normas consuetudinarias en Tratados internacionales. Tiene carácter sectorial así entendida, pues se codifica por sectores.

Resulta inviable recoger todas las normas consuetudinarias por dos razones:

• Motivos técnicos, pues lleva muchos años.

• Problemas políticos, ya que hay que juntar muchos Estado con muchos y distintos intereses, que a menudo son contradictorios e incluso incompatibles.

Comisión de Derecho Internacional

La labor del desarrollo progresivo y codificación del derecho internacional en el seno de la ONU es llevada a cabo por la Comisión de Derecho Internacional, que fue creada en 1947 y está integrada por 34 miembros elegidos por la Asamblea, los cuales se reúnen anualmente. La Comisión se encarga de preparar proyectos sobre temas de derecho internacional. Cuando la Comisión completa su labor sobre un tema determinado, la Asamblea General convoca a una conferencia internacional donde se abre a la firma de los Estados para que sean partes de dicho instrumento legal y acepten el cumplimiento de sus disposiciones.

Los gobiernos desempeñan un papel esencial en cada etapa del trabajo de codificación y desarrollo progresivo de la Comisión de derecho internacional. Individualmente, proporcionan información al principio de las reuniones de la Comisión y realizan comentarios sobre los proyectos, y en conjunto, en ocasiones deciden sobre el principio o prioridad de los temas que deben tratarse y siempre sobre el resultado.

La CDI, en virtud del Estatuto por el que fue creado tiene dos funciones:

• La codificación del Derecho internacional en sentido estricto: formulación por escrito, sistematización de normas internacionales consuetudinarias, sirve para eliminar la ambigüedad y falta de precisión propias de las normas no escritas.

• También tiene la función de desarrollar progresivamente el Derecho internacional: la elaboración de Tratados sobre materias que aún no están reguladas, en las que aún no existe una práctica ni costumbre internacional.

Relación entre costumbre y tratado

El hecho de que la costumbre y el tratado constituyan fuentes autónomas de normas jurídicas internacionales no implica que haya una separación total entre ambas. De hecho, en la práctica internacional sucede lo contrario, puesto que existe una interacción entre ambos procedimientos,

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