La Imputabilidad
Enviado por alejadrarogo • 21 de Abril de 2013 • 515 Palabras (3 Páginas) • 370 Visitas
Introducción
Se dice que la tentativa está presente cuando, con el objetivo de cometer un delito ha comenzado alguien su ejecución por medios apropiados y no ha realizado todo lo que es necesario a la consumación del mismo.
Los delitos imperfectos se caracterizan y se diferencian por la parte subjetiva. Ej. Alguien dispara contra la víctima y le causa una herida, ¿cómo se sabe si es homicidio frustrado o lesión? Ya que objetivamente es lo mismo. La diferencia radica en la intención del autor, ésta intención va a ser la que permita diferenciar el delito y por ello es la parte central de los delitos de imperfecta realización. Esto sin embargo no quiere decir que en estos delitos no haya una parte objetivo, si la hay.
La tentativa
Es una forma imperfecta de ejecución del delito. Existe tentativa cuando el sujeto da comienzo a la ejecución del delito y éste no llega a consumarse.
En nuestra legislación Federal define la tentativa punible: cuando la resolución de cometer un delito se exterioriza realizando en parte o totalmente los actos ejecutivos que deberían producir el resultado, u omitiendo los que deberían evitarlo, si aquél no se consuma por causas ajenas a la voluntad del agente.
En el Código Penal para el Estado Libre y soberano de Oaxaca define a la tentativa en la fracción II del artículo 10 que establece: Existe tentativa, cuando la resolución de cometer un delito se exterioriza realizando en parte o totalmente los actos ejecutivos que deberían evitarlo si por causas ajenas al agente, no hay consumación pero sí puesta en peligro del bien jurídico.
De tales definiciones podemos deducir que la tentativa es la no consumación de un delito por causas ajenas a la voluntad del sujeto activo. Al no consumarse el delito por causas ajenas a la voluntad del agente quiere decir que sólo habrá tentativa tratándose de delitos dolosos ya que el agente tenía la intención y ánimo de consumarlo lo cual no logró por causas ajenas a su voluntad.
Naturaleza jurídica
Se dice que existen dos teorías para demostrar la naturaleza jurídica de la tentativa; la teoría accesoria que dice que el legislador creó una hipótesis independiente que es la tentativa de un delito principal sin el cual no podría existir la tentativa; porque si fuese independiente se hablaría del delito de tentativa y en realidad sólo se habla de tentativa de algún tipo penal como lo es tentativa de homicidio, tentativa de robo; además que si se trata de un delito grave la hipótesis de la tentativa también será grave motivo por el cual esta figura es accesoria de un determinado tipo penal; en cambio, la teoría autónoma la considera así porque dice que depende de una norma principal y norma accesoria (tipifica la tentativa) de donde dicen que da nacimiento a un nuevo tipo penal.
En lo personal considero que su naturaleza jurídica
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